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Operación renta 2025: ¿Cómo corregir y rectificar tu declaración?

Operación renta 2025: ¿Cómo corregir y rectificar tu declaración?

 ¿Te equivocaste en tu declaración de impuestos? ¡No te preocupes! El Servicio de Impuestos Internos (SII) permite corregir o rectificar tu Declaración de Renta (Formulario 22) si detectas errores o inconsistencias. A continuación, te explicamos cómo hacerlo paso a paso. 
 

Corregir y reenviar la declaración renta SII 2024

Realizar la declaración renta 2024, genera que muchas personas y empresas deban aplicar ciertas enmiendas en su declaración para corregir inconsistencias que detectan luego de haber enviado la declaración al Servicio de Impuestos Internos (SII).
 
Para poder corregir la declaración renta deben realizar una serie de pasos, dentro de las fechas en que corresponda el trámite, para corregir y volver a enviar la declaración renta, luego de rectificarla.
 
El proceso de rectificatoria de una Declaración de Impuesto a la Renta es un evento que se inicia a contar del 01 de junio del año tributario en curso. El contribuyente modifica la Declaración de Renta presentada originalmente, ya que contiene errores o información inconsistente, la que ha sido detectada por el propio contribuyente o por el SII.

Para rectificar una Declaración de Renta por Internet se debe ingresar al sitio web del SII:
Servicios online > Declaración de Renta > menú > Corregir o rectificar declaración.
 
También desde la opción "Consultar estado de declaración de renta". Para ambas alternativas se requiere RUT y Clave Tributaria.

Consulta: ¿cómo presentar paso a paso mi Declaración Renta?

¿Cómo corregir tu Declaración de Renta 2025?

 

1. Ingresa al sitio web del SII

 
  • Ve a www.sii.cl.
  • Accede con tu RUT y Clave Tributaria.

2. Accede a la opción de corrección

 
  • Navega a: Servicios Online > Declaración de Renta > Corregir o Rectificar Declaración.
  • También puedes ingresar desde: Consultar Estado de Declaración de Renta.

3. Selecciona el período a rectificar

 
  • Elige el año tributario correspondiente (en este caso, 2025).
  • Si tu declaración está observada, el sistema te mostrará las observaciones detectadas.

4. Revisa y corrige las observaciones

 
  • El SII proporciona ayudas específicas para corregir las observaciones más comunes. Puedes consultarlas en Ayuda para corregir observaciones 2024.

5. Envía la declaración rectificada

 
  • Una vez realizadas las correcciones, envía la declaración modificada.
  • Posteriormente, verifica el estado de tu declaración para asegurarte de que fue aceptada.
 

¿Qué pasa si no rectifico los errores de mi declaración?

Las inconsistencias en la declaración renta, por suerte, pueden corregirlas retroactivamente hasta por 2 años, algo a considerar es que el contribuyente corre con el gasto de multas y sanciones, ya que aclarar inconsistencias fuera de plazo, incluso lleva tiempo para presentar rectificaciones y solicitudes de aclaración el trámite es presencial, en las oficinas y deben hacer filas lo que lleve tiempo de espera para llenar los papeles y completar la solicitud, hablar con un/a empleado/a.
 
  • Si no corriges los errores en tu declaración, podrías enfrentar multas, intereses y otras sanciones.
  • Además, podrías quedar impedido de realizar otras operaciones tributarias hasta regularizar tu situación 
 
Los pasos a seguir son los siguientes:
  1.  ir al sitio web del SII
  2. Ingresar en el sitio personal con usuario y contraseña
  3. En el menu superior, hacer click en "Renta"
  4. En los sucesivos desplegables, hacer click en "Declaración Jurada" - "Declaración y corrección de renta" - "Corregir o Modificar Declaración"
  5. Realizar los cambios en el sistema
 

Plazos para rectificar la declaración

Puedes presentar una declaración rectificatoria a partir de la segunda semana de junio del año tributario en curso.
No existe un plazo máximo para presentar declaraciones rectificatorias; sin embargo, es recomendable hacerlo lo antes posible para evitar posibles sanciones .
 

