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¿Cómo calcular el seguro de cesantía?

Comencemos analizando qué es el  seguro de cesantía.

Definición de Seguro de Cesantía

En palabras simples, es una protección económica para ayudarte en caso de que quedes sin trabajo. Todos los trabajadores tenemos acceso a este seguro de acuerdo al Código del Trabajo.

Este seguro además cubre beneficios sociales, previsionales, de salud y asignación familiar, dependiendo del fondo en el que cobremos el beneficio. Pero ¿cuánto me corresponde por seguro de cesantía? ¿Cómo se calcula? Esto analizaremos a continuación:

¿Quiénes pueden acceder al seguro de cesantía?

Todos los trabajadores dependientes mayores de 18 años tienen derecho a cobrar este seguro en caso de quedar cesantes.

En el caso de los trabajadores que fueron contratados después de octubre de 2002, la afiliación a la Administradora de Fondo de Cesantía (AFC) es de forma automática y obligatoria. Para aquellos que fueron contratados antes de esta fecha, la incorporación es voluntaria.

En otras palabras, el Seguro de Cesantía es un derecho que protege a todos y todas quienes han trabajado y están afiliados o afiliadas a AFC Chile en caso de quedar cesantes, ya sea por causas voluntarias como la renuncia o por causas involuntarias como el despido o el fin del contra. 

Exclusiones

De acuerdo a lo que establece la ley, el Seguro de Cesantía no rige para:

  • Funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden.

  • Trabajadores(as) independientes.

  • Trabajadores(as) del sector público.

  • Menores de 18 años.

  • Trabajadores(as) pensionados(as), excepto los(as) pensionados(as) por invalidez parcial.

  • Trabajadores(as) con contrato de aprendizaje.

  • Trabajadores(as) que participan como socios(as) (mayoritario(a) o igualitario(a)) y que administran o representan a la empresa que informan como empleador(a).

 

¿Cómo funciona el seguro de cesantía?

En la actualidad existen dos tipos de fondos en el Seguro. El primero es la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se compone por aportes del trabajador (a.- si el contrato es indefinido) en un 0.6% de la renta imponible y con aportes del empleador por 1,6% de este monto. (con un tope de 122,6 UF para el 2023).

b.- Si hay contrato a plazo fijo, por obra, trabajo o servicio determinado; el trabajador no aporta nada, sino que el empleador es quien debe realizar el aporte de 2,8% de la renta imponible. Para ambos tipos de contrato se puede utilizar sin importar la causa de la cesantía, ya sea por despido o renuncia voluntaria. 

c.- Para los trabajadores de casa particular se financiará con un 2,2% de las remuneraciones imponibles a cargo del empleador, sin distinguir la duración del contrato. 

El segundo tipo es el Fondo de Cesantía Solidario que es un financiamiento complementario. Se comprende de aportes del empleador (0,8%, 0,2% y 0,8% respectivamente para los casos a, b y c mencionados) y no pertenece a ningún trabajador en particular. Sólo se puede optar a este fondo por las causales de despidos sin culpa, por necesidades de la empresa y casos fortuitos

 

¿Cómo se cobra el seguro de Cesantía en la AFC?

Previo a cualquier análisis, la recomendación es revisar si estás inscrito en el AFC. Verificar aquello es muy simple y se realiza ingresando el RUT en el siguiente link:

De estar inscrito, se debe revisar como consideración previa al cobro, si cumple con los requisitos estipulados y si cuenta con fondos invertidos.

Para calcular el seguro de cesantía si llegara a encontrarse actualmente cesante por algunas de las razones mencionadas anteriormente (despido injustificado, por necesidades de la empresa y casos fortuitos), el cálculo se manejará bajo el tiempo que estuvo empleado con sus respectivos aportes.

Ahora bien, para calcular tu seguro y posteriormente cobrarlo debes acudir a una de las sucursales de la Administradora del Fondo de Cesantía (AFC) y presentar los siguientes documentos:

Documentación necesaria para cobrar el seguro de cesantía

  • Cédula de identidad vigente.

