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¿Cómo puedo calcular mi finiquito laboral?

¿Cómo puedo calcular mi finiquito laboral?

¿Cómo calcular tu finiquito laboral en Chile? Qué beneficios te deben pagar, cómo se calcula la indemnización por años de servicio y por aviso previo, el feriado proporcional y la diferencia entre indemnización y finiquito. Te lo explicamos con el simulador oficial de la Dirección del Trabajo.

Calcular tu finiquito laboral antes de firmarlo es la mejor forma de asegurarte de que la empresa te paga todo lo que te corresponde. El finiquito es el documento con el que, en Chile, un trabajador y su empleador ponen término a la relación laboral, tanto en una renuncia como en un despido. En él deben quedar claras la causal de término y los montos a pagar: remuneraciones, indemnizaciones y feriado. Acá te explicamos qué incluye, cómo se calcula cada concepto y cómo usar el simulador oficial.
Puntos clave
  • El finiquito incluye remuneraciones adeudadas, feriado proporcional e indemnizaciones que correspondan.
  • Indemnización por años de servicio: un mes por año, tope de 90 UF en la base y máximo 11 meses.
  • El aviso previo (o su pago) es de 30 días; el feriado, 15 días hábiles al año.
  • Puedes calcularlo con el simulador oficial de la Dirección del Trabajo.

Si renuncio, ¿puedo presentar como trabajador una propuesta de finiquito?

En caso de renuncia, tú mismo como trabajador puedes presentar una propuesta de finiquito, pero es el empleador quien tiene la obligación de proporcionar el documento.

¿Qué pasa si el empleador no pagó el finiquito?

Si el pago no se realiza al finalizar la relación laboral, el empleador deberá cancelar la deuda con los reajustes e intereses correspondientes.

¿Qué beneficios te deben pagar en el finiquito?

Al terminar tu relación laboral con una empresa tienes derecho a varios beneficios. En tu finiquito laboral se deben incluir los siguientes ítems:
  • Remuneraciones adeudadas.
  • Indemnización sustitutiva del aviso previo.
  • Indemnización por años de servicio.
  • Feriado anual adeudado.
  • Feriado proporcional.

Simulador de finiquito de la Dirección del Trabajo

La Dirección del Trabajo pone a tu disposición un simulador de finiquito gratuito que calcula los montos que el empleador deberá pagarte al finalizar el contrato. Para usarlo:
  1. Ingresa al simulador oficial en ventanilla de la Dirección del Trabajo.
  2. Completa la información solicitada y haz clic en "continuar".
  3. Selecciona el beneficio que deseas calcular.
  4. Completa los datos requeridos (período trabajado, vacaciones, sueldo bruto) y haz clic en "calcular".
  5. El resultado será la simulación de tu finiquito laboral.
Los datos que te pedirá el simulador se agrupan en años de servicio (causal de despido, fecha de inicio del contrato, aviso de despido y finiquito), vacaciones (días obtenidos, tomados, pendientes e inhábiles), contrato (tipo de sueldo, sueldo base, gratificación, colación y movilización) e indemnizaciones (remuneración pendiente, aviso previo, años de servicio y vacaciones proporcionales). Con eso obtendrás el total del finiquito.

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¿Cuánto te corresponde cobrar en cada concepto?

Analicemos cada uno de los beneficios que tienes por ley para ver cuánto te corresponde recibir en tu finiquito.

Remuneraciones adeudadas

Corresponden al sueldo que aún no has percibido por un período ya trabajado. Por ejemplo, si normalmente recibes tu salario el último día del mes y te despiden el día 20 del mes siguiente, la empresa te debe la parte proporcional: en este caso, 20/30 de tu sueldo (un 66,6%). Recuerda que este pago sigue afecto a tributación, así que debes descontar el impuesto a la renta al calcularlo.

