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Extranjeros en Chile: ¿Cómo afiliarse a una AFP?

Todo lo que un extranjero necesita saber para afiliarse y cotizar en una AFP en Chile: obligación de cotizar, exención de la Ley 18.156, afiliación con o sin RUT, la AFP de ingreso de nuevos afiliados y el retiro de fondos al salir del país.
Si trabajas en Chile con contrato, afiliarte a una AFP no es opcional: es una obligación legal tanto para chilenos como para extranjeros. Desde octubre de 2025, los nuevos afiliados ingresan por defecto a AFP Uno, la administradora que ganó la última licitación con la comisión más baja del sistema (0,46%).

Además, la reforma previsional de 2025 (Ley 21.735) suma de forma gradual un aporte extra de cargo del empleador. Aquí te explicamos cuándo debes cotizar, cómo afiliarte según tengas o no RUT, en qué casos puedes eximirte y qué ocurre con tus fondos si dejas el país.

Puntos clave
  • Cotizar en una AFP es obligatorio para extranjeros con contrato en Chile.
  • Los nuevos afiliados ingresan a AFP Uno (licitación 2025-2027).
  • La Ley 18.156 permite eximirse a ciertos técnicos y profesionales.
  • Sin RUT definitivo, la AFP asigna un RUT provisorio para cotizar.

¿Cuándo debe cotizar en una AFP un trabajador extranjero?

Todos los trabajadores en Chile, nacionales o extranjeros, deben destinar una parte de su renta a su futura pensión. La cotización obligatoria es de un mínimo del 10% de la renta imponible y se aporta a una AFP (Administradora de Fondos de Pensiones), que invierte ese ahorro para tu jubilación.

Cotizar tiene tres efectos prácticos:
  • Genera ahorro para tu pensión.
  • Acredita renta y capacidad económica ante entidades privadas.
  • Acredita ingresos ante el Estado y habilita el acceso a beneficios sociales.

Si eres trabajador dependiente, tu empleador descuenta y paga la cotización. Si eres independiente, la obligación de cotizar recae en ti. A ese 10%, la reforma previsional de 2025 le añade un aporte adicional de cargo del empleador, que se implementa de forma gradual y no reduce tu sueldo líquido.

¿Cuándo puede un extranjero eximirse de cotizar en Chile?

La regla general es que todo trabajador extranjero cotiza igual que un chileno. Sin embargo, la Ley 18.156 (conocida como Ley del Técnico Extranjero) permite eximirse a determinados profesionales y técnicos siempre que cumplan a la vez estas condiciones:
  • Estar afiliados a un sistema de seguridad social fuera de Chile que cubra, al menos, enfermedad, invalidez, vejez y muerte.
  • Acreditar esa afiliación con el certificado correspondiente (apostillado o legalizado).
  • Dejar constancia en el contrato de trabajo de su voluntad de mantener la afiliación previsional extranjera.

¿Cómo afiliarse a una AFP siendo extranjero?

Conviene distinguir dos situaciones: que tengas RUT definitivo o que aún no lo tengas.

Extranjero sin RUT

Si todavía no tienes RUT, la AFP te asigna un RUT provisorio por mandato de la Superintendencia de Pensiones, y cotizas sobre él hasta obtener el definitivo. Cuando lo consigas, debes regularizar tus datos en la misma AFP para que los fondos acumulados queden asociados a tu RUT definitivo.

La inscripción del RUT se realiza en la unidad del SII que corresponda a tu domicilio, presentando:
  • Pasaporte.
  • Cédula de identidad chilena, si ya la tienes.
  • Formulario de inscripción al RUT (F-4415).

Extranjero con RUT

Si ya cuentas con RUT, cotizas exactamente igual que un trabajador chileno, con los mismos plazos y condiciones.

¿A qué AFP ingresan los nuevos afiliados extranjeros?

Todo trabajador que inicia labores en Chile se afilia a la AFP que haya ganado la licitación de nuevos afiliados. Desde el 1 de octubre de 2025 y hasta el 30 de septiembre de 2027, esa AFP es AFP Uno, que se adjudicó el proceso con la comisión más baja del mercado (0,46% de la renta imponible). Tras cumplir el período de permanencia, puedes cambiarte a la administradora que prefieras.

