¿Cómo calcular tu finiquito laboral en Chile? Qué beneficios te deben pagar, cómo se calcula la indemnización por años de servicio y por aviso previo, el feriado proporcional y la diferencia entre indemnización y finiquito. Te lo explicamos con el simulador oficial de la Dirección del Trabajo.
Calcular tu finiquito laboral antes de firmarlo es la mejor forma de asegurarte de que la empresa te paga todo lo que te corresponde. El finiquito es el documento con el que, en Chile, un trabajador y su empleador ponen término a la relación laboral, tanto en una renuncia como en un despido. En él deben quedar claras la causal de término y los montos a pagar: remuneraciones, indemnizaciones y feriado. Acá te explicamos qué incluye, cómo se calcula cada concepto y cómo usar el simulador oficial.
Puntos clave
El finiquito incluye remuneraciones adeudadas, feriado proporcional e indemnizaciones que correspondan.
Indemnización por años de servicio: un mes por año, tope de 90 UF en la base y máximo 11 meses.
El aviso previo (o su pago) es de 30 días; el feriado, 15 días hábiles al año.
Puedes calcularlo con el simulador oficial de la Dirección del Trabajo.
Si renuncio, ¿puedo presentar como trabajador una propuesta de finiquito?
En caso de renuncia, tú mismo como trabajador puedes presentar una propuesta de finiquito, pero es el empleador quien tiene la obligación de proporcionar el documento.
¿Qué pasa si el empleador no pagó el finiquito?
Si el pago no se realiza al finalizar la relación laboral, el empleador deberá cancelar la deuda con los reajustes e intereses correspondientes.
¿Qué beneficios te deben pagar en el finiquito?
Al terminar tu relación laboral con una empresa tienes derecho a varios beneficios. En tu finiquito laboral se deben incluir los siguientes ítems:
Remuneraciones adeudadas.
Indemnización sustitutiva del aviso previo.
Indemnización por años de servicio.
Feriado anual adeudado.
Feriado proporcional.
Simulador de finiquito de la Dirección del Trabajo
La Dirección del Trabajo pone a tu disposición un simulador de finiquito gratuito que calcula los montos que el empleador deberá pagarte al finalizar el contrato. Para usarlo:
Completa la información solicitada y haz clic en "continuar".
Selecciona el beneficio que deseas calcular.
Completa los datos requeridos (período trabajado, vacaciones, sueldo bruto) y haz clic en "calcular".
El resultado será la simulación de tu finiquito laboral.
Los datos que te pedirá el simulador se agrupan en años de servicio (causal de despido, fecha de inicio del contrato, aviso de despido y finiquito), vacaciones (días obtenidos, tomados, pendientes e inhábiles), contrato (tipo de sueldo, sueldo base, gratificación, colación y movilización) e indemnizaciones (remuneración pendiente, aviso previo, años de servicio y vacaciones proporcionales). Con eso obtendrás el total del finiquito.
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¿Cuánto te corresponde cobrar en cada concepto?
Analicemos cada uno de los beneficios que tienes por ley para ver cuánto te corresponde recibir en tu finiquito.
Remuneraciones adeudadas
Corresponden al sueldo que aún no has percibido por un período ya trabajado. Por ejemplo, si normalmente recibes tu salario el último día del mes y te despiden el día 20 del mes siguiente, la empresa te debe la parte proporcional: en este caso, 20/30 de tu sueldo (un 66,6%). Recuerda que este pago sigue afecto a tributación, así que debes descontar el impuesto a la renta al calcularlo.
Indemnización sustitutiva del aviso previo
Es la indemnización que el empleador debe pagarte cuando te despide sin darte aviso previo en el plazo exigido por la ley. Según el Código del Trabajo chileno, el empleador debe avisar con al menos 30 días de anticipación al trabajador que será despedido.
Este derecho busca que puedas buscar un nuevo empleo sin que se vean afectados tus compromisos económicos, al menos por un mes. Si el empleador te despide de un día para otro, para compensar ese aviso no dado te paga como indemnización el equivalente a un mes de remuneración.
