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Extranjeros en Chile: ¿Cómo afiliarse a una AFP?

Todo lo que un extranjero necesita saber para afiliarse y cotizar en una AFP en Chile: obligación de cotizar, exención de la Ley 18.156, afiliación con o sin RUT, la AFP de ingreso de nuevos afiliados y el retiro de fondos al salir del país.
Si trabajas en Chile con contrato, afiliarte a una AFP no es opcional: es una obligación legal tanto para chilenos como para extranjeros. Desde octubre de 2025, los nuevos afiliados ingresan por defecto a AFP Uno, la administradora que ganó la última licitación con la comisión más baja del sistema (0,46%).

Además, la reforma previsional de 2025 (Ley 21.735) suma de forma gradual un aporte extra de cargo del empleador. Aquí te explicamos cuándo debes cotizar, cómo afiliarte según tengas o no RUT, en qué casos puedes eximirte y qué ocurre con tus fondos si dejas el país.

Puntos clave
  • Cotizar en una AFP es obligatorio para extranjeros con contrato en Chile.
  • Los nuevos afiliados ingresan a AFP Uno (licitación 2025-2027).
  • La Ley 18.156 permite eximirse a ciertos técnicos y profesionales.
  • Sin RUT definitivo, la AFP asigna un RUT provisorio para cotizar.

¿Cuándo debe cotizar en una AFP un trabajador extranjero?

Todos los trabajadores en Chile, nacionales o extranjeros, deben destinar una parte de su renta a su futura pensión. La cotización obligatoria es de un mínimo del 10% de la renta imponible y se aporta a una AFP (Administradora de Fondos de Pensiones), que invierte ese ahorro para tu jubilación.

Cotizar tiene tres efectos prácticos:
  • Genera ahorro para tu pensión.
  • Acredita renta y capacidad económica ante entidades privadas.
  • Acredita ingresos ante el Estado y habilita el acceso a beneficios sociales.

Si eres trabajador dependiente, tu empleador descuenta y paga la cotización. Si eres independiente, la obligación de cotizar recae en ti. A ese 10%, la reforma previsional de 2025 le añade un aporte adicional de cargo del empleador, que se implementa de forma gradual y no reduce tu sueldo líquido.

¿Cuándo puede un extranjero eximirse de cotizar en Chile?

La regla general es que todo trabajador extranjero cotiza igual que un chileno. Sin embargo, la Ley 18.156 (conocida como Ley del Técnico Extranjero) permite eximirse a determinados profesionales y técnicos siempre que cumplan a la vez estas condiciones:
  • Estar afiliados a un sistema de seguridad social fuera de Chile que cubra, al menos, enfermedad, invalidez, vejez y muerte.
  • Acreditar esa afiliación con el certificado correspondiente (apostillado o legalizado).
  • Dejar constancia en el contrato de trabajo de su voluntad de mantener la afiliación previsional extranjera.

¿Cómo afiliarse a una AFP siendo extranjero?

Conviene distinguir dos situaciones: que tengas RUT definitivo o que aún no lo tengas.

Extranjero sin RUT

Si todavía no tienes RUT, la AFP te asigna un RUT provisorio por mandato de la Superintendencia de Pensiones, y cotizas sobre él hasta obtener el definitivo. Cuando lo consigas, debes regularizar tus datos en la misma AFP para que los fondos acumulados queden asociados a tu RUT definitivo.

La inscripción del RUT se realiza en la unidad del SII que corresponda a tu domicilio, presentando:
  • Pasaporte.
  • Cédula de identidad chilena, si ya la tienes.
  • Formulario de inscripción al RUT (F-4415).

Extranjero con RUT

Si ya cuentas con RUT, cotizas exactamente igual que un trabajador chileno, con los mismos plazos y condiciones.

¿A qué AFP ingresan los nuevos afiliados extranjeros?

Todo trabajador que inicia labores en Chile se afilia a la AFP que haya ganado la licitación de nuevos afiliados. Desde el 1 de octubre de 2025 y hasta el 30 de septiembre de 2027, esa AFP es AFP Uno, que se adjudicó el proceso con la comisión más baja del mercado (0,46% de la renta imponible). Tras cumplir el período de permanencia, puedes cambiarte a la administradora que prefieras.

Antes de decidir, compara comisiones, rentabilidad y número de afiliados en nuestra guía de las mejores AFP de Chile. Ten en cuenta que esta fue la última licitación de nuevos afiliados de este tipo: la reforma previsional la reemplaza desde 2027 por la licitación del stock, que subastará fracciones del 10% de los afiliados cada dos años.

