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Cómo retirarse de un fondo de inversión: qué se debe hacer

Cómo retirarse de un fondo de inversión: qué se debe hacer

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¿Estás pensando en retirarte de un fondo de inversión? Descubre si puedes hacerlo en cualquier momento, qué comisiones e impuestos deberías pagar y qué opciones tienes para reinvertir tu capital en Chile.
Retirarse de un fondo de inversión

Retirarte de un fondo de inversión no siempre es tan inmediato como parece: depende del tipo de fondo, de sus plazos de rescate, de las comisiones de salida y de los impuestos sobre la ganancia. Iniciar y cerrar procesos es tan importante en las inversiones como en la vida. En esta guía revisamos los aspectos clave para salir de un fondo en Chile: si puedes hacerlo cuando quieras, qué costos e impuestos asumes y qué alternativas tienes para reinvertir.

Puntos clave
  • Los fondos mutuos se rescatan en hasta 10 días; los de inversión, según sean rescatables o no.
  • Puede haber comisión de salida ligada a una permanencia mínima.
  • Pagas impuesto solo si obtienes ganancia.
  • El Art. 108 LIR permite diferir impuestos si reinviertes.

¿Puedes retirarte en cualquier momento de un fondo de inversión?

La respuesta concreta es no. Si bien los fondos mutuos tienen un plazo de rescate total o parcial inferior o igual a 10 días, en el caso de los fondos de inversión constituidos en Chile, y dada la Ley 20.712, el plazo de rescate dependerá de si el fondo es reconocido como un fondo de inversión rescatable o un fondo de inversión no rescatable.

“Fondo no rescatable: aquel fondo que no permite a los aportantes el rescate total y permanente de sus cuotas, o que, permitiéndolo, paga a sus aportantes las cuotas rescatadas en un plazo igual o superior a 180 días.” (Ley 20.712, Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales, 2014).

En general, los fondos de inversión en Chile son instrumentos menos líquidos que los fondos mutuos, por lo que los inversionistas deben contemplar este riesgo al convertirse en aportantes.

Por tanto, para retirarte de un fondo de inversión debes primero fijarte en que sea rescatable y, luego, revisar los plazos establecidos en su reglamento interno y en la ficha comercial del fondo.

Pasos para retirarte de un fondo de inversión en Chile

En el caso de los fondos rescatables, el procedimiento dependerá de lo estipulado en los reglamentos internos de los fondos de inversión. En consecuencia, se debe proceder según lo indicado en dicho documento, disponible en la web de la Administradora General de Fondos o en la página de inversiones de tu banco o corredora de bolsa. Un procedimiento general debería constar de:

  1. Comunicación formal del cliente con el ejecutivo de inversiones (por un canal digital, como el portal web de tu banco o corredora, un email u otro medio) o de forma presencial.
  2. Liquidación de la posición parcial o total según corresponda, de acuerdo al plazo establecido en el reglamento interno, debiendo ser inferior a 180 días.
  3. Abono de los saldos en las cuentas de los clientes.

Por otra parte, existen mecanismos de rescate parcial o "ventanas de salida" en fondos no rescatables. Dicho procedimiento debe establecerse en el reglamento interno y suele vincularse con activos alternativos, como instrumentos de deuda privada que reciben prepagos por refinanciamiento, o fondos inmobiliarios cuyas sociedades gestoras deciden reintegrar los capitales aportados a sus socios.

El mecanismo de las ventanas de salida suele ser trimestral y, en ningún caso, representa un retiro total de la posición de los aportantes.

Comisiones y costos al salir de un fondo

De acuerdo a lo estipulado en los reglamentos internos, se aplican comisiones de las Administradoras Generales de Fondos (AGF) por salida.

La comisión de salida es un cobro que la AGF carga directamente al inversionista, normalmente al momento del rescate, sobre el monto aportado o sobre el monto rescatado.

Generalmente están asociadas a una permanencia mínima de la inversión en el fondo y reducen el monto rescatado.

Ejemplo:
Si un inversor invierte $7.000.000 en un fondo mutuo con un plazo de permanencia de 1 año y una comisión de salida del 1%, y decide retirar su inversión a los 6 meses, pagará $70.000 de comisión de salida al retirar su dinero. 

¿Qué pasa con los impuestos si me retiro de un fondo?

Al retirarte de un fondo de inversión debes pagar impuesto siempre y cuando obtengas un mayor valor respecto del capital invertido. Ese impuesto es el Impuesto Global Complementario, y la tasa específica dependerá del tramo al que pertenezcas.

En el caso de los fondos mutuos que invierten en acciones, dichos fondos pueden estar afectos a un impuesto único con tasa del 10% por el mayor valor. Sin embargo, existen beneficios tributarios establecidos en la Ley de Impuesto a la Renta (LIR) a los que puedes acoger un fondo mutuo: Ahorro Previsional Voluntario (APV), Artículo 107 LIR y Artículo 108 LIR.