Esta indemnización no corresponde cuando el trabajador es despedido por incumplir las obligaciones del contrato, o cuando el contrato termina por causas naturales (por ejemplo, contrato a plazo fijo o fallecimiento del trabajador).
Indemnización por años de servicio
La indemnización por años de servicio es el derecho laboral que obliga al empleador a pagarte, en caso de despido, una suma en proporción a los años trabajados en la empresa. Para calcularla se consideran estas normas:
La base de cálculo es la última remuneración mensual devengada, con un tope de 90 UF. Eso cuenta como "un mes de remuneración".
Se paga un mes de remuneración por cada año de servicio o fracción superior a seis meses. Por ejemplo, si trabajaste 4 años y 7 meses, te corresponden 5 meses.
El Código del Trabajo fija un máximo de 11 meses (11 años de servicio o más). Los trabajadores con contrato anterior a 1981 no están afectos a este límite.
Puedes pactar por contrato una indemnización mayor, pero la ley prohíbe acordar una menor a la que resulta del cálculo legal.
Si el empleador despide por necesidades de la empresa pero declara otra causal, un juez puede obligarlo a pagar una indemnización mayor.
Feriado anual adeudado y feriado proporcional
El feriado anual (las vacaciones) es un derecho de todo trabajador con más de un año de servicio: 15 días hábiles con remuneración íntegra. Si dejas la empresa antes de cumplir el año que da derecho a feriado, tienes derecho a una indemnización proporcional al tiempo trabajado.
Para calcular el feriado proporcional, divide los días de feriado a los que tienes derecho (incluido el feriado progresivo si corresponde) por 12 y multiplica el resultado por los meses (y fracción) trabajados entre tu contratación y el término de funciones. Ese será el número de días hábiles que deben compensarte.
Los días así determinados se cuentan desde el día siguiente al término del contrato e incluyen sábados, domingos y festivos. Finalmente, se multiplican por tu sueldo diario (si tienes remuneración fija), por el promedio de los últimos tres meses (si es variable) o por la suma de ambos (si es mixta).
¿Cómo se prueba el término de la relación laboral?
Además del finiquito ratificado ante un ministro de fe, el término de la relación laboral puede probarse mediante:
Comunicación del despido dada al trabajador por escrito y firmada por el empleador.
Certificación del inspector del trabajo que acredite el término del contrato.
Acta de conciliación o avenimiento.
Acta de comparecencia ante la Inspección del Trabajo.
Sentencia judicial ejecutoriada.
Carta de renuncia ratificada ante un ministro de fe.
Aspectos importantes del finiquito
Antes de firmar, ten en cuenta lo siguiente:
El finiquito debe ser ratificado ante un ministro de fe (por ejemplo, un notario).
Para que tenga validez debe contar con tu firma y la del empleador. En caso de despido, tienes derecho a no firmarlo si no estás de acuerdo con la causal o los montos.
Tu empleador debe estar al día con el pago de las cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de cesantía (cuando corresponda) hasta el último día del mes anterior al despido. Puedes dejar constancia en el finiquito si estás en desacuerdo con algún monto.
Diferencias entre indemnización y finiquito
Aunque se usan casi como sinónimos, no son lo mismo. El finiquito es el documento y el monto total que la empresa te paga al terminar el contrato, sin importar la causa del término. La indemnización es solo uno de los componentes que puede (o no) incluir ese finiquito.
¿Por qué motivos se percibe una indemnización?
La indemnización es una compensación económica. En el ámbito laboral, las más habituales son:
La indemnización por años de servicio (por despido con derecho a ella).
La indemnización sustitutiva del aviso previo.
Fuera del ámbito laboral, también existen indemnizaciones por incumplimiento contractual o por daños derivados de un delito.
En resumen: finiquito frente a indemnización
Finiquito: se paga siempre, cualquiera sea la causa del término de la relación laboral. Es el total que la empresa te debe al finalizar el contrato (remuneraciones, feriado y lo que corresponda).