Indemnización sustitutiva del aviso previo

Es la indemnización que el empleador debe pagarte cuando te despide sin darte aviso previo en el plazo exigido por la ley. Según el Código del Trabajo chileno, el empleador debe avisar con al menos 30 días de anticipación al trabajador que será despedido.
Este derecho busca que puedas buscar un nuevo empleo sin que se vean afectados tus compromisos económicos, al menos por un mes. Si el empleador te despide de un día para otro, para compensar ese aviso no dado te paga como indemnización el equivalente a un mes de remuneración.
Esta indemnización no corresponde cuando el trabajador es despedido por incumplir las obligaciones del contrato, o cuando el contrato termina por causas naturales (por ejemplo, contrato a plazo fijo o fallecimiento del trabajador).

Indemnización por años de servicio

La indemnización por años de servicio es el derecho laboral que obliga al empleador a pagarte, en caso de despido, una suma en proporción a los años trabajados en la empresa. Para calcularla se consideran estas normas:
  • La base de cálculo es la última remuneración mensual devengada, con un tope de 90 UF. Eso cuenta como "un mes de remuneración".
  • Se paga un mes de remuneración por cada año de servicio o fracción superior a seis meses. Por ejemplo, si trabajaste 4 años y 7 meses, te corresponden 5 meses.
  • El Código del Trabajo fija un máximo de 11 meses (11 años de servicio o más). Los trabajadores con contrato anterior a 1981 no están afectos a este límite.
  • Puedes pactar por contrato una indemnización mayor, pero la ley prohíbe acordar una menor a la que resulta del cálculo legal.
  • Si el empleador despide por necesidades de la empresa pero declara otra causal, un juez puede obligarlo a pagar una indemnización mayor.

Feriado anual adeudado y feriado proporcional

El feriado anual (las vacaciones) es un derecho de todo trabajador con más de un año de servicio: 15 días hábiles con remuneración íntegra. Si dejas la empresa antes de cumplir el año que da derecho a feriado, tienes derecho a una indemnización proporcional al tiempo trabajado.
Para calcular el feriado proporcional, divide los días de feriado a los que tienes derecho (incluido el feriado progresivo si corresponde) por 12 y multiplica el resultado por los meses (y fracción) trabajados entre tu contratación y el término de funciones. Ese será el número de días hábiles que deben compensarte.
Los días así determinados se cuentan desde el día siguiente al término del contrato e incluyen sábados, domingos y festivos. Finalmente, se multiplican por tu sueldo diario (si tienes remuneración fija), por el promedio de los últimos tres meses (si es variable) o por la suma de ambos (si es mixta).

¿Cómo se prueba el término de la relación laboral?

Además del finiquito ratificado ante un ministro de fe, el término de la relación laboral puede probarse mediante:
  • Comunicación del despido dada al trabajador por escrito y firmada por el empleador.
  • Certificación del inspector del trabajo que acredite el término del contrato.
  • Acta de conciliación o avenimiento.
  • Acta de comparecencia ante la Inspección del Trabajo.
  • Sentencia judicial ejecutoriada.
  • Carta de renuncia ratificada ante un ministro de fe.

Aspectos importantes del finiquito

Antes de firmar, ten en cuenta lo siguiente:
  • El finiquito debe ser ratificado ante un ministro de fe (por ejemplo, un notario).
  • Para que tenga validez debe contar con tu firma y la del empleador. En caso de despido, tienes derecho a no firmarlo si no estás de acuerdo con la causal o los montos.
  • Tu empleador debe estar al día con el pago de las cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de cesantía (cuando corresponda) hasta el último día del mes anterior al despido. Puedes dejar constancia en el finiquito si estás en desacuerdo con algún monto.

Diferencias entre indemnización y finiquito

Aunque se usan casi como sinónimos, no son lo mismo. El finiquito es el documento y el monto total que la empresa te paga al terminar el contrato, sin importar la causa del término. La indemnización es solo uno de los componentes que puede (o no) incluir ese finiquito.

¿Por qué motivos se percibe una indemnización?

La indemnización es una compensación económica. En el ámbito laboral, las más habituales son:
  • La indemnización por años de servicio (por despido con derecho a ella).
  • La indemnización sustitutiva del aviso previo.
Fuera del ámbito laboral, también existen indemnizaciones por incumplimiento contractual o por daños derivados de un delito.

