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Extranjeros en Chile: ¿Cómo afiliarse a una AFP?

Todo lo que un extranjero necesita saber para afiliarse y cotizar en una AFP en Chile: obligación de cotizar, exención de la Ley 18.156, afiliación con o sin RUT, la AFP de ingreso de nuevos afiliados y el retiro de fondos al salir del país.
Si trabajas en Chile con contrato, afiliarte a una AFP no es opcional: es una obligación legal tanto para chilenos como para extranjeros. Desde octubre de 2025, los nuevos afiliados ingresan por defecto a AFP Uno, la administradora que ganó la última licitación con la comisión más baja del sistema (0,46%).

Además, la reforma previsional de 2025 (Ley 21.735) suma de forma gradual un aporte extra de cargo del empleador. Aquí te explicamos cuándo debes cotizar, cómo afiliarte según tengas o no RUT, en qué casos puedes eximirte y qué ocurre con tus fondos si dejas el país.

Puntos clave
  • Cotizar en una AFP es obligatorio para extranjeros con contrato en Chile.
  • Los nuevos afiliados ingresan a AFP Uno (licitación 2025-2027).
  • La Ley 18.156 permite eximirse a ciertos técnicos y profesionales.
  • Sin RUT definitivo, la AFP asigna un RUT provisorio para cotizar.

¿Cuándo debe cotizar en una AFP un trabajador extranjero?

Todos los trabajadores en Chile, nacionales o extranjeros, deben destinar una parte de su renta a su futura pensión. La cotización obligatoria es de un mínimo del 10% de la renta imponible y se aporta a una AFP (Administradora de Fondos de Pensiones), que invierte ese ahorro para tu jubilación.

Cotizar tiene tres efectos prácticos:
  • Genera ahorro para tu pensión.
  • Acredita renta y capacidad económica ante entidades privadas.
  • Acredita ingresos ante el Estado y habilita el acceso a beneficios sociales.

Si eres trabajador dependiente, tu empleador descuenta y paga la cotización. Si eres independiente, la obligación de cotizar recae en ti. A ese 10%, la reforma previsional de 2025 le añade un aporte adicional de cargo del empleador, que se implementa de forma gradual y no reduce tu sueldo líquido.

¿Cuándo puede un extranjero eximirse de cotizar en Chile?

La regla general es que todo trabajador extranjero cotiza igual que un chileno. Sin embargo, la Ley 18.156 (conocida como Ley del Técnico Extranjero) permite eximirse a determinados profesionales y técnicos siempre que cumplan a la vez estas condiciones:
  • Estar afiliados a un sistema de seguridad social fuera de Chile que cubra, al menos, enfermedad, invalidez, vejez y muerte.
  • Acreditar esa afiliación con el certificado correspondiente (apostillado o legalizado).
  • Dejar constancia en el contrato de trabajo de su voluntad de mantener la afiliación previsional extranjera.

¿Cómo afiliarse a una AFP siendo extranjero?

Conviene distinguir dos situaciones: que tengas RUT definitivo o que aún no lo tengas.

Extranjero sin RUT

Si todavía no tienes RUT, la AFP te asigna un RUT provisorio por mandato de la Superintendencia de Pensiones, y cotizas sobre él hasta obtener el definitivo. Cuando lo consigas, debes regularizar tus datos en la misma AFP para que los fondos acumulados queden asociados a tu RUT definitivo.

La inscripción del RUT se realiza en la unidad del SII que corresponda a tu domicilio, presentando:
  • Pasaporte.
  • Cédula de identidad chilena, si ya la tienes.
  • Formulario de inscripción al RUT (F-4415).

Extranjero con RUT

Si ya cuentas con RUT, cotizas exactamente igual que un trabajador chileno, con los mismos plazos y condiciones.

¿A qué AFP ingresan los nuevos afiliados extranjeros?