Indemnización: se paga solo en ciertos casos, sobre todo en el despido con derecho a ella. Si renuncias voluntariamente, en general no te corresponde la indemnización por años de servicio ni el aviso previo, pero sí el resto del finiquito.
Calcula tu finiquito y revisa que esté completo
Antes de firmar, saca tú mismo la cuenta: suma las remuneraciones adeudadas, el feriado proporcional y, si el despido lo amerita, la indemnización por años de servicio y el aviso previo.
Contrasta ese número con el que te ofrece la empresa usando el simulador de la Dirección del Trabajo y, si algo no cuadra, no firmes sin dejar constancia. Un finiquito bien calculado es dinero que te corresponde por ley.
Preguntas Frecuentes sobre el finiquito laboral
Se paga un mes de remuneración por año trabajado (o fracción superior a 6 meses), con un tope de 90 UF en la base de cálculo y un máximo de 11 meses (11 años de servicio).
Las remuneraciones adeudadas tributan con impuesto a la renta, pero las indemnizaciones legales por años de servicio y por aviso previo, dentro de los topes legales, no pagan impuesto.
Sí. El finiquito se paga cualquiera sea la causa del término. En caso de renuncia no corresponde la indemnización por años de servicio ni el aviso previo, pero sí las remuneraciones y el feriado proporcional.
No. Si no estás de acuerdo con la causal o con los montos, puedes no firmarlo, o firmarlo dejando constancia de tu reserva de derechos para reclamar después.
Puedes reclamar ante la Inspección del Trabajo. El empleador deberá pagar la deuda con reajustes e intereses, y conviene actuar pronto por los plazos de prescripción de los derechos laborales.
Fuentes consultadas Dirección del Trabajo Código del Trabajo
Buenas tardes, primero que nada soy extranjero, me encanta su blog de gran ayuda y orientación, bueno trabajó en un outsourcing al finalizar el mes me quedaré sin trabajo porque ya no necesitarán de mis servicios la empresa primaria la cual los solicito pero llevo más de dos meses trabajando sin contrato, ahora me entere que no seguiré en la empresa donde presto servicio por contrataciones directas más no mi empleador directo me ha mencionado nada de lo que va a pasar, y como siempre ellos dan aviso el último día que trabajas te llaman y te dicen que se acabó el contrato donde prestadas servicios,mi pregunta tengo derecho a finiquito con 3 meses y medio, tienen que pagarme algo extra ya que trabaje 2 meses sin contrato, tienen que indemnizarme por dar aviso el último día y atraves de llamada telefónica y no con días de anticipación y por escrito,disculpe tanto quisiera que me ayudarán....
buenas, como dije , lo que pasa es que la dirección del trabajo en su página no calcula los finiquitos part time, si no que solo full time y lo dice la misma página, entonces no me da el valor correcto, mi sueldo era de 160.000 mil pesos y trabajaba 10 horas sabado y domingo, en total me contaban 60 horas + 20 de mes pasado ya que se cerraba los 22 de cada mes, empeze el 15 de julio del 2017 y di mi carta de renuncia el año pasado el miercoles 20 de diciembre 2017, esta es la página a la cual me refiero, http://ventanilla.dt.gob.cl/simulador/Finiquito/entrada.aspx según un amigo que es contador auditor dijo que deberían darme unos 100 mil pesos, obiamente sin contar el mes que me deben que serían unos 160 y algo, a él le mandé esto http://www.dt.gob.cl/consultas/1613/w3-article-100504.html se que es mucho pedir asi que muchas gracias si leíste todo, agradesco la ayuda por más mínima que sea en caso de que me sea proporcionada, si no gracias por tomarse las molestias de todas formas, gracias.