En resumen: finiquito frente a indemnización

Finiquito: se paga siempre, cualquiera sea la causa del término de la relación laboral. Es el total que la empresa te debe al finalizar el contrato (remuneraciones, feriado y lo que corresponda).
Indemnización: se paga solo en ciertos casos, sobre todo en el despido con derecho a ella. Si renuncias voluntariamente, en general no te corresponde la indemnización por años de servicio ni el aviso previo, pero sí el resto del finiquito.

Calcula tu finiquito y revisa que esté completo

Antes de firmar, saca tú mismo la cuenta: suma las remuneraciones adeudadas, el feriado proporcional y, si el despido lo amerita, la indemnización por años de servicio y el aviso previo. 

Contrasta ese número con el que te ofrece la empresa usando el simulador de la Dirección del Trabajo y, si algo no cuadra, no firmes sin dejar constancia. Un finiquito bien calculado es dinero que te corresponde por ley.

Preguntas Frecuentes sobre el finiquito laboral


Se paga un mes de remuneración por año trabajado (o fracción superior a 6 meses), con un tope de 90 UF en la base de cálculo y un máximo de 11 meses (11 años de servicio).


Las remuneraciones adeudadas tributan con impuesto a la renta, pero las indemnizaciones legales por años de servicio y por aviso previo, dentro de los topes legales, no pagan impuesto.


Sí. El finiquito se paga cualquiera sea la causa del término. En caso de renuncia no corresponde la indemnización por años de servicio ni el aviso previo, pero sí las remuneraciones y el feriado proporcional.


No. Si no estás de acuerdo con la causal o con los montos, puedes no firmarlo, o firmarlo dejando constancia de tu reserva de derechos para reclamar después.


Puedes reclamar ante la Inspección del Trabajo. El empleador deberá pagar la deuda con reajustes e intereses, y conviene actuar pronto por los plazos de prescripción de los derechos laborales.
Fuentes consultadas Dirección del Trabajo Código del Trabajo
  1. Nuevo
    #20
    05/10/17 10:10

    lei todo perno necesito salir de las dudas,llevo mas de 4 años en el trabajo y quiero renunciar,cuanto obtendria de finiquito me pagar los ańos de servicios? las vaciones me las pagaran tengo etendido ,atenta a su respuestas gracias.

  2. Nuevo
    #19
    29/09/17 23:26

    Hola saludos..aver si alguien me orienta por mi finiquito...gracias y ke me corresponde entre a teabajar el 20 de septiembre del 2016 y me renovaron el contrato el 3de abril de 2017 hasta el 30 de octubre de este año y me despidieron me deberan pagar indemnización y vacaciones

  3. en respuesta a Ricardo Arias
    -
    Top 10
    #18
    26/09/17 09:08

    Si es por renuncia, a las vacaciones que no te has tomado.

  4. en respuesta a Cristian Alzate
    -
    Top 10
    #17
    26/09/17 09:08

    Hola Cristian Alzate, la verdad es que con poca información no te podría dar un monto exacto, no obstante si te despide por necesidades de la empresa, te debería pagar 1 mes por año, más las vacaciones no tomadas y si no te avisa con un mes de anticipación, también incluir eso. Saludos

  5. en respuesta a Cristian12jr
    -
    Top 10
    #16
    26/09/17 09:06

    Hola estimado, no me queda muy clara tu consulta, pero si se refiere al P.D.

    comento que no debería ser así, dado que en el finiquito se asume que ya fue pagado y que uno esta conforme con ello. Saludos.

  6. Nuevo
    #15
    21/09/17 19:14

    Quiero renunciar a mi trabajoingrese 09/01/2014 a q tengo derecho como finiquito

  7. Nuevo
    #14
    20/09/17 16:39

    Hola quiero consultar llevo 13 meses trabajando para una empresa salí a vacaciones y tenia q regresar a laborar hoy como estava viajando no alcance a llegar hoy estoy tratando de comunicarme con el empleador y no me quiere recibir el llamado y mis compañeros me dicen q me van a despedir si esto fuera asi cuanto es el valor de mi finiqito si yo gano 450 mil pesos ???

