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Deuda castigada: qué es y cómo salir

Deuda castigada: qué es y cómo salir

Es posible que usted o algún familiar suyo se haya encontrado alguna vez en la situación de que le sean negados la concesión de créditos o préstamos por disponer de deudas castigadas. Pero, ¿sabe qué son las deudas castigadas? ¿Es posible salir de ellas? Se lo explicamos a continuación. 
 
 
 

¿Qué es una deuda castigada?

Cuando una persona solicita un crédito o préstamo ante una institución fiscalizada por la Superintendencia de Bancos o Instituciones Financieras (SBIF), esta institución está obligada a informar a la Superintendencia la deuda de la persona, con el fin de que otros bancos puedan evaluar su nivel de endeudamiento y evitar, así, riesgos de impago. 
En la medida en que el cliente paga de forma regular la deuda, ésta se informa como vigente y demuestra un buen comportamiento de pago. Sin embargo, si no paga de forma regular la deuda, ésta se informará de la siguiente manera, en función de los días de atraso en el pago:
  • Deuda morosa: si el atraso en el pago es entre 30 y 60 días. 
  • Deuda vencida: si el atraso en el pago de una o más cuotas del crédito es entre 61 y 90 días.
  • Deuda castigada: si el atraso en el pago de una o más cuotas se encuentra en mora por más de 91 días. 
 
Así pues, se considerará deuda castigada la derivada de la falta de pago de las responsabilidades con créditos y préstamos a sus solicitante por un tiempo superior a 91 días.
 

¿Cómo saber si tengo deuda castigada?

Es posible conocer si disponemos de deuda castigada solicitando, de forma gratuita, el "informe de deudas del sistema financiero"  o "certificado de deuda castigada" de la SBIF. 
En el informe de deudas de la SBIF se encuentra toda la información sobre las deudas, tanto vigentes como vencidas, tanto directas como indirectas (avales), que una persona mantiene con las entidades dentro de la fiscalización de la SBIF (generalmente, cooperativas y bancos). 
Esta información es actualizada en la primera semana de cada mes con los antecedentes que las instituciones financieras entregan al SBIF. 
Puedes consultar cómo solicitar este informe por internet aquí: ¿Puedo obtener el informe de mis deudas por internet?
Recuerda que este registro es informado por la SBIF, no guarda relación alguna con Dicom o boletín comercial. 

 

¿Cómo elimino una Deuda Castigada?

Algo a considerar antes de seguir es que, las deudas no pueden eliminarse del todo. En cambio pueden realizar la exclusión o suspensión de información de una deuda vencida o castigada en base a las disposiciones del Capítulo 18-5 de la Recopilación Actualizada de Normas de Bancos, de la Comisión para el Mercado Financiero, algo que le corresponde a la entidad acreedora de la deuda y no por la CMF.
  

Paso a paso cómo realizar la exclusión o suspensión de la información de las deudas

Para tramitar la exclusión o suspensión de la información de las deudas deben seguir los siguientes pasos:
  
  1. Solicitar el Informe de Deudas de CMF Bancos para que sepa sobre las deudas que figuran incluidas en el Estado de Deudores.
  2. Si figura informada una deuda vencida o castigada y sea por alguna de las causales de exclusión o suspensión que figure en el capítulo 18-5, deberán hacer una solicitud de eliminación de la deuda al banco acreedor. Para saber a qué personal del banco deben dirigirse deben leer la lista publicada en la Web. Antes de la solicitud al banco o institución financiera deben verificar que cumplen respecto a la deuda alguna de las causales del Capítulo 18-5. Para lo que pueden consultar AQUÍ.
  3. El banco o institución financiera receptores de la solicitud deberá resolver, y definir si se cumple o no con los requisitos del Capítulo 18-5.
  4. Aceptación de la solicitud si la acepta el banco dejará de informar la deuda. Lo que deberá figurar en el Estado de Deudores al mes en que la solicitud fue acogida. Sí la solicitud fue acogida en Septiembre la información figurará en el estado de deudores referido a dicho mes publicado por la CMF los últimos días de Octubre.
  5. Si la solicitud No es respondida dentro del plazo dependerá del tipo de caso de que se trate, no existe plazo exacto de respuesta), pueden recurrir a la CMF, y adjuntar una copia de la comunicación enviada a la entidad acreedora.

 Importante: Algo a tener en cuenta es que, la suspensión de la información, a partir de las disposiciones de las normas de la CMF, No significa que quede eximido al deudor de solucionar su deuda, la misma se extingue mediante una condonación de deuda o el pago de la misma
 

¿Cómo salir de la deuda castigada?