Régimen
Beneficio
APV A
El Estado te bonificará anualmente con un 15% del ahorro neto del año anterior.
APV B
El ahorro voluntario se rebajará directamente de tu renta imponible, lo que te permitirá pagar menos impuestos. Dicho de otra manera, este beneficio te permite postergar el pago de impuestos por tus ahorros hasta el momento en que te pensiones, cuando probablemente tengas una tasa de impuesto menor a la que tienes hoy.
Art. 107 LIR
No constituirá renta el mayor valor obtenido de la enajenación de acciones o cuotas de fondos mutuos que cumplan lo siguiente:

  1. Acciones con presencia bursátil: haber sido adquiridas o traspasadas en una Bolsa de Valores mediante un proceso de oferta pública y/o primera emisión con motivo de un aumento de capital.
  2. Cuotas de Fondos Mutuos donde las inversiones consistan en valores con presencia bursátil: a lo menos el 90% de la cartera del fondo mutuo se destinará a la inversión en acciones con presencia bursátil, con la obligación de distribuir entre los partícipes la totalidad de los dividendos.
  3. A lo menos el 90% de la cartera se destinará a la inversión de valores emitidos en el país o en el extranjero. Los valores emitidos en el país deben ser acciones y/o instrumentos de deuda pública, y deberán generar rentas periódicas.
  4. Prohibir la adquisición de valores que priven al fondo de percibir dividendos e intereses, etc.
Art. 108 LIR
Permite diferir el pago de impuesto sobre el mayor valor obtenido hasta liquidar definitivamente las inversiones; es decir, al reinvertir el rescate de un fondo en otro fondo, ya sea de la misma administradora u otra sociedad administradora, no se tributa.

Alternativas después de salir de un fondo de inversión

Después de salir de un fondo de inversión existen múltiples posibilidades, y su elección dependerá del perfil del inversionista, sus objetivos y los recursos disponibles.

Si el objetivo es mantener el capital:

  1. Fondo mutuo de instrumentos de renta fija a largo plazo.
  2. Fondo mutuo money market.
  3. Depósitos a plazo.
  4. Cuenta de ahorro con interés.

Si el objetivo es aumentar el capital asumiendo un mayor riesgo:

  1. Fondo mutuo que invierte en instrumentos de capital en Chile o el extranjero.
  2. Fondo mutuo que invierte en deuda corporativa en Chile o el extranjero.
  3. ETF de estrategias de inversión en capital.
  4. ETF de estrategias de deuda.
  5. ETF temáticos.
  6. Fondos de inversión rescatables o no.
  7. Acciones de compañías en Chile o el extranjero.
  8. Bonos corporativos.

Antes de rescatar: revisa plazos, costos e impuestos

Salir bien de un fondo es tan importante como entrar. Antes de rescatar, confirma si tu fondo es rescatable, cuánto tarda el pago y qué comisión de salida aplica, y ten presente el impuesto sobre la ganancia. Planifica el rescate según tu objetivo y, si vas a reinvertir, aprovecha el Art. 108 LIR para diferir impuestos. Para decidir dónde seguir, compara los mejores fondos mutuos de Chile y las mejores Administradoras Generales de Fondos (AGF).

Preguntas Frecuentes sobre el rescate de un fondo


En los fondos mutuos sí, con un plazo de rescate de hasta 10 días. En los fondos de inversión depende de si son rescatables o no; los no rescatables pagan en 180 días o más.


En fondos mutuos, hasta 10 días. En fondos de inversión rescatables, según su reglamento interno (menos de 180 días); los no rescatables, en 180 días o más.


Pagas impuesto solo si obtienes ganancia. Suele tributar por el Impuesto Global Complementario, y los fondos accionarios pueden estar afectos a un impuesto único del 10%, salvo beneficios como el del Art. 107 LIR.


Sí. El Art. 108 LIR permite diferir el impuesto si reinviertes el rescate en otro fondo, de la misma o de otra administradora, hasta que liquides definitivamente la inversión.


Algunos fondos cobran comisión de salida, normalmente ligada a una permanencia mínima. Revisa el reglamento interno del fondo antes de rescatar para saber si aplica y cuánto.
Fuentes consultadas Comisión para el Mercado Financiero (CMF) Servicio de Impuestos Internos (SII) Ley 20.712
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  1. en respuesta a Yonathan Ua
    -
    Nuevo
    #4
    04/06/21 23:36
    Hola disculpa, por si llamaste al banco, que te respondieron? Debido que me pasó lo mismo que a ti..
  2. Nuevo
    #3
    02/04/21 09:46
    Hola quisiera retirar mi fondo mutuo y en realidad no se donde ingresar para comensar el proceso me podrían guiar por favor 🙏🏽 
  3. en respuesta a Yonathan Ua
    -
    Top 10
    #2
    30/08/19 13:35

    Llama al banco y consulta que ha sucedido
    Saludos

  4. Nuevo
    #1
    26/07/19 02:01

    Hola Samuel, hice una inversión en fondos mutuos de banco estado, todo bien escogí una opción en cual invertir, pero hoy me aparece que no tengo cuenta en fondos mutuos. ¿Esto es normal al momento de hacer esta operación? O ¿algo anda mal?