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¿Cómo retirar fondos de AFP siendo extranjero?

Si eres extranjero y trabajas en Chile, ya sea como dependiente o independiente, seguramente estarás cotizando tus ahorros previsionales en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) según lo establecido en la ley.

Si estás pensando en volver a tu país natal, es posible que te preguntes si tienes derecho a retirar tus fondos previsionales.

Por eso, en el siguiente post veremos cómo retirar los fondos de AFP siendo extranjero.

¿Cómo retirar fondos de AFP siendo extranjero?

Toda persona que firme un contrato de trabajo en Chile, automáticamente un porcentaje de su sueldo es destinado a las cotizaciones que debe realizar de forma obligatoria en una AFP.

Los extranjeros que han trabajado en Chile y en consecuencia han aportado a sus cuentas de ahorro previsional en la AFP, si deciden volver a su país se preguntarán:

¿Qué ocurrirá con mis ahorros? ¿Puedo retirar los fondos de la AFP siendo extranjero?

Es importante saber que los extranjeros tienen derecho a retirar sus fondos desde la AFP. Para ello, deben suscribir el formulario “Devolución de Fondos Extranjeros” y conjuntamente, presentar los siguientes documentos:

  • Totalidad de los Contratos de trabajos de las empresas en las que ha laborado (legalizado ante notario, firmado por el trabajador y por el empleador). Es importante destacar que deben ser todos los contratos mediante los cuales el extranjero ha cotizado en la AFP. Los contratos deben incluir una cláusula o anexo que indique la voluntad de poder retirar los fondos de AFP (dicho anexo también debe ser legalizado por el notario).

  • Certificado de afiliación a la AFP en la que cotice sus ahorros previsionales.

  • Copia del título de Técnico o Profesional debidamente legalizado (estos dos últimos documentos deben ser legalizados y traducidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores). En caso de tratarse de un extranjero que estudió en un país de habla hispana, los documentos deben ser apostillados.

La sola presentación de la documentación mencionada no asegura la aprobación de la solicitud de retiro de fondos por parte de la AFP, esta institución debe realizar un análisis exhaustivo de la documentación entregada.

Es pertinente mencionar que sólo los extranjeros tienen la posibilidad de retirar los fondos de la AFP en el caso de que decidan regresar definitivamente a su país; en cambio, los ciudadanos chilenos no pueden retirar sus fondos de AFP, sino hasta la jubilación.

Algunas consideraciones

Si eres extranjero y quieres retirar tus fondos de AFP porque regresas definitivamente a tu país de origen, es importante que consideres lo siguiente:

  • Si no cumples con algún requisito de los que han sido mencionados anteriormente, no podrás retirar tus fondos de la AFP, ante ello solo existen tres opciones: desistir del proceso, esperar a cumplir los requisitos para presentar la solicitud correctamente o esperar cumplir la edad legal para pensionarte en Chile (Actualmente se trata de 60 años para las mujeres y 65 años para los hombres).

  • Es posible realizar el trámite mediante un poder notarial autorizando a otra persona para hacerlo si ya has salido de Chile. El proceso se vuelve más complejo, pues el poder notaria debe estar validado y legalizado por el consulado de tu país en Chile y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en ocasiones el apostillado puede simplificar dicha gestión. 

  • En caso de que no tengas vigente tu Cédula de Identidad, podrás usar el pasaporte y tu certificado de nacimiento.

  • Este proceso sólo puede realizarse una vez por persona, es decir, si sales de Chile y has logrado retirar tus fondos de AFP, pero al cabo de un tiempo regresas y vuelves a iniciar el proceso de cotización ya no podrás repetir el trámite, en cuyo caso deberás esperar a tener la edad para pensionarte, y quedarán afectas al DL 3500.

Retirar fondos de AFP siendo extranjero en Chile es un proceso extenso, en el que muchos son los que se dan por vencidos debido a las múltiples trabas burocráticas a las que se ven sometidos en este proceso.

Sin embargo, con la asesoría adecuada y con paciencia, los extranjeros que han cotizado en una AFP y deciden regresar a su país natal podrán retirar sus fondos pensionales y darle el uso que deseen a este dinero.

¿Cómo realizar el trámite de retirar fondos de AFP siendo extranjero?

  1. Para realizar el retiro de fondo de AFP debes acercarte a las oficinas dispuestas por tu AFP con el documento de identidad o pasaporte y llevar la documentación indicada anteriormente. 

  2. Debes diligenciar el formulario denominado “Solicitud de Devolución de Fondos Previsionales Ley Nº 18.156“.

Es conveniente ser específico en esta solicitud, no todos los trabajadores de atención estarán instruidos sobre esta gestión.

Recuerda que la documentación que entregues no será devuelta; por lo que si requieres posteriormente los originales, debes obtener las copias autorizadas de estos, antes de entregarlos.

Poder a un tercero

Si estás fuera de Chile y necesitas la devolución de fondos; tendrás que otorgar un poder a un tercero para que realice el trámite a tu nombre. 
El poder debe contener estos requisitos:

  • El poder debe ir firmado por el Consulado de Chile del país en el que te encuentres y luego ser legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Chile o firmado ante Notario Público u Oficial del Registro Civil en Chile.