¿Cómo retirar los fondos de la AFP si dejas Chile?

Los extranjeros que cotizan en una AFP pueden solicitar la devolución de sus fondos cuando abandonan el país de forma definitiva, algo que no está permitido para los afiliados chilenos hasta la jubilación. El trámite se realiza con el formulario de Devolución de Fondos a Extranjeros y exige presentar:

  • Todos los contratos de trabajo por los que cotizaste, legalizados ante notario y firmados por trabajador y empleador.
  • Una cláusula o anexo, también legalizado, con tu voluntad de retirar los fondos.
  • El certificado de afiliación a la AFP donde cotizas.
  • Copia del título técnico o profesional, legalizado y traducido por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Si ya estás pensionado, en cambio, la AFP deposita tu pensión cada mes según su calendario de pago de las AFP.

Ojo con el retiro de fondos
Las AFP no siempre aprueban la devolución de fondos a extranjeros, aunque se cumplan todos los requisitos. Reúne y legaliza cada contrato antes de iniciar el trámite.


Mientras regularizas tu RUT puedes cotizar 

Si trabajas en Chile como extranjero, afiliarte y cotizar en una AFP es obligatorio salvo que califiques para la exención de la Ley 18.156. Y sí, mientras regularizas tu RUT puedes cotizar con uno provisorio, los nuevos afiliados ingresan hoy a AFP Uno y, si dejas el país, puedes solicitar la devolución de tus fondos reuniendo la documentación exigida. Revisa tu cartola con regularidad y compara AFP antes de decidir dónde quieres quedarte.



Preguntas frecuentes


Sí. Todo trabajador con contrato, nacional o extranjero, debe cotizar al menos el 10% de su renta imponible, salvo las excepciones de la Ley 18.156.


A AFP Uno, que ganó la licitación de nuevos afiliados vigente hasta septiembre de 2027. Puedes cambiarte a otra AFP tras cumplir el período de permanencia.


Sí. La AFP te otorga un RUT provisorio y, cuando obtienes el definitivo, se traspasan los fondos acumulados a tu cuenta.


Sí, mediante el formulario de Devolución de Fondos a Extranjeros y presentando los contratos legalizados. La aprobación, sin embargo, no está garantizada.


Fuentes consultadas


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  1. en respuesta a María Granel
    -
    #80
    21/01/20 14:30

    Rut provisorio

  2. en respuesta a Estefaníarey
    -
    Top 10
    #79
    21/01/20 13:12

    Hola Estefanía,
    ¿Cuentas ya con RUT definitivo o provisorio?
    Saludos!

  3. #78
    17/01/20 02:43

    Hola, quisiera saber como procede la inscripción a una afp siendo extranjera sin contrato pero que trabaja autónomo, habría que registrarse en el SII y hacer boletas? Y que procedería después?

  4. en respuesta a Adintoro
    -
    Top 10
    #76
    11/12/19 12:29

    Buen día,
    Si todavía no dispones de RUT, la AFP te deberá otorgar, por mandato de la Superintendencia de Pensiones, un RUT provisorio, y sobre este cotizarás hasta que dispongas del RUT definitivo.
    Saludos!

  5. en respuesta a Sthephany Paola
    -
    Top 10
    #75
    11/12/19 12:29

    Hola Sthephany,
    La información del siguiente artículo quizá te pueda ayudar: ¿Cómo retirar fondos de AFP siendo extranjero?
    Saludos!

  6. Nuevo
    #74
    10/12/19 11:20

    Hola buenos días, requiero orientación, soy extranjera, cuento con permiso de trabajo con visa temporaria en trámite (profesional), para poder asignarme consulta me piden el inicio de actividades, pero en el SII, me dicen que al no tener RUT no puedo hacerlo, gracias por la colaboracion

  7. Nuevo
    #72
    05/12/19 23:01

    Buenas noches, estoy solicitando a mi empleador que por favor me firme el anexo donde manifiesto mi voluntad de mantener mi fondo de pensión ya que soy extranjera, con título profesional y todos los requisitos que exige la ley para poder realizar mi trámite ya que me voy del país y mi jefa se niega a hacerlo, de hecho me dice que nadie puede obligarla a que me firme ese anexo de contrato, aún cuando no la compromete a ella en nada. Quedó atenta a su respuesta. Gracias

  8. en respuesta a Mairellis Suarez
    -
    Top 10
    #71
    22/11/19 08:02

    Hola Mairellis,
    Entiendo que no podrá afiliarse a la AFP si tiene el run provisorio vencido, deberá renovarlo antes. Aquí tiene información sobre cómo renovar el run provisorio: https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/3337-cedula-de-identidad-para-extranjeros-obtencion-y-renovacion
    Saludos!