  8. Nuevo
    #13
    24/08/17 13:40

    Hola tengo una consulta. Me despiedieron por necesidades de la empresa. Mi contrato es de diciembre de 2016 hasta agosto de 2017. Total 8 meses que me corresponde cobrar. Saludos
    Pd:quieren que les firme el finiquito en una notaria y pagarme semanas después

  9. en respuesta a Jocelyndiazvaldes
    -
    Top 10
    #12
    19/08/17 22:55

    Corresponden los mismos días de vacaciones estimadas.

  10. Nuevo
    #11
    15/08/17 15:28

    Hola, si mi inicio laboral fue el 01/03/2016 y terminó el 26/07/2017 por renuncia voluntaria, en este periodo tube licencias médicas, pre y post natal. Me corresponden los mismos días de vacaciones o es propocional porque goze de licencias?

  11. en respuesta a Osvaldo Sepulveda
    -
    Top 10
    #10
    07/08/17 16:17

    Hola Osvaldo, en esos casos, la empresa toma como base el último mes trabajado de manera integra, si tu sueldo es variable, sería el promedio de los últimos tres meses íntegros.

  12. Nuevo
    #9
    06/08/17 21:55

    Hola acabo de negociar por medio del sindicato de la empresa mi salida al 80 % pero no tengo nada claro como me lo van a calcular ya que desde hace alrrededor de 5 o 6 meses no tengo meses completos ya que e tenido licencias medicas

  13. en respuesta a Luisolave
    -
    Top 10
    #8
    28/07/17 19:24

    Hola Luis, si la causal de tu desvinculación con la empresa concierne a necesidades de la empresa, te deberán pagar un mes de sueldo base más las vacaciones que no te has tomado. Si fue renuncia, debería ser el equivalente a las vacaciones que no te has tomado solamente.

    Muchos saludos.

  14. Nuevo
    #7
    26/07/17 15:58

    Hola trabajo en la contruccion y mi sueldo imponible es de 600000 pero mi contrato el sueldo base es 330000 llevo trabajando 1 año 7 meses cto es lo q yo deberia sacar en el finiquito? Las vacaciones aun estan pendientes

  15. en respuesta a Js Carrillo
    -
    Top 10
    #6
    15/06/17 08:49

    Hola Js, así es, por eso te decía que se tenía que considerar un promedio, dado que el sueldo en este caso sería variable (dado que tuviste menos días trabajados), por lo cual se tiene que asumir un factor estacional.

    Saludos :D

  16. en respuesta a Francisco León
    -
    Nuevo
    #5
    05/06/17 10:44

    Buenas estimado, buscando información me encontré con una página del Gobierno en donde explican que el mes por año tiene que ser en base a meses con 30 días trabajados. Tres últimos en caso de sueldo variable y el último en caso de fijo. No son considerados los meses con licencia. Por lo menos eso dice.
    http://www.dt.gob.cl/consultas/1613/w3-article-60589.html

    Atento a comentarios.

  17. en respuesta a Js Carrillo
    -
    Top 10
    #4
    05/06/17 10:40

    Hola estimado, tener licencias si afecta, dado qye tu remuneración es variable, se calcula en base a un promedio

  18. Nuevo
    #3
    03/06/17 19:57

    Buenas estimados, consulta, entendiendo que el mes por año se calcula como promedio de los últimos 3 meses, afectará tener licencias médicas en éste periodo?
    Agradecido y atento a sus comentarios.

  19. en respuesta a Agustinlp
    -
    Top 10
    #2
    01/06/17 10:58

    Hola, debes tener en cuenta que tienes derecho a no firmar el finiquito si no estás de acuerdo con la causal.

  20. #1
    31/05/17 11:09

    Hola si me han despedido pero no estoy de acuerdo con la causa de despido que puedo hacer?

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