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Prescripción de deudas: ¿Cuándo prescribe una deuda bancaria en Chile?

Prescripción de deudas: ¿Cuándo prescribe una deuda bancaria en Chile?

Hay veces que por mala planificación financiera o simplemente mala suerte, incurrimos en deudas que nos impiden acceder a productos financieros. Hoy hablaremos sobre la prescripción de deudas: proceso, documentos y preguntas frecuentes que debemos conocer.


¿Qué es la prescripción de deudas?

En un primer paso, debemos entender que en Chile las deudas no prescriben, la prescripción de deudas consiste en que las empresas o personas pierden el derecho de cobrar una deuda. Por tanto, esto significa, que la empresa o persona con la que tenemos la deuda, no podrá cobrarme porque se venció o prescribió el plazo y se produce la prescripción de la deuda.

 

 

¿Qué documentos prescriben?

Hay 4 tipos de documentos que prescriben o vencen:

  • Pagarés: son documentos que acreditan que una empresa deja constancia de que una persona tiene una obligación de pagar una cantidad de dinero en una fecha fijada con antelación.
  • Letras de cambio: son documentos muy parecidos a los pagarés, donde se indica que una persona tiene una deuda y que debe pagarla en cierta fecha. Los pagarés no tienen casi uso en la actualidad.
  • Cheques: documentos bancarios que nos permiten que la persona que tiene el cheque pueda retirar o guardar dinero de una cuenta corriente. Pero si entregamos un cheque sin fondos, es decir, la cuenta a la que pertenece el cheque no tiene fondos, pueden protestar el cheque y tendremos una deuda. La prescripción de esta deuda no ocurre cuando hemos dejado de pagar, si no después de un tiempo de cuando protestaron el documento.

Descubre qué tipos de cheques existen en Chile.

  • Deudas generales: aunque en los cheques, pagarés y letras de cambio puede prescribir el documento, la deuda sigue existiendo. Porque las deudas tienen su propio plazo de vencimiento y aunque hayan prescrito te pueden seguir cobrando.


¿Cuándo prescribe una deuda bancaria en Chile?

Como hemos comentado, la prescripción depende de cada documento y del tiempo en el que existe la deuda. Ahora veremos la prescripción de deudas por cada documento:

  • Prescripción de pagarés: después de que haya pasado un año desde la primera cuota impagada.
  • Prescripción de cheques: cuando pasa un año desde que fue el protesto.
  • Prescripción de letras de cambio: después de un año desde que venció la letra.
  • Prescripción de deudas generales: venden después de cinco años desde que surgieron.

Quizá te interesa saber qué es la deuda castigada en Chile y cómo salir

Entonces, es importante comprender que aunque haya una deuda pendiente de un pagaré y haya transcurrido un año desde la primera cuota impagada, aún deben pasar otros 4 años adicionales para que la deuda prescriba legalmente. Durante esos 4 años, las empresas aún tienen la posibilidad de seguir cobrando la deuda.

Es importante tener en cuenta que, aunque el documento (pagaré, cheque, letra) haya vencido, la deuda en sí continúa existiendo. Sin embargo, para que las empresas puedan cobrarte, deben iniciar un proceso legal y demandarte. Sin embargo, una vez que ha prescrito uno de los documentos, es poco probable que las empresas te denuncien y lleven el caso a juicio, ya que los procesos legales suelen ser largos y costosos.

Es fundamental estar informado sobre los plazos de prescripción de las deudas y conocer tus derechos como deudor. Si tienes dudas o inquietudes, es recomendable buscar asesoramiento legal para tomar las mejores decisiones en relación a tus obligaciones financieras.

 

¿Las deudas prescriben?

En Chile las deudas no prescriben, en cambio prescribe el derecho que posee una empresa o persona de cobrar una deuda. Por lo que pasado cierto plazo, la empresa o persona con la que mantienen la deuda, no podrá cobrarles al vencerse o prescribir el plazo.

En caso de salir del país, las deudas tampoco prescriben.

 

¿Qué tipos de deudas o documentos prescriben?

En Chile existen hasta cuatro tipos de documentos que pueden prescribir como:

  • Los pagarés
  • Los cheques
  • Las letras
  • Deudas generales

Pagarés: Los pagaré son documentos, en los que una empresa refleja que una persona está obligada a pagar determinada cantidad de dinero en cierta fecha. Un alto % de las compras y créditos se encuentran asociados a un pagaré.

Cheques: En el caso de los cheques, son un documento bancario que permite que la persona que tiene uno, pueda retirar o guardar dinero en una cuenta corriente. Si entregan un cheque, y la cuenta no tiene fondos o no existe dinero suficiente en dicha cuenta, protestarán el cheque generando una deuda.

  • La prescripción no se da hasta después de un tiempo en que se dejó de pagar, después del tiempo en que protestaron el documento.

Letras de Cambio: Si bien las Letras están casi extinguidas. Las Letras de Cambio se trata de documentos como los pagarés, indicando que una persona tiene una deuda y que en una fecha específica tendrá que pagarla.