Algunas Modificaciones

Para el Año Tributario 2024, varias Declaraciones Juradas tienen modificaciones, debido a los cambios introducidos por la Ley 21.420, que:
  • Grava con impuesto único la enajenación o rescate de acciones, cuotas de fondos de inversión y/o cuotas de fondos mutuos.
  • Tasa 10%.
  • Retención 1% o 10% si el enajenante es persona sin domicilio ni residencia en Chile.
  • La retención se declara y paga en Formulario 50.
 Adicionalmente, la 
retención de impuesto de segunda categoría viene con modificaciones en su porcentaje, ya que para el año 2024 su retención será del 12,25%, donde este último se verá reflejado en año comercial 2023 y AT 2024.
  

Otras novedades de la Operación Renta 2024

El pasado 30 de septiembre del año 2020, el Servicio de Impuestos Internos publicó la Resolución Nº128 sobre el calendario de Declaraciones Juradas para el año tributario 2021, el cual abre un nuevo proceso de Operación de Renta con grandes cambios realizados por la Ley 21.210 que moderniza el sistema tributario y elimina una serie de formularios que ya no serán necesarios. 
 
Parte de estos cambios son la reducción a 51 declaraciones juradas para este año, eliminando 9 declaraciones en comparación con el año pasado. Se eliminaron las declaraciones juradas 1923,  1924, 1938, 1939, 1940, 1941 y se agregaron 1947, 1948, 1949, 1950, 1914, 1921. 
 
Así mismo también se modificó el contenido de las declaraciones juradas 1909, 1922, 1879,  1890, 1894, 1812, 1832, 1874, 1889, 1891, 1895, 1847.  De igual manera, la declaración jurada 1923 sobre Renta Líquida Imponible, Renta a Atribuir y Renta Atribuida a los propietarios, titulares, Socios, Accionistas de SpA o Comuneros, ahora estará en el Formulario 22.
 
Es importante señalar que las declaraciones juradas tendrán una nueva plataforma que modernizará y facilitará el ingreso de la información correspondiente al régimen tributario que hayas registrado el último año.

Te contamos más: calendario fiscal de la renta. 
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  1. en respuesta a Richard11
    -
    Top 10
    #40
    01/08/22 08:51
    Es una inconsistencia entre lo declarado por Ud. en los códigos del recuadro N°7 del Formulario 22 correspondiente a la enajenación de acciones y la información entregada por terceros por medio de declaraciones juradas o bien el régimen tributario declarado no corresponde de acuerdo a los criterios definidos por el servicio.

    Lo mejor es acudir a un contador para la correcta valuación de los activos

    Saludos
  2. Nuevo
    #39
    29/07/22 16:00
    Hola, tengo Declaración de renta efectuada, devolución aprobada pero con inconsistencia G92... que tan grave es?, SII me propondrá corrección o debo acudir donde un contador..?? Gracias..
  3. Nuevo
    #38
    04/06/22 19:14
    Hola bnas !!! deseo saber de que forma se corrige la observacion   A01
    Regimen Pro pyme  General   14D 
    si alguien me puede guiar , Agradecido
    saludos !!!
  4. en respuesta a Danielabelaunde
    -
    #37
    14/06/21 11:33
    Hola Daniel. Llame a Sii. Cl. Lamentablente ya era tarde para realizar la rectificación. Ya que ya se pagaron mis cotizaciones.