Antes de decidir, compara comisiones, rentabilidad y número de afiliados en nuestra guía de las mejores AFP de Chile. Ten en cuenta que esta fue la última licitación de nuevos afiliados de este tipo: la reforma previsional la reemplaza desde 2027 por la licitación del stock, que subastará fracciones del 10% de los afiliados cada dos años.

¿Cómo retirar los fondos de la AFP si dejas Chile?

Los extranjeros que cotizan en una AFP pueden solicitar la devolución de sus fondos cuando abandonan el país de forma definitiva, algo que no está permitido para los afiliados chilenos hasta la jubilación. El trámite se realiza con el formulario de Devolución de Fondos a Extranjeros y exige presentar:

  • Todos los contratos de trabajo por los que cotizaste, legalizados ante notario y firmados por trabajador y empleador.
  • Una cláusula o anexo, también legalizado, con tu voluntad de retirar los fondos.
  • El certificado de afiliación a la AFP donde cotizas.
  • Copia del título técnico o profesional, legalizado y traducido por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Si ya estás pensionado, en cambio, la AFP deposita tu pensión cada mes según su calendario de pago de las AFP.

Ojo con el retiro de fondos
Las AFP no siempre aprueban la devolución de fondos a extranjeros, aunque se cumplan todos los requisitos. Reúne y legaliza cada contrato antes de iniciar el trámite.


Mientras regularizas tu RUT puedes cotizar 

Si trabajas en Chile como extranjero, afiliarte y cotizar en una AFP es obligatorio salvo que califiques para la exención de la Ley 18.156. Y sí, mientras regularizas tu RUT puedes cotizar con uno provisorio, los nuevos afiliados ingresan hoy a AFP Uno y, si dejas el país, puedes solicitar la devolución de tus fondos reuniendo la documentación exigida. Revisa tu cartola con regularidad y compara AFP antes de decidir dónde quieres quedarte.



Preguntas frecuentes


Sí. Todo trabajador con contrato, nacional o extranjero, debe cotizar al menos el 10% de su renta imponible, salvo las excepciones de la Ley 18.156.


A AFP Uno, que ganó la licitación de nuevos afiliados vigente hasta septiembre de 2027. Puedes cambiarte a otra AFP tras cumplir el período de permanencia.


Sí. La AFP te otorga un RUT provisorio y, cuando obtienes el definitivo, se traspasan los fondos acumulados a tu cuenta.


Sí, mediante el formulario de Devolución de Fondos a Extranjeros y presentando los contratos legalizados. La aprobación, sin embargo, no está garantizada.


Fuentes consultadas


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  1. en respuesta a Ydrianyi
    -
    Top 10
    #40
    08/05/19 09:38

    Buen día,
    Entiendo que sí, ya que la norma establece que cualquier persona puede abrir una cuenta de capitalización individual voluntaria en una AFP, aunque no tenga un trabajo remunerado.
    Saludos.

  2. Nuevo
    #39
    07/05/19 14:38

    Hola, mi pregunta es la siguiente. Tengo 15 días ya con mi carnet aun no tengo empleo, puedo yo afiliarme a un Afp como voluntaria y luego al tener un contrato de trabajo cambiar a dependiente? Agradecida con su respuesta

  3. en respuesta a Carlups
    -
    Top 10
    #38
    26/04/19 07:36

    Buen día,
    Así es, para tramitarlo necesitarás el contrato de trabajo notariado, el permiso de trabajo de extranjería, tu pasaporte y tus datos de contacto.
    Saludos.

  4. Nuevo
    #37
    25/04/19 15:53

    hola un gusto en saludarlos, soy extranjero y ya realice la solicitud de visa de trabajo, todavía no me han entregado el permiso de trabajo. ¿Para solicitar el rut provisorio me basta con el contrato de trabajo y mi pasaporte? de ante mano gracias.

  5. Nuevo
    #36
    12/04/19 09:36

    Hola si un extranjero tiene un rut temporario de estudiante puede afiliarse ala AFP y crear su cuenta rut

  6. en respuesta a Yohaoo11
    -
    Top 10
    #35
    02/04/19 18:39

    Hasta que te den el definitivo

  7. en respuesta a Fabian Sinibaldi
    -
    Nuevo
    #34
    02/04/19 10:25

    Y ese rut provisorio por cuanto tiempo sería.?