 

¿Cuándo prescribe un pagaré, un cheque, letras y deudas generales?

Prescripción de pagarés: Los pagarés prescriben después de transcurrido 1 año desde la primera cuota impagada. Por ejemplo, si adquiriste una televisión a pagar en 12 cuotas y, por algún motivo, no pudiste seguir pagando a partir de la cuota 8, después de 1 año desde que dejaste de pagar esa cuota, la deuda prescribe y la empresa no podrá cobrarte.

Prescripción de cheques: Los cheques prescriben después de 1 año desde que fueron protestados. Si entregaste 10 cheques como parte del pago por la compra de una casa y la inmobiliaria cobró los cheques mensualmente hasta el octavo, pero en ese momento se detectó que la cuenta no tenía fondos suficientes, el cheque puede ser protestado. Sin embargo, pasado 1 año desde el protesto, vence el plazo para cobrar esos cheques.

Prescripción de letras de cambio: Las letras de cambio pueden prescribir después de 1 año desde la fecha de vencimiento de la letra. Es decir, si hay una letra de cambio y ha pasado 1 año desde que se venció sin que se haya realizado el cobro correspondiente, la deuda puede prescribir.

Prescripción de deudas generales: Las deudas generales prescriben después de transcurridos 5 años desde su generación. Esto significa que, si tienes una deuda y han pasado 5 años sin que se realice ningún cobro o reclamo por parte del acreedor, la deuda puede extinguirse por prescripción.

Es importante tener en cuenta que estos plazos de prescripción pueden variar dependiendo de la legislación vigente y otros factores específicos de cada situación. Si tienes dudas o inquietudes sobre la prescripción de tus deudas, es recomendable buscar asesoramiento legal para obtener información precisa y tomar decisiones adecuadas.

 

¿Qué pasa si la empresa nos demanda?

Si la empresa nos demanda, se cancela el plazo de prescripción. Y si en el juicio no se llega a nada en 3 años por no encontrar al deudor, hay pocos bienes para embargar…, entonces se declara el abandono del procedimiento y esta deuda prescribe. 

¿Estás en un apuro económico? Lee más sobre qué puedes hacer si no logras pagar tus deudas.

 

¿Qué pasa si mi deuda prescribe pero sigo en Dicom?

Para que la deuda prescriba de verdad, hay que alegar en los tribunales con los documentos necesarios. Pero antes debes ver si realmente estás en Dicom: ¿Cómo saber si estoy en Dicom?

 

¿Es bueno esperar a la prescripción y no pagar?

La realidad es que no, porque si dejas de pagar empezará un prcoeso de cobranza donde te pueden demandar y embargar. La prescripción solamente conviene cuando tenemos una deuda y ha pasado mucho tiempo sin notificaciones y sin que nos cobren, para así poder eliminar esa deuda que tenemos que nos impedira acceder a productos financieros.

 

¿Las deudas prescriben de forma automática?

Debemos saber que aunque haya pasado el año y los documentos hayan prescrito, la deuda no se extingue sola. Entonces para que la deuda prescriba debemos de acudir a los tribunales con los documentos correspondientes que acrediten que ya ha pasado la fecha de pago y “alegar la prescripción”, es decir, solicitar la prescripción de la deuda. Pero debemos saber que la prescripción no es gratuita, porque debemos sumar los honorarios del abogado y los gastos judiciales.

Este proceso de prescripción de la deuda una vez hemos ido a los tribunales también es largo, de 3 a 6 meses para que tomen la decisión de aprobar o rechazar la prescripción de nuestra deuda.

Entonces si nos aceptan la prescripción, se extinguen las obligaciones que teníamos de pagar la deuda.
 

  1. en respuesta a Rubencho1
    -
    Top 10
    #180
    07/03/23 09:43
    Hola! 
    El departamento no puede ser embargado porque tiene un derecho real a favor de un tercero, esto es, el banco que te dió la hipoteca. Por más que sea el mismo banco, son contratos separados. 
    Saludos!

  2. en respuesta a German6285
    -
    Top 10
    #179
    07/03/23 09:41
    Hola! A tus padres no los van a embargar, por más que la demanda vaya a su domicilio. Lo que si corre riesgo es la propiedad que está a tu nombre, ya que el primer paso sería el embargo e inhibición de la misma, pudiendo llegar al remate dependiendo del estado de la demanda.
  3. Nuevo
    #177
    02/03/23 20:31
    Hola tengo una duda! Yo tengo un credito hipotecario por mi vivienda , el cual he pagado religiosamente y sin falta, pero tengo un credito de consumo con el mismo banco el cual no he podido pagar durante varios meses, por problemas económicos. Mi pregunta es: si el banco decide demandarme por el credito de consumo, es posible que me embarguen el depa aunque no tenga deudas en ese instrumento? Gracias de antemano
  4. Nuevo
    #176
    24/02/23 20:29
    Hola tengo una demanda por deudas de 4.500.000. Aun no recibo ninguna notificacion ya que en la demanda aparece el domicilio de mis papas. Los pueden embargar a ellos??. Corre algun riesgo una propiedad que esta a mi nombre
  5. en respuesta a Fabian Sinibaldi
    -
    Nuevo
    #175
    16/01/23 09:29
    No, nadie lo avala, fue una compra de cartera, asique no deberian cobrarle a nadie mas. Gracias por la respuesta! 
  6. en respuesta a Yannii
    -
    Top 10
    #174
    16/01/23 08:57
    Si tu ya no vivirás más en el país, nada pasará. Asegurate de que ese crédito no tenga a nadie que lo avale, porque sino se lo cobrarán a esa persona.
    Saludos!