     Llame a ese numero. Es mesa de ayuda. 223951000

    Saludos 

  5. en respuesta a Victoria12356789
    -
    Nuevo
    #36
    13/06/21 17:52
    Hola victoria. A mi me aparece lo mismo f144. Pero no vi que me apareciera que debía presentar documentos. Me puedes ayudar y decirme en que parte viste eso por favor. Y efectivamente uno puedo subir todos los documentos y enviarlos. Este año lo hicieron de forma de que no se necesitara asesoría tributaria. Gracias. Daniela 
  6. en respuesta a Diego García V
    -
    Nuevo
    #35
    13/06/21 17:48
    Hola Diego. Y llamaste a algún número especifico? Me lo podrías dar por favor. Gracias 
  7. Nuevo
    #34
    11/06/21 10:24
    alguien que me pueda yudar con observacion renta 

    A121 Y A117
  8. en respuesta a Victoria12356789
    -
    Top 10
    #33
    07/06/21 11:07
    Te conviene consultar con un contador
    Saludos!
  9. Nuevo
    #32
    06/06/21 23:36
    Retención total de la devolución, figura observación F144 y solicitan Certificado 6, 29 y contrato de trabajo. Puedo hacer la ratificación yo con estos 3 antecedentes? O debo ver con un contador?
  10. #31
    22/05/21 21:48
    Hola!, me gustaría saber porque puede  haber inconsistencias en la decalración de tentan, con   Observación G36: Control de la Tributación de las Rentas de Capitales Mobiliarios, Seguros Dotales y Ganancias de Capital del Art. 17 N° 8. Será por los retiros de AFP? y como lo puedo corregír??. Gracias!!
  11. Nuevo
    #30
    07/05/21 20:05
    Hola, tengo algunas Rentas retenidas por que se ingreso información mal en la Dj 1947 que de hecho ya se había corregido anteriormente antes de enviar Renta. Y por la Dj observada  están las Rentas retenidas;  la consulta es, ¿Se puede Rectificar nuevamente la Dj 1947? de ser así Me cobraran multa por hacerlo?
  12. en respuesta a Fabian Sinibaldi
    -
    #29
    07/05/21 15:04
    Gracias. Llamé al Sii y me dijeron que puedo rectificar desde 1 de junio. Espero mi dinero no se vaya a mis cotizaciones. Saludos 
  13. en respuesta a Diego García V
    -
    Top 10
    #28
    07/05/21 14:53
    Debes presentar una Declaración jurada rectificativa
    Saludos!
  14. #27
    04/05/21 22:34
    Hola buenas noches.

    Consulta : declare la renta 2021 y puse retención total. Lo cual debo corregir y poner retención parcial. 

    Puedo cambiar ese detalle? Y poder recibir el pago de mis boletas?. 

    Saludos 
  15. en respuesta a Edo G
    -
    Top 10
    #26
    20/08/20 11:36
    Hola!

    No puedes realizar una boleta con una fecha anterior a la última que tienes

    Saludos
  16. Nuevo
    #25
    04/08/20 13:07
    Hola, mi consulta es si puedo hacer hoy una boleta con fecha año 2019 y si se puede en ese caso tengo que cambiar la declaración de renta? o el calculo se hace solo nuevamente? 
    Gracias, espero puedan responder mi inquietud. Saludos.
  17. en respuesta a Yeniferiturra
    -
    Top 10
    #24
    08/07/20 08:41
    Comunicate con el SII y haz la consulta a ver que ha sucedido. No te indican cuales han sido las observaciones?

    Saludos!

  18. Nuevo
    #23
    04/07/20 02:51
    Hola, resulta que al hacer ddjj1923 contador cometió un error, rectifique esto, correspondía pagar una diferencia de impuesto, al rectificar me aparece aceptada pero con observaciones y no me permite pagar el giro que se genero, al ingresar datos de tarjeta para pago me dice que sobrepasa el monto de la operación. Rectifique hace una semana, no se que hacer. Ayuda
  19. en respuesta a Angelo11
    -
    Top 10
    #22
    25/05/20 09:01
    Hola Angelo!

    Debes realizar una declaración rectificativa 

    Saludos!
Operación Renta