  8. en respuesta a Yohaoo11
    -
    Top 10
    #33
    01/04/19 15:32

    Te darán un rut provisorio

  9. Nuevo
    #32
    28/03/19 21:39

    Buenas noches, en mi caso solo tengo el pdi de ingreso, yo con un contrato de trabajo, puedo sacar mi rut? Seria de gran ayuda alguna información concreta...

  10. en respuesta a Jennyvar964
    -
    Top 10
    #31
    27/03/19 15:59

    Si puedes. De hecho, la AFP te dará un rut provisorio hará que tengas el definitivo

  11. Nuevo
    #30
    27/03/19 12:51

    Hola buenos días espero su pronta respuesta! Puedo yo sin Rut y con oferta laboral notariada puedo inscribirme en la AFP? Gracias

  12. en respuesta a Paolagf
    -
    Top 10
    #29
    15/03/19 12:40

    Si, claro

  13. en respuesta a Fabian Sinibaldi
    -
    Nuevo
    #28
    15/03/19 12:05

    Pero me sirven para postular a la visa definítiva? Aunque aporte un poco menos

  14. en respuesta a Paolagf
    -
    Top 10
    #27
    15/03/19 11:43

    No es ningún problema. Tus aportes serán menores en esa proporción.
    Saludos!

  15. Nuevo
    #26
    13/03/19 12:58

    Hola soy extranjera estoy imponiendo ya van 5 meses que me contrataron en abril tengo que presentar mis papeles para que me den la definitiva pero tengo una duda por motivos personales de mutuo acuerdo mi jefa me ha dado días libres sin goce de sueldo por lo tanto mi sueldo baja un poco por los descuentos siempre han sido 3 o 4 días me traerá algún problema? ..me pagan 352000 imponible

  16. en respuesta a Armandomc
    -
    Top 10
    #25
    04/03/19 09:09

    Hola Armando,
    Así es, como trabajador independiente, debe destinar usted mismo parte de sus ingresos mensuales a la AFP.
    Respecto a la otra cuestión, cuando disponga de su RUT definitivo, todo lo cotizado para el RUT provisorio se agregará al nuevo RUT.
    Saludos.

  17. Nuevo
    #24
    02/03/19 19:55

    Buenas noches, tengo 15 días de llegar al país ya hice todos los trámites de mi visa y ya tengo mi rut. Mi pregunta es: Como trabajador independiente puedo cotizar por mi cuenta en AFP Plan vital u otra modalidad y quisiera saber si dichas cotizaciones serán valederas para cuando llegue la fecha y realice el trámite de mi residencia definitiva. De antemano gracias por la ayuda que puedan prestarme.

  18. en respuesta a Gonzagalmes
    -
    Top 10
    #23
    01/03/19 08:22

    Buen día,
    No te concederán el RUT provisorio si no cuentas antes con la visa de trabajo. La única alternativa que permite trabajar en Chile mientras se tramita la visa de trabajo es si el empleador solicita un permiso de trabajo. Este permiso posibilita que su empleado trabaje mientras su visa se encuentra en trámite. El costo equivale al 50% del valor de la visa solicitada y es vigente hasta el momento en que la visa es estampada en el pasaporte del solicitante, o hasta que se termine el plazo del permiso mismo.
    En cuanto a la asesoría, el SJM es una de las ONGs chilenas con más experiencia en la materia. Quizá ellos te puedan orientar sobre una mejor alternativa.

    Saludos.

  19. en respuesta a Angellamas
    -
    Top 10
    #22
    28/02/19 11:59

    Hola Angellamas,
    Una vez tienes tu visa sujeta a contrato debes solicitar tu rut provisorio para empezar a cotizar en la afp.
    Aquí tienes información completa sobre cómo cambiar de AFP: ¿Cómo cambiar de fondo AFP?
    Saludos.

  20. Nuevo
    #21
    28/02/19 11:15

    Hola! Estoy aguardando una propuesta laboral para inicar la Visa de trabajo. Hay forma de tramitar un RUT aunque sea provisorio antes de la VISA? Si o si se hace en Chile? Donde se puede recibir asesoramiento en este tipo de cuestiones?