  • El finiquito que acredite el fin del vínculo laboral con el empleador, el cual debe ser firmado por este y por el propio trabajador. Debe estar legalizado por la Inspección del Trabajo o ante notaría.

  • Carta de despido firmada por el empleador o certificado del inspector de trabajo que ratifique el término del contrato.

  • Para el caso de los trabajadores a plazo fijo o por obra, si no cuenta con ningún documento y fue desvinculado por vencimiento de contrato o término de la obra, puede solicitar un Certificado en la Inspección del Trabajo que acredite el término de la relación laboral.

La segunda forma de calcular, simular o solicitar tu seguro de cesantía es a través del sitio web de la Administradora del Seguro de Cesantía.

 En este sitio, podrás realizar consultas ingresando a la “Sucursal Virtual” en donde deberá registrar su RUT y contraseña, si no cuentas con una o no la recuerdas, puedes ingresar con el uso de tu clave única. Una vez habiendo ingresado, es posible clickear en Cobro del Seguro, en el menú principal y luego debe ingresar a “Simular pago de Seguro de Cesantía”.

Debe incorporar información en todos los campos que le soliciten para que el sistema realice los cálculos y posteriormente le informe sobre el monto y las cuotas que podrá cobrar en caso de quedar cesante. Es importante que la información que suministre sea real para que usted pueda disponer de una información clara y confiable.

Fechas de pago del seguro de cesantía

Posteriormente a la aprobación por parte de AFC a la solicitud de retiro de fondos por cesantía, AFC Chile tiene el siguiente calendario de pagos:

Trámite Día de pago*
Cuenta Individual de Cesantía 3, 13 o 23 de cada mes
Fondo de Cesantía Solidario 13, 23 o 30 de cada mes
Beneficiarios o herederos 3, 13 o 23 de cada mes
Pensionados 13 o 23 de cada mes

* Si un día de pago cae en fin de semana o festivo, se realizará al día hábil siguiente.

El primer pago entonces, se efectuará, como mínimo, después de 30 días desde el término de la relación laboral. El primer pago está determinado por:

  • La fecha de solicitud del Seguro de Cesantía (siempre requiere de 10 días hábiles de tramitación).

  • El Calendario de Pagos de AFC Chile.

Ahora bien, al momento de realizar la solicitud del Seguro de Cesantía, se debe indicar la modalidad de pago de su preferencia, pudiendo optar por:

  • Depósito en su Cuenta Rut.

  • Depósito en una cuenta corriente o cuenta de ahorro de cualquier banco (solo para titulares de la cuenta).

  • Pago en efectivo en cualquier sucursal de Servipag, a menos que se indique BancoEstado, contando con 60 días para su cobro.

Novedades y Conclusiones:

La web de AFC Chile impulsada por la pandemia y por el aumento de las consultas webs, trabajó en mejorar su sitio web: www.afc.cl.

En la actualidad, la web posee la información correspondiente a todo el ciclo de vida de un afiliado: desde su registro en el Seguro de Cesantía, hasta la etapa de pensionado. Lo mismo ocurre en el caso de los empleadores, donde se puede revisar contenido relacionado al pago de cotizaciones, movimientos de personal, entre otros.

Finalmente, recuerda que si eres trabajador(a) y no cuenta con fondos en tu Cuenta Individual (porque nunca has estado afiliado al Seguro de Cesantía o las retiraste anteriormente) puedes solicitar el traspaso del monto mínimo, desde su CAI de la AFP, para poder cumplir con los requisitos. 

Ahora que ya sabemos cómo se calcula y compone el seguro de cesantía, puedes estimar cuánto tienes ahorrado en caso de que te encuentres sin trabajo. Pero para facilitarte la vida, puedes entrar directamente al sitio web de la Administradora del Fondo de Cesantía (AFC), e ingresar con tu RUT y clave secreta o clave única para conocer el monto exacto que tienes ahorrado en tu Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Esperamos que no lo llegues a necesitar.

 

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