En primer lugar, debes saber que las deudas no se eliminan, pero sí es posible realizar la exclusión o suspensión de una deuda vencida o castigada conforme a las disposiciones del Capítulo 18-5 de la Recopilación Actualizada de Normas de la SBIF. 
Para proceder a la exclusión o suspensión de la información de dichas deudas es necesario seguir los siguientes pasos:
Para proceder a la exclusión o suspensión de la información de dichas deudas es necesario seguir los siguientes pasos:
  1. Solicitar el informe de deudas de la SBIF, para así conocer la información de las deudas que están siendo incluidas en el Estado de Deudores. El procedimiento es el siguiente:
  • Ingresa a clientebancario.cl y coloca tu RUT y Clave de Acceso.
  • El informe de deudas de la SBIF solo se puede solicitar si se cuenta con Clave de acceso, la cual se entrega de forma personal por tratarse de un documento con información confidencial y protegida. 
  • Para solicitar la Clave de Acceso por primera vez puede hacerlo a través de las oficinas de ChileAtiende en cualquier comuna o visitando las Oficinas de Atención al Público de CMF ubicadas en Santiago.
  • Si olvida su clave puede volver a obtenerla en la misma ventana en la que solicita el informe de deudas de la SBIF. Pero si este método no le permite recordar la clave, deberá solicitarla nuevamente en persona o a través de un representante que tenga una autorización notariada.
  1. En caso de que se encuentre informado con una deuda vencida o castigada y se cumpla respecto a ella alguna de las causales de exclusión o suspensión contempladas en el capítulo 18-5, elevar una solicitud de eliminación de la deuda de que se trate al banco acreedor, incluyendo su cantidad. Dichas causales son:
  • Aquellas deudas
  • contra quienes los bancos y sociedades financieras carezcan de títulos ejecutivos. 
  • Aquellas deudas contra las que existan títulos ejecutivos pero no hayan sido demandados durante el transcurso del plazo de prescripción. 
  • Aquellas deudas contra las que existan títulos ejecutivos y hayan sido demandados, pero cuyas ejecuciones hayan sido rechazadas o abandonadas por resolución judicial ejecutoriada. 
  • Aquellas deudas contra las que se haya demandado pero no haya sido notificada la demanda antes del vencimiento del plazo establecido en las leyes para la prescripción de dichas acciones. 
  • También se puede excluir la información de los deudores cuando la institución financiera acreedora haya rematado los bienes que se hubieren constituido en prenda o hipoteca para garantizar el pago de los créditos adeudados, y no se haya trabado embargo sobre otros bienes de su propiedad.
  1. El banco o institución financiera hacia la que se haya dirigido la solicitud deberá resolver al respecto, determinando si se cumple o no con alguno de los requisitos del mencionado capítulo. 
  2. De aceptarse la solicitud, el banco deberá dejar de informar la deuda en cuestión. 
  3. Si la solicitud no es contestada dentro de un plazo prudente (este dependerá del tipo de caso de que se trate), se puede recurrir a la Superintendencia, adjuntando copia de la comunicación a la entidad acreedora. Si procede, será la propia Superintendencia quien saque su deuda del estado de deudores.
  4. El trámite es sencillo y sin costo. 
           
En todo caso, debes tener presente que la suspensión de la información no exime al deudor del pago de la deuda, que solo se extinguirá por condonación, prescripción o pago. 
Por último, es necesario recalcar que este certificado solo refleja las deudas informadas por la SBIF, no incluye ni guarda ninguna relación con los registros informados por el Boletín de Informes Comerciales y por Dicom Equifax. 
 

Si tengo una deuda y la pago: ¿cuándo desaparece de los registros?

Una vez realizado el pago de la deuda, el banco acreedor dejará de informar la deuda en el Estado de Deudores referido al mes en que se efectúa su pago. 
Esta información será remitida a la Superintendencia en los primeros días del mes siguiente y será incluida en el nuevo Estado de Deudores a fines de ese mismo mes. 
Así, si por ejemplo, una deuda es pagada en el mes de marzo, dejará de aparecer en el Estado de Deudores que se publique a finales del mes de abril. 
 
Como ves, es importante que mantengas un control de tus deudas. Tener un historial limpio y claro te ayudará mucho en el momento en que quieras solicitar un préstamo o cualquier otro tipo de crédito para llevar a cabo tus propósitos financieros. 
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  1. Nuevo
    #40
    01/04/19 10:51

    Estimados tengo una consulta, me podrían dar mas información sobre la elevación de solicitud de eliminación de deuda al banco acreedor y si es posible obtener un formato tipo de la carta que se debe realizar, también quería saber si la deuda que tengo en con un banco prescribió si ya han pasado varios años y la demanda civil fue retirada con fecha 13/04/2018:

    "En conformidad al artículo 148 del Código de Procedimiento Civil, vengo en
    retirar la demanda sin notificar de autos.-"

    De antemano muchas gracias por su información.
    Saludos.