  • El poder debe contener las facultades para “tramitar, retirar, cobrar y percibir los fondos previsionales según la Ley N° 18.156” ante la AFP respectiva.

  • El poder no puede exceder 6 meses de antigüedad (contados desde su firma).

Cómo presentar los documentos emitidos en el extranjero

  • Apostillados; o, 

  • Legalizados ante el Consulado o Embajada de Chile en el país que lo emitió, y certificados por el Ministerio de Relaciones exteriores de Chile; Y,

  • Traducidos, si el idioma es diferente al español. En caso de necesitar traducción, puedes realizarla en el Departamento de Traducciones del Ministerio de Relaciones Exteriores.

¿Cuánto tarda el trámite de retiro de fondos de AFP siendo extranjero?

Las AFP tardan unos 5 días hábiles para analizar la solicitud y la documentación presentada. Si está todo en orden, el pago tarda unos 3 días hábiles más. Si bien es un tiempo estimado, ya que dependerá de cada AFP y otros factores.

Si un afiliado fallece, ¿qué pasa con sus fondos acumulados en su cuenta AFP?

Ante el fallecimiento, los recursos acumulados en su cuenta AFP de capitalización individual servirán para pagar las pensiones correspondientes a los beneficiarios legales, si es que los hubiere.

Si no existen beneficiarios, los recursos pasan a la masa de bienes del fallecido, conformando su herencia. Si el afiliado fallecido no tiene herederos, el beneficiario en última instancia es el Estado. Los recursos de los afiliados no serán jamás propiedad de la Administradora de Fondos de Pensiones.

AFP Habitat: ¿puedo retirar mis fondos acumulados si coticé en AFP y me fui de Chile?

En el caso de AFP Habitat, los profesionales o técnicos extranjeros, si trabajaron como dependientes en el país, y están acogidos a un régimen previsional fuera de Chile que les cubre ante la vejez, invalidez, fallecimiento y enfermedad, y si han manifestado ante notario público en el contrato de trabajo en Chile la voluntad de mantener el régimen previsional extranjero.

Cumpliendo todas esas condiciones/requisitos podrán solicitar ante la AFP la devolución de fondos acumulados en la cuenta, sin tener que cumplir con la edad legal para pensionarse ni otros requisitos de pensión. Si bien deben acreditar los requisitos presentando documentos legalizados y oficialmente traducidos al español, si no tuvieran el mismo idioma, pudiendo realizar dicho trámite un mandatario.

Devolución de Fondos Acumulados

Si solicitan la devolución de fondos acumulados, quedan exento de cotizar si volvieran a trabajar como dependiente en Chile. Aunque si vuelven a pagar las cotizaciones en la AFP, las mismas solamente podrán retirarlas según las normas generales del sistema del DL 3500, accediendo a todos los beneficios como un ciudadano chileno.

Algo a aclarar es que debe tratarse de un profesional o técnico extranjero. Por lo que, los estudios los deben haber realizado en el extranjero, antes de trabajar a Chile.

Otras consideraciones:

  • Si cuentas con doble nacionalidad: Si tienes doble nacionalidad serás considerado chileno, así que no puedes hacer la solicitud.

  • Si tienes nacionalidad peruana: Si tu nacionalidad es peruana, puedes cambiar de forma fácil de tu fondo de pensiones, ya que existe un convenio que te permite hacerlo.

  • Si trabajaste en un organismo estatal: En este caso no puedes solicitar retiro de fondos, pues tu contrato fue realizado a través de una resolución de nombramiento y no por contrato de trabajo.

  • Obtención del Título Profesional o técnico y la afiliación al Sistema de Seguridad Social fuera de Chile: Estas deben ser anteriores al inicio de la relación laboral en Chile. 

  • Impuestos: Este trámite no tiene costo para el afiliado; sin embargo, por ley estos retiros de fondos están afectos al pago de impuestos y, por lo tanto, son retenidos por la AFP que, dependiendo del monto, es entre el 4% y 5%

 

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  1. en respuesta a Caro 28
    -
    Nuevo
    #40
    11/03/20 21:16

    Hola a todos, quiero retirar los fondos pero mis contratos tienen 10 años,,tube 5 empleos pero en ninguno figura el anexo que piden,,,es una trampa para no poder retirarlos,,,que empleador va a colocar despues de años una clausula a un contrato que ya no es vigente con fecha de ese momento? No entiendo,,estoy totalmente desepcionada ya que ningun empleador va a darte un anexo de un contrato obsoleto,,,habrá que consultar con abogado,,,alguien que tenga esta situación? Esto considero que no esta amparado por la ley sino que es una clausula de las afp para no poder retirar el dinero,,,alguna ayuda o idea al respecto se los agradezco!!!! Saludos

  2. en respuesta a Caro 28
    -
    Nuevo
    #39
    05/03/20 17:59

    Hola Caro, una consulta, exactamente que debe decir el anexo de contrato?

