Puntos clave
- 7 AFP operan en Chile en 2026: Uno ganó la última licitación.
- El trabajador sigue cotizando el 10% obligatorio para pensiones.
- La Ley 21.735 añadió aporte del empleador desde agosto de 2025.
- Puedes cambiarte de AFP cuando quieras tras la permanencia obligatoria.
¿Qué son las AFP?
Las AFP son sociedades anónimas privadas cuyo único giro autorizado es administrar fondos de pensiones. Reciben las cotizaciones mensuales obligatorias, las invierten en instrumentos del mercado financiero según las normas de la Superintendencia de Pensiones y el DL 3500, y entregan la pensión al afiliado cuando se jubila.
El dinero acumulado pertenece al trabajador y se registra en su cuenta de capitalización individual. Las AFP cobran una comisión sobre la remuneración imponible por la administración.
Cada trabajador dependiente cotiza el 10% de su renta imponible para pensiones, además del 7% para salud y la comisión de la AFP. Los independientes también cotizan obligatoriamente.
¿Qué AFP hay en Chile en 2026?
En 2026 operan siete AFP en Chile. AFP Uno ganó la licitación de nuevos afiliados de 2023 y recibe a quienes firman su primer contrato laboral. Las administradoras vigentes son:
Sistema de pensiones chileno
El sistema combina hoy tres pilares:
- Pilar Solidario: incluye la Pensión Garantizada Universal (PGU), financiada con impuestos generales, para prevenir pobreza en la tercera edad.
- Pilar Contributivo: capitalización individual en la AFP, obligatoria para dependientes e independientes.
- Pilar Voluntario: Ahorro Previsional Voluntario (APV) y cuentas de ahorro voluntarias con incentivos tributarios.
Reforma Previsional Ley 21.735
La Ley 21.735, publicada el 26 de marzo de 2025, introduce un sistema mixto con un nuevo componente solidario gestionado a través del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP). Los cambios principales son:
- Nueva cotización de cargo exclusivo del empleador del 8,5% sobre la renta imponible, con implementación gradual hasta 2033.
- Desde el 1 de agosto de 2025 hasta julio de 2026, el empleador aporta el 1% (0,1% a la cuenta de capitalización individual y 0,9% al FAPP).
- El 10% que cotiza el trabajador no cambia: el nuevo aporte se suma, no se resta del sueldo.
- Al final de la implementación, del 8,5% del empleador, 6% irá a la cuenta de capitalización individual y 2,5% al FAPP.
- La PGU se incrementa progresivamente para mejorar las pensiones actuales.
¿Puedo elegir mi AFP?
Si firmas tu primer contrato laboral, eres inscrito automáticamente en la AFP que haya ganado la última licitación de la Superintendencia de Pensiones. AFP Uno, vencedora de la licitación de 2023, recibe los nuevos afiliados hasta la próxima ronda. Tras la permanencia obligatoria en la AFP de apertura, puedes cambiarte cuando quieras.
Para decidir entre AFP, compara comisiones, rentabilidad de los multifondos y calidad de servicio. Todas ofrecen los mismos multifondos (A, B, C, D, E), pero las inversiones concretas y las rentabilidades difieren.
¿Cómo me cambio de AFP?
Cambiarse es un trámite sencillo: se hace directamente en la AFP de destino con cédula de identidad. Si necesitas el detalle, mira la guía paso a paso en ¿Cómo me cambio de AFP?. Según la Superintendencia de Pensiones, puedes cambiarte cuantas veces lo necesites, incluso siendo pensionado.
¿Dónde invierten las AFP?
Las AFP invierten en los instrumentos autorizados por el Banco Central de Chile y la Superintendencia de Pensiones. Se agrupan en dos grandes categorías:
Renta fija:
- Títulos del Banco Central de Chile.
- Bonos de la Tesorería General de la República.
- Depósitos a plazo.
- Pagarés.
- Letras hipotecarias.
Renta variable:
- Acciones nacionales e internacionales.
- Bonos corporativos.
- Cuotas de fondos de inversión y fondos mutuos.
- ADR (American Depositary Receipts).
La Superintendencia de Pensiones fiscaliza las inversiones según el DL 3500 y normativa complementaria. Si quieres ver la composición de cada portafolio, revisa qué compran y venden las AFP.
Tipos de cuenta en una AFP
El sistema chileno contempla tres tipos de cuenta dentro de la AFP:
- Cuenta de capitalización individual obligatoria: registra el 10% del trabajador y los aportes del empleador de la reforma. Es obligatoria para dependientes e independientes. El capital acumulado financia la pensión.
- Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2): ahorro flexible que se puede depositar y retirar voluntariamente. Su rentabilidad tributa según el régimen general de la Ley de la Renta y permite adelantar la jubilación si los recursos son suficientes.
- Cuenta de Ahorro de Indemnización: aplica a trabajadores con contrato indefinido cuya indemnización se sustituye por un aporte mensual del empleador, según la Ley.
Preguntas frecuentes sobre las AFP
10% obligatorio + comisión AFP; el empleador aporta 1% adicional desde 2025.
Fondo Autónomo de Protección Previsional creado por la Ley 21.735.
Siete: Capital, Cuprum, Habitat, Modelo, Planvital, Provida y Uno.
Sí, tras la permanencia obligatoria en la AFP de apertura por licitación.
No. El nuevo 8,5% es íntegramente de cargo del empleador.
Las AFP siguen siendo el eje del ahorro previsional chileno, pero la reforma de 2025 introduce un componente solidario que complementa la capitalización individual. Conocer cómo funcionan, qué AFP existen y qué opciones hay para cambiarte te permite tomar decisiones informadas sobre tu pensión futura. Compara comisión, rentabilidad y servicio antes de elegir o cambiarte.
Fuentes consultadas