Todo trabajador que inicia labores en Chile se afilia a la AFP que haya ganado la licitación de nuevos afiliados. Desde el 1 de octubre de 2025 y hasta el 30 de septiembre de 2027, esa AFP es AFP Uno, que se adjudicó el proceso con la comisión más baja del mercado (0,46% de la renta imponible). Tras cumplir el período de permanencia, puedes cambiarte a la administradora que prefieras.

Antes de decidir, compara comisiones, rentabilidad y número de afiliados en nuestra guía de las mejores AFP de Chile. Ten en cuenta que esta fue la última licitación de nuevos afiliados de este tipo: la reforma previsional la reemplaza desde 2027 por la licitación del stock, que subastará fracciones del 10% de los afiliados cada dos años.

¿Cómo retirar los fondos de la AFP si dejas Chile?

Los extranjeros que cotizan en una AFP pueden solicitar la devolución de sus fondos cuando abandonan el país de forma definitiva, algo que no está permitido para los afiliados chilenos hasta la jubilación. El trámite se realiza con el formulario de Devolución de Fondos a Extranjeros y exige presentar:

  • Todos los contratos de trabajo por los que cotizaste, legalizados ante notario y firmados por trabajador y empleador.
  • Una cláusula o anexo, también legalizado, con tu voluntad de retirar los fondos.
  • El certificado de afiliación a la AFP donde cotizas.
  • Copia del título técnico o profesional, legalizado y traducido por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Si ya estás pensionado, en cambio, la AFP deposita tu pensión cada mes según su calendario de pago de las AFP.

Ojo con el retiro de fondos
Las AFP no siempre aprueban la devolución de fondos a extranjeros, aunque se cumplan todos los requisitos. Reúne y legaliza cada contrato antes de iniciar el trámite.


Mientras regularizas tu RUT puedes cotizar 

Si trabajas en Chile como extranjero, afiliarte y cotizar en una AFP es obligatorio salvo que califiques para la exención de la Ley 18.156. Y sí, mientras regularizas tu RUT puedes cotizar con uno provisorio, los nuevos afiliados ingresan hoy a AFP Uno y, si dejas el país, puedes solicitar la devolución de tus fondos reuniendo la documentación exigida. Revisa tu cartola con regularidad y compara AFP antes de decidir dónde quieres quedarte.



Preguntas frecuentes


Sí. Todo trabajador con contrato, nacional o extranjero, debe cotizar al menos el 10% de su renta imponible, salvo las excepciones de la Ley 18.156.


A AFP Uno, que ganó la licitación de nuevos afiliados vigente hasta septiembre de 2027. Puedes cambiarte a otra AFP tras cumplir el período de permanencia.


Sí. La AFP te otorga un RUT provisorio y, cuando obtienes el definitivo, se traspasan los fondos acumulados a tu cuenta.


Sí, mediante el formulario de Devolución de Fondos a Extranjeros y presentando los contratos legalizados. La aprobación, sin embargo, no está garantizada.


Fuentes consultadas


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  1. en respuesta a María Granel
    -
    Nuevo
    #91
    20/07/22 13:53
    Hola María granel .. cónsulta tengo poco tiempo en chile pero trabajo en una empresa puedo solicitar rut provisorio para que me den un contrato que papeles debo tener solo tengo mi cédula de extranjera 
  2. en respuesta a Jhsotin
    -
    Nuevo
    #90
    17/07/20 13:15
    Holo soy Desire clitterson
    Cómo puede afiliaciónes a una afp plan vital
  3. Nuevo
    #89
    02/07/20 20:40
    Buenas noches..
    necesito orientación; a continuación expongo el caso.
    solicite mi Rut temporario; sugeto a contrato me entregaron el carneth en marzo.
    1 ._Duda debo cotizar desde marzo que recibí el Rut o antes cuando recibí el permiso temporario para trabajar
    2._ mi empleador aun no a pagado.. puede pagar los meses caidos
    3._ cual AFP. 
    Muchas gracias de ante manos
    en espera de su respuesta