  3. Nuevo
    #38
    02/03/20 00:54

    Consulta. Tengo 3 años en chile y no planeo irme aún. No obstante, quiero retirar fondos para hacer una inversión. En este sentido, todo el tiempo que tengo en Chile lo he trabajado para una misma empresa, mi consulta es: puedo retirar mis fondos y seguir cotizando AFP y acumulando fondos trabajando en la misma empresa de siempre ?

  4. en respuesta a Caro 28
    -
    Nuevo
    #37
    27/02/20 15:07

    Hola Caro. Una consulta, por lo que leo el comprobante del seguro social solo debe ser validado por la embajada de Venezuela cierto? No hay que llevarlo al ministerio de Relaciones Exteriores? Gracias por tu ayuda

  5. en respuesta a Caro 28
    -
    #36
    20/02/20 14:46

    Hola, estoy interesada en realizar este proceso pero me indicaron que me sacan el 10 % del lo que tenga ahorrado, según lo que indicas a usted le sacaron el 5 % . Usted negocio para que fuera mas bajo también lo estoy viendo con plan vital.
    Lo otro es posible que me envíes modelo modelo de anexo de contrato.

  6. en respuesta a Santino81
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    #35
    20/02/20 14:01

    Santino81 tambien tengo esa duda pues veo dificil pedir al antiguo empleador ese anexo.

  7. en respuesta a Robertosc
    -
    Nuevo
    #34
    20/02/20 10:46

    Parece obvio entonces que en el caso de una persona que haya tenido más de un empleador no es posible cumplir este requisito, a menos que se pueda notariar el anexo a un contrato de trabajo concluido.

  8. en respuesta a Santino81
    -
    Nuevo
    #33
    20/02/20 10:10

    Se debe de tener la cláusula o anexo de todos los contratos q tengas

  9. Nuevo
    #32
    20/02/20 04:04

    Ayuda por favor.soy de perú y al igual que todos ustedes estoy en ese dilema de retirar la plata de la afp que porcierto tambien es de plan vital, bueno el detalle es lo de los contratos como se hace en es caso si no dice lo que te piden alguien sabe?

  10. Nuevo
    #31
    19/02/20 16:09

    He tenido 4 empleadores en Chile, mi duda es: basta con incluir en mi contrato actual la cláusula que trata sobre mi voluntad de mantenerme en el régimen previsional de mi país? O tengo que hacerlo también con los 3 contratos anteriores???

  11. en respuesta a Caro 28
    -
    Nuevo
    #30
    19/02/20 10:58

    Gracias caro y una pregunta que certificado es el q dices q se imprime de la pagina de la embajada de venezuela

  12. en respuesta a Robertosc
    -
    #29
    19/02/20 10:32

    No hay ningún tipo de problema, de hecho yo pude hacer el proceso sin notariar el anexo, solo con la firma del empleador

  13. en respuesta a Caro 28
    -
    Nuevo
    #28
    18/02/20 15:28

    Disculpa exactamente cual es ese certificando que dices que se imprime de la pagina de la embajada de venezuela,

  14. en respuesta a Caro 28
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    Nuevo
    #27
    18/02/20 15:17

    Caro una pregunta, el anexo de contrato debe de tener fecha antes de terminar la relación laboral, yo tengo el anexo con fecha de diciembre y aun sigo trabajando para la misma empresa y por ende me han seguido pagando imposiciones, pero pienso retirar los fondos de la afp, es el único contrato q tengo ya q siempre he trabajado con el mismo empleador

  15. en respuesta a Caro 28
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    Nuevo
    #26
    18/02/20 14:59

    Hola, quisiera hacerte una pregunta ya pudiste hacer el proceso sin ningún problema, a mi el anexo de contrato me lo hicieron en diciembre y lo notarie en el mismo mes, lo pedí x q lo quería tener a la mano para cuando desee hacer el proceso de retirar los fondos, yo también tengo plan vital, pero me han pagado mas imposiciones después de haberme hecho el anexo x q aun sigo trabajando en la empresa, abra algún tipo de problema x eso

  16. Nuevo
    #25
    14/02/20 00:34

    Buenas noches me gustaría sacar mi afp
    Como lo puedo hacer es por tema que me iré de Santiago de chile

  17. Nuevo
    #24
    13/02/20 11:22

    hola buenos dias soy de nacionalidad peruana y me ire de chile como hago para poder sacar mis fondos de afp.

    GRACIAS.

  18. en respuesta a Andrymarc
    -
    Nuevo
    #23
    12/02/20 13:14

    No hay un modelo. Es una cláusula solamente que tu empleador debe agregar en el contracto de trabajo. Revisa los requisitos para retiro de fondos técnico extranjero de acuerdo a la ley 18.156. Allí esta la respuesta completa.

  19. Nuevo
    #22
    12/02/20 12:46

    Alguien podria ayudarme con las clausulas que van en el contrato? no consigo informacion en internet, solo la ley, y ya le eh consultado a 10 contadores, y ninguno tenia "NI IDEA" de que se podia hacer eso