  2. Nuevo
    #39
    01/04/19 09:30

    Buenos días, quisiera saber como sacar el certificado del superintendencia de bancos. Tengo una deuda castigada mas menos del año 2011-2012. no recuerdo bien la fecha. pero se esta pagando y sin retrasos. Como puedo salir del informe. No me deja pedir ningún tipo de crédito.

  3. en respuesta a Nicolás.2019
    -
    Top 10
    #38
    29/03/19 08:07

    Hola Nicolás,
    Lamentablemente las entidades financieras disponen de historiales crediticios sobre los que es complicado ejercer un control, pero, según indica la Sbif, tienes que esperar a estar un año sin ningún antecedente comercial negativo. Si después de esto los bancos te siguen rechazando la apertura de productos puedes apelar con la Ley Zamudio por discriminación, por negarse a darte productos por tu historial financiero pasado.
    Saludos.

  4. #37
    28/03/19 17:42

    Hola yo pague una deuda castigada en enero y aun no puedo sacar una cuenta corriente en niun banco por que aun salgo con la deuda castigada que fue por una casa comercial cuanto tiempo tengo que esperar.

  5. en respuesta a Cataaravena
    -
    Top 10
    #36
    15/03/19 11:38

    Los bancos se reservan el derecho de aprobarte un crédito o no. No están obligados a dar créditos a los clientes, y cuando los dan, porque de eso se trata su negocio, en general escogen a sus tomadores. Es probable que cada banco tenga un registro histórico de la vida crediticia de una persona, mediante software especializado. Creo yo que esa es la razón por la cual la foto del informe crediticio en la actualidad esté limpio pero que ellos tengan información histórica del cliente. Y como se reservan el derecho de otorgar créditos a quien quiera, poco se puede hacer al respecto. Lo unico que se me ocurre es recurrir al SERNAC y abrir un expediente, pero eso no nos dará el crédito que necesitamos.

  6. Nuevo
    #34
    13/03/19 18:50

    Estimados espero me puedan ayudar, hace un par de meses tenia un crédito hipotecario pre aprobado al cual al renovar el Banco me dice que no puede por tener deuda en mora, fui a sbif y resulta que era una deuda de tarjeta de crédito de banco estado por 65 mil Pesos aparecía como deuda en mora por más de 90 días... La cosa es que me Acerque a la institución y me dicen que no tenia deudas que tenia mi cuenta al día y que sbif se había demorado en eliminar mi deuda del informe, pasaron 2 semanas y se elimino La deuda, efectivamente ya no estaba entonces volví al. Banco para renovar mi crédito hipotecario pero al Momento de... La ejecutiva revisa y me dice que efectivamente no hay deuda en sbif pero si aparece en un historial que me retrase en un pago de 65 mil. Pesos y por ese historial no hay caso de renovar el crédito hipotecario...
    Mi consulta es existe la. Posibilidad de poder borrar ese historial "interno" ya que si yo saco un informe en sbif no aparece deuda... Espero me puedan. Ayudar

  7. Nuevo
    #33
    11/03/19 16:03

    tengo una duda muy grande.. el año pasado pague una deuda en una multitienda.. pero al momento de pedir un prestamo bancario salia con deuda castigada. pero esa deuda yo la pague hace 8 meses atrás. y yo la solicitud de prestamo lo tome hace 2 semanas y me dice que tengo deuda castigada.. que puedo hacer en ese caso ?, no puedo hacer ningun movimiento ni sacar alguna tarjeta. tengo que esperar a que eso desaparesca o debo hacer un tramite especial para eso ?. desde ya muchas gracias.

  8. Nuevo
    #32
    07/03/19 19:06

    Hola tengo una consulta espero una respuesta tengo un crédito en el credichile el cual me atrase más de 91 días la cual apenas pude regularice actualmente intente conseguirme un crédito en el cual me dicen que a párese una mora algo así como 89 algo así pero el certificado del sbif y en el informe de dicom no a párese absolutamente nada y nesesito un crédito la verdad no se que puedo aser cabe desir qque la deuda la llevo al día desde ase ya 11 meses espero alguna respuesta gracias

  9. en respuesta a Natalia.Naty
    -
    #31
    05/03/19 12:53

    sí, el reclamo lo ingresé el 2 de enero a la SBIF. Recién el 21 de febrero respondieron de sbif con un compilado de respuestas de todos los bancos, señalando que cumplían con la normativa en tenerme informada como deuda castigada. Entonces, escribí a cada uno de los contactos que firmaron las cartas respectivas, solicitando me indiquen cuales con los artículos y normativas asociadas, que considero, vulneran mi privacidad y me exponen, teniendo mis deudas renegociadas, al día. Desde esa fecha, aún nadie responde. Pero ahora mismo reiteraré los correos.