  4. Nuevo
    #88
    30/06/20 00:06
    Hola, qué se puede hacer si la solicitud ha sido rechazada por una AFP, cuando otro ciudadano del mismo país, con misma documentación pero distinta AFP, sí recibió el dinero? Muchas gracias por su asistencia. 
  5. Nuevo
    #87
    04/05/20 23:01
    Buenas noches, saludos cordiales, soy extranjera ya llevo casi 3 años en el país de los cuales sólo llevo 1 año trabajando pero con boletas siempre con la misma empresa, soy independiente, nunca me he inscrito en ninguna AFP, desconozco si al realizar las boletas automáticamente ya entro en alguna AFP ya que se me descuenta mi 10.75% de lo que produzco  o si debo efectivamente realizar la afiliación? Esperando su pronta respuesta me despido 
    Atentamente
    Zindy Mendoza
  6. Nuevo
    #86
    31/03/20 14:14

    Hola buenas tardes,una pregunta puedo inscribirme con el pasaporte vencido.aun no tengo Carnet..

  7. Nuevo
    #85
    26/02/20 13:53

    hola buenas tardes 2 consultas, la primera mi esposo pago el permiso de trabajo desde julio del año pasado y nunca le llego en físico ni por correo e permiso, como hace para inscribirse en la AFP si no tiene el permiso y tampoco le ha llegado la visa.
    segunda consulta a mi me acaba de llegar mi permiso de trabajo el día de ayer ya lo tengo impreso y todo a donde tengo que ir para hacer la inscripción para comenzar a cotizar o lo puedo hacer por el sistema. muchas gracias

  8. Nuevo
    #84
    19/02/20 22:31

    Hola. Primero agradeciendo sus respuestas a todas las inquietudes que dejamos los extranjeros.
    En mi caso, tengo el Rut provisorio 48 millones, en dos días tengo cita en extranjeria para solicitar visa y ese mismo día pediré permiso de trabajo. Que debo hacer para recibir un Rut que me permita afiliarme a fonasa como prestador, ese uds lo facilitan, o debo esperar al Rut definitivo una vez sea aceptada y registrada la visa en PDI ( osea, 3-4 meses o quién sabe cuándo). Gracias por la ayuda.

  9. Nuevo
    #83
    18/02/20 14:01

    Hola buenas tardes tengo el siguiente caso:

    El año pasado meti mi visa sujeta a contrato, el noviembre me llego una carta diciendome que ya tenia hora para sellar la visa (antes de eso me habian aprobado permiso de trabajo y yo no sabia nada)

    Fui en diciembre, lleve los papeles que me pidieron con los pagos y me sellaron la visa, el mes pasado la registre en PDI y ya tengo hora para llevarla al registro civil, ahora mi duda es la siguiente

    ¿Si voy una vez que tenga el rut a que me registren en la AFP empiezo a cotizar desde ese momento sin problema o debi registrarme desde antes?

    ME van hacer pagar las cotizaciones de hace meses o correria desde este instante en que me la aprueben? quedo atento.

    La otra duda, el contrato se vence en marzo ¿debo renovarlo y ya o debo llevarlo igual a extranjeria? saludos

  10. en respuesta a Estefaníarey
    -
    Top 10
    #82
    28/01/20 12:03

    Hola Estefanía,
    Si ya cuenta con Rut provisorio no tendrá problema para inscribirse en la AFP. Recuerde que si se afilia por primera vez deberá hacerlo en AFP Modelo.
    Saludos!

  11. Nuevo
    #81
    24/01/20 21:49

    Hola una pregunta me dieron mi carnet en octubre del 2019 asta hora en la fecha no eh pagado ni me e registrado en la afp que ago en esta situación ya que las quiero cancelar lo mas pronto posible y no tener problemas al momento de renovarlo