  9. Nuevo
    #70
    03/10/19 16:01

    Buenas tardes!

    Quisiera hacer una pregunta. ¿Es posible que en mi condición de extranjera con Run provisorio (por visa temporal) estando este vencido, pueda un posible patrono contratarme y afiliarme a la AFP para cumplir con el pago de mis imposiciones o cotizaciones?

  10. en respuesta a Celiach
    -
    Top 10
    #69
    17/09/19 08:33

    Hola Celia,
    Aquí encontrarás la información que aporta AFP Modelo para afiliarse voluntariamente a su AFP: https://www.afpmodelo.cl/AFP/Media/folletos-informativos/28_Afiliado_voluntario_MT.pdf
    Saludos!

  11. Nuevo
    #68
    12/09/19 01:21

    Hola! soy extranjera y estoy trabajando hace 3 meses, sin cotizar. puedo inscribirme en la modelo voluntariamente? que necesito para ello. muchas gracias

  12. en respuesta a Matiasc2019
    -
    Top 10
    #67
    11/09/19 07:13

    Hola Matias,
    Imagino que en ese caso el contrato de trabajo no será necesario, pero lo mejor es que consultes directamente con la AFP la documentación que requieren en ese caso.
    Saludos.

  13. Nuevo
    #66
    02/09/19 18:24

    Estimados, muy buena la informacion que proveen. Quisiera consultarles, soy argentino con visa mercosur en tramite, ahora por obtener el permiso de trabajo. Mi intencion es trabajar en forma independiente, como deberia hacer para cotizar? Segun lei para poder hacerlo debo presentar papeles en la AFP pero entre ellos se menciona el contrato de trabajo notariado,algo que por ser independiente no obtendre, cual seria el proceso en este caso? Desde ya les agradezco.

  14. en respuesta a Mfloressalazar
    -
    Top 10
    #65
    28/08/19 06:40

    Buen día,
    Si ya cuentas con tu RUT provisorio (dado por el Servicio de Impuestos Internos), puedes incorporarte a la AFP Modelo por internet llenando un formulario que pregunta tus datos personales, como los de tu empleador y la fecha de inicio de sus actividades.
    Saludos!

  15. en respuesta a Luisargenis
    -
    Top 10
    #64
    28/08/19 06:29

    Hola Luis,
    Una vez tienes tu visa sujeta a contrato de trabajo debes solicitar tu rut provisorio para empezar a cotizar en la afp. Cuando tengas tu rut provisorio, podrás empezar a cotizar en una afp, siguiendo los datos que se indican en el artículo.
    Saludos!

  16. Nuevo
    #63
    26/08/19 22:11

    Buenas noches,tengo unas dudas que espero por favor puedan responderme. Donde trabajo me dijeron que debo inscribirme en afp y fonasa,sé que debo ir con la copia de mi contrato pero lo que no sé es si ese contrato debe estar notariado o solo debe ser un contrato normal con la firma del jefe y la mía? Por favor si pueden aclararme esas dudas...debo inscribirme en afp y fonasa para poder cotizar ya que poseo rut y si deseo solicitar estadía definitiva tengo entendido que se enfocan en las cotizaciones, gracias de antemano y feliz noche.

  17. Nuevo
    #62
    09/08/19 09:47

    Hola necesito que me orienten forfa
    soy extranjera, mi contrato es sujeto a contrato desde mayo me salio el permiso de trabajo pero no me saque el rut provisorio ya es la fecha y casi me dan el rut temporario MI PREGUNTA ES.
    *SI YO VOY A LA AFP A QUE ME DEN EL RUT PROVISORIO SALE CON FECHA DESDE EL MOMENTO QUE LO SACO O DESDE EL MOMENTO QUE ME DIERON MI PERMISO DE TRABAJO?
    *SI EL RUT TEMPORARIO ME SALE EL 15 DE AGOSTO, ME TIENEN QUE COTIZAR LAS ANTERIORES OSEA DESDE MAYO, O DESDE QUE ME SALE EL RUT TEMPORARIO?

  18. Nuevo
    #61
    02/08/19 21:43

    Buenas noche por fa como hago para afiliarme a una afp con solo permiso de trabajo se puede y cuales son los requisitos gracias de ante mano