Deberías recibir las vacaciones que no te has tomado (denominado feriado proporcional), deberías recibir el mes de aviso (si es que te despidieron sin avisarte un mes antes) y se entiende que eso es un sueldo imponible
Y se calcula tu finiquito en base a ti total imponible
HolaGudde, me gustaría saber más información para poderte ayudar
Nuevo
#53
03/01/18 20:57
Buenas tardes, si trabajé 11 meses para una empresa y mi causal de despido es necesidades de la empresa, que beneficios de finiquito puedo recibir y como los calculo?
eso lo calculo en base a que renta? liquida o sueldo base, etc..??
Desde ya muchas gracias
buenas tardes,estube en el simulador de la dirección del trabajo pero resulta que yo tengo un contrato de part time 80 horas fin de semana y no me deja calcular el finiquito por ser jornada parcial, ¿me podrían ayudar para saber calcular mi finiquito? de antemano muchas gracias.
Hola, en derecho laboral se habla que las cosas son lo que son y no lo que dicen ser, si tú realizas un trabajo el contrato se asume indirectamente de palabra, por lo cual tu empleador estaría cometiendo falta grave, mi consejo es que vayas a la inspección del trabajo a formular una denuncia. Dado que no te pueden dejar así. Saludos
Hola, soy extranjero solo cuento con permiso de trabajo, empece a trabajar en una empresa mediadora que le presta personal a otras más grandes, al inicio firme un contrato por 15 días al finalizar el plazo me hicieron trabajar 5 días demas sin ningún tipo de contrato, al día siguiente pudieron ubicarme en otro establecimiento firmando un contrato de 30 días del 1ro al último de ese mes, cumplí el trabajo de pie cabeza, el mes siguiente paso la misma situación me ubicaron en otro establecimiento con un periodo de contrato del 1ro al 31 que es este mes en curso 12/17 mis dudas son la siguiente, no he firmado ningún tipo de contrato por dicho plazo del mes 12/17 y ellos l contactarme para prestar mis servicios este mes me dijeron que solo era hasta el último de este mes, pasado esa fecha quedaré en el aire a la espera que salga un cupo en otro establecimiento el problema es que ya tengo compañeros ya parados más de 2 semanas esperando que los envíen a otras sedes osea que la lista de espera es larga, me siento desprotegido no sé si es legal que este trabajando sin firmar un contrato no sé si al terminar el plazo y quedar en el aire tendría derecho a una indemnización porque a verlos compañeros que ya han pasado por esa empresa solo les dicen no tengo donde meterte no hay vacantes y solo ellos tienen que tomar otro rumbo en busca de un nuevo empleo sin nada más que un gracias por parte de la empresa, la verdad espero que me ayuden no se cual es mi estatus laboral a que tengo derecho a que no, de todo corazón espero una ayuda, y mil gracias por leerme!!!
en respuesta a
Francisco León
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#47
13/12/17 12:32
Estimado Francisco. Según lo que he leído en Art. 163 del Código del Trabajo, se establece que la indemnización de un mes es si el contrato hubiere estado vigente un año o más, y los 6 meses o oración es después de este piso de 1 año.
Es así, o en mi caso 10 meses equivalen al año y me corresponde indemnización?
Debería ser dos meses de sueldo, si 600.000 es un monto Bruto, deberías recibir 1.200.000 aproximadamente
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#45
12/12/17 12:19
Trabajo hace 1año seis meses como par time y trabajo 16 hrs diarias,pra ganar mas quiero renunciar gano 600 mil.como seria mi finiquito
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#44
08/12/17 10:44
Ingrese a un trabajo el 01.07.2014 y tengo carta de despido al 31.12.2017 . Ósea 3 años y 6 meses conpletos... cuantos años de indemnización me corresponden?
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#42
05/12/17 18:20
Hoa quiero saber cuanto de liquidación me tienen que dar por una año trabajado me cotizan sobre el salario mínimo pero en si me gano 450mil gracias
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#41
03/12/17 23:26
Como puedo calcular mi finiquito si comencé con un contrato fijo por 5 meses por un reemplazo y después con un anexo al contrato lo traspasaron a contrato indefinido el tiempo total es del 1/8/2015 al 28/2/2018 porfa ayuda no quiero salir perjudicada