  7. Nuevo
    #173
    15/01/23 15:07
    Hola buenas, yo me fui del país hace unos meses y no pretendo volver, deje una deuda de un credito de consumo en el banco santander, pagué 38 cuotas, siempre al día, la deuda inicial eran 8 millones y aun me quedaban 6 millones por pagar, asique deje de pagarlo, mi duda es, a los 5 años prescribirá? no hay nada que embargar en chile asique eso no me preocupa xD gracias!
  8. en respuesta a Franciscalorena
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    Nuevo
    #172
    27/09/22 10:57
    Hola Francisca! Actualmente estoy igual. Tengo una deuda pero ha llegado casi a 2 millones con los intereses y tengo 250 días q no he pagado. Como le fue a tu hermana ? Q hizo?
  9. en respuesta a Luismontecinos
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    Top 10
    #171
    11/03/22 10:17
    Hola Luis! Realmente no tengo a nadie para recomendarte, nosotros somos un medio de información, podemos responderte consultas puntuales, pero en tu caso deberías ver a algun asesor legal.
    Saludos!
  10. en respuesta a Fabian Sinibaldi
    -
    Nuevo
    #170
    09/03/22 03:50
    Fabian consulta,  me recomiendas a alguien que pueda ver mi caso para saber si puedo prescribir o no , que valor aprox tiene en el mercado la prescripción de cada deuda aprox 
  11. en respuesta a Franciscalorena
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    Top 10
    #169
    11/01/22 10:52
    Siempre lo mejor es llegar a un arreglo con el banco y pagar la deuda, en la medida que pueda hacerlo. Sino, la mancha en el reporte comercial te quitará oportunidades en el futuro

  12. en respuesta a Alex1969
    -
    Top 10
    #168
    11/01/22 10:50
    Hola Alex! En un principio si, depende del ultimo movimiento del expediente judicial

  13. Nuevo
    #167
    08/01/22 15:54
    Hola. Mi hermana pidio un super avance en falabella,no ha pagado en mas de 250 dias y ya va en mas de 5.5 millones, me llamaron a mi de una asesoria judicial para no irse a judicial.  Que es lo mejor en este caso? Repactar la deuda? Ir pagandola de a poco? Ayuda, ella vive con mis papas
  14. Nuevo
    #166
    08/01/22 09:10
    Buenas , vivo hace 6 años en el extranjero, salí de chile y dejé deudas casas comerciales y bancos , me demandaron pero no me encontraron , las causas están archivadas desde el 2015 - 2016 , están ya prescritas ? Gracias 
  15. Nuevo
    #165
    20/05/21 21:08
    Buenas noches Mi nombre es Alex tengo documento del año 2017 Y todavía aparecen en dicom Qué puedo hacer para que ya no aparezcan más
  16. en respuesta a Jorgepintosalazar
    -
    Top 10
    #164
    12/03/21 10:07
    Por como lo planteas, la deuda ya prescribió

    Saludos!
  17. en respuesta a Fernanda Lepe
    -
    Top 10
    #163
    12/03/21 10:05
    Estas muy lejos de la prescripción. Para comenzar, suponiendo que no muevan el expediente judicial de la demanda nunca más (cosa muy poco probable), aun tienes 5 años por delante para la prescripción. Con cada movimiento del expediente, el plazo vuelve a comenzar de cero. Y en el medio, si el juez determina un embargo, te lo cobrarán a la fuerza.

    Saludos!

  18. Nuevo
    #162
    03/03/21 21:59
    Tengo una deuda bancaria(credito consumo) desde mayo 2019, me demandaron hace un mes (febrero 2021)
    Que puedo hacer para prescribir y cuales son plazos para todo el trámite?? 
  19. Nuevo
    #161
    05/02/21 11:45
    tengo una deuda con el banco desde el año 2008, me demandaron mismo año y una empresa cobranza tomo mi caso y comenzó a cobrarme, pasado un tiempo (1 año) esa empresa desapareció. ¿puede el banco seguir cobrándome ya que han pasado mas de 13 años?
    ¿o puede seguir cobrándome otra empresa de cobranzas considerando que ya han pasado mas de 13 años de esa deuda si la deuda es con el banco no con las empresas de cobranzas? ¿por tiempo esa deuda ya caduco? gracias!!