  10. en respuesta a Deudacastigada
    -
    Nuevo
    #30
    03/03/19 12:20

    Y coml te fue!,??? Hiciste el reclamo????

  11. en respuesta a Reemprendimientomula
    -
    #29
    21/02/19 21:47

    Ley de quiebras... Tiene su lado bueno. Paraliza intereses... Congelas la deuda.. Y comienzas a ordenarte. Lo terrible... Es lo que hacen los bancos... Y que tenemos que averiguar.. Que tan legal es eso terrible...

  12. en respuesta a Deudacastigada
    -
    #28
    21/02/19 19:52

    Es verdad eso. Existe un registro que va mas allá del DICOM y que nos tiene literalmente de las pelotas. Tengo una deuda castigada de 4 lucas por una cta cte que cerré, pagué y todo pero quedó una cola desde 2017. Fui a pedir un crédito al banco y me dijeron que no podía, que tenia deuda castigada informada en febrero y que debía esperar 6 meses... Dejé el tremendo reclamo a ver como me va en eso... Y respecto a la Ley de Quiebras me he informado bastante y es muy... Terrible.

  13. en respuesta a Negritasalazaraliaga
    -
    #27
    21/02/19 18:42

    Escribe cartas formales a cada banco y consultas cual es la razón por la que te impiden Bancarizarte. En la pagina de la Superir, hay un listado con todos los nombres, teléfonos y contactos, de los representantes de los bancos. Haz la prueba con unos tres...para ver qué te dicen. Y cuéntanos, pues puede tratarse de otro registro, que incluso nos vulnere mucho más. saludos,

  14. en respuesta a Reemprendimientomula
    -
    #26
    21/02/19 18:36

    hola, yo acabo de arrendar con corredora este mes. Por eso estaba súper asustada y comencé a hacer todas las gestiones que ya les he contado. y no tuve ningún problema. Pues como yo estoy al día con mis cuotas, no estoy informada en Dicom ni en equifax... pero sí en SBIF como "deuda castigada", pero ese certificado, no lo piden para arrendar.

    ahora, dicom tiene un boletin especifico que se llama "docim para arrendatarios" y en uno de los depas me lo pidieron...pero no tenía nada informado. Imagino que si algún arrendador inicia los tramites para incluirte en ese registro, por arriendos no pagados, obviamente vas a aparecer. Pero la mayoria de los corredores piden el dicom platinum... y ahi solo son cuotas morosas, pagares informados, etc.

    saludos!

  15. Nuevo
    #25
    20/02/19 15:01

    Hola! tenía un crédito en banco santander que no pude seguir pagando, lo tomé en el año 2009 y era por tres años... saqué un certificado en el boletín comercial y en la SBIF y en ninguno aparece la deuda, pero al tratar de bancarizarme no puedo optar a productos porque me dicen que tengo deuda castigada. Por favor me pueden orientar en cómo puedo regularizar esto ya que en ningún certificado aparece? mil gracias!!

  16. en respuesta a Deudacastigada
    -
    #24
    14/02/19 21:31

    Hola nuevamente. Una consulta, tu sabes que pasa en el caso que esté arrendando un departamento a una corredora? En teoría un arriendo tambien es una deuda pero dentro de las que tengo no está morosa, está al día. La pregunta es, si es que me declaro en quiebra, hay alguna lista negra de arrendatarios? Las corredoras tienen acceso a la misma informacion que los bancos? Espero atento tu respuesta. Muchas gracias

  17. en respuesta a Reemprendimientomula
    -
    #23
    14/02/19 17:11

    Por eso debemos saber si ese registro es constitucional, pues al menos vulnera la ley de privacidad. Ese es el primer paso. No pueden hacer lo que quieren todo el tiempo los bancos, por algo existe una superintendencia. Les cuento.

  18. en respuesta a Deudacastigada
    -
    #22
    14/02/19 17:08

    Esta mala por el hecho de haber dejado ese "huequito" en que los bancos pueden discriminar y hasta tal vez crear un registro de personas o empresas en quiebra lo que al final nos perjudica como supuestos ciudadanos libres y con plenos derechos en un estado democrático. De todas formas agradecería que nos cuentes como te va. Yo estoy viendo la posibilidad de liquidarme pero el tema va mas allá de todas las oficinas de abogados que asesoran y no te cuentan esta parte de la historia. Suerte.

  19. en respuesta a Reemprendimientomula
    -
    #21
    14/02/19 08:24

    Ojo... Que la ley no está mala. Tiene un espiritu de reempreder. Son los bancos los que arbitrariamente abusan. Por eso debemos organizarnos. Lo que hacen de la "marca" atenta contra todas nuestras otras leyes de protección individual, desde la constitución hacia abajo. Haré mi reclamo y les cuento cómo me va.

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