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Operación renta 2026: cómo corregir y rectificar tu declaración

¿Qué pasas si me equivoco en mi declaración anual? Si crees que te has equivocado en tu declaración anual, no te preocupes todo tiene solución. Aquí te indicamos los pasos para corregir y rectificar tu declaración en tu operación renta 2024.


¿Te equivocaste en tu declaración de impuestos? No te preocupes: el Servicio de Impuestos Internos (SII) permite corregir o rectificar tu Declaración de Renta (Formulario 22) si detectas errores o inconsistencias. A continuación, te explicamos cómo hacerlo paso a paso en la Operación Renta 2026. 
Puntos clave
  • Corriges el Formulario 22 en sii.cl con RUT y Clave Tributaria.
  • Las rectificatorias se presentan desde junio del año tributario.
  • No hay plazo máximo, pero conviene rectificar pronto para evitar multas.
  • En 2026 la retención de boletas de honorarios es del 15,25%.

Corregir y reenviar la declaración de renta en el SII

Al realizar la declaración de renta, muchas personas y empresas deben aplicar enmiendas para corregir inconsistencias que detectan luego de haber enviado la declaración al Servicio de Impuestos Internos (SII).
 
Para corregir la declaración de renta hay que seguir una serie de pasos, dentro de los plazos que corresponda, para rectificarla y volver a enviarla.
 
El proceso de rectificatoria de una Declaración de Impuesto a la Renta se inicia a contar de junio del año tributario en curso. El contribuyente modifica la declaración presentada originalmente porque contiene errores o información inconsistente, detectada por él mismo o por el SII.

Para rectificar una Declaración de Renta por internet se debe ingresar al sitio web del SII:
Servicios online > Declaración de Renta > menú > Corregir o rectificar declaración.
 
También desde la opción “Consultar estado de declaración de renta”. Para ambas alternativas se requiere RUT y Clave Tributaria.

Consulta: ¿cómo presentar paso a paso mi Declaración de Renta?

¿Cómo corregir tu Declaración de Renta 2026?

1. Ingresa al sitio web del SII

 
  • Ve a www.sii.cl.
  • Accede con tu RUT y Clave Tributaria.

2. Accede a la opción de corrección

 
  • Navega a: Servicios Online > Declaración de Renta > Corregir o Rectificar Declaración.
  • También puedes ingresar desde: Consultar Estado de Declaración de Renta.

3. Selecciona el período a rectificar

 
  • Elige el año tributario correspondiente (por ejemplo, 2026).
  • Si tu declaración está observada, el sistema te mostrará las observaciones detectadas.

4. Revisa y corrige las observaciones

 
  • El SII entrega ayudas específicas para corregir las observaciones más comunes, disponibles en la sección de ayuda del propio sitio.

5. Envía la declaración rectificada

 
  • Una vez realizadas las correcciones, envía la declaración modificada.
  • Después, verifica el estado de tu declaración para asegurarte de que fue aceptada.
 

¿Qué pasa si no rectifico los errores de mi declaración?

El SII puede revisar y cobrar diferencias por varios años, y aclarar inconsistencias fuera de plazo suele implicar multas, intereses y trámites presenciales que toman tiempo.
 
  • Si no corriges los errores, podrías enfrentar multas, intereses y otras sanciones.
  • Además, podrías quedar impedido de realizar otras operaciones tributarias hasta regularizar tu situación. 
 
Para verificar que tu declaración quedó bien, revisa cómo se calcula tu Impuesto Global Complementario y contrasta los montos declarados.
 

Plazos para rectificar la declaración

Puedes presentar una declaración rectificatoria a partir de la segunda semana de junio del año tributario en curso.
No existe un plazo máximo para presentar rectificatorias; sin embargo, es recomendable hacerlo lo antes posible para evitar sanciones.
 

Cambios recientes que conviene tener presentes

Al rectificar, ten en cuenta algunas reglas vigentes:
  • Retención de segunda categoría (boletas de honorarios): en 2026 es del 15,25%, y seguirá subiendo de forma gradual hasta el 17% en 2028 (Ley 21.133).
  • Impuesto único a las ganancias de capital: la enajenación o rescate de acciones, cuotas de fondos de inversión y de fondos mutuos con presencia bursátil tributa con un impuesto único (Ley 21.420), que se declara en el Formulario correspondiente.
  • Declaraciones Juradas: el SII moderniza cada año la plataforma y el listado de Declaraciones Juradas, con información precargada según tu régimen tributario.
Te contamos más en el calendario tributario de la renta

Rectificar a tiempo te evita multas

Corregir tu Declaración de Renta en el SII es un trámite en línea y sin costo, siempre que lo hagas dentro de los plazos. Revisa las observaciones apenas aparezcan, ajusta los montos con la información de tu Formulario 22 y reenvía. Rectificar temprano es la mejor forma de evitar multas, intereses y trámites presenciales.


Preguntas frecuentes sobre cómo rectificar la declaración de renta


No existe un plazo máximo para presentar una rectificatoria, pero conviene hacerlo cuanto antes para evitar multas e intereses. El SII puede revisar y cobrar diferencias por varios años.


Las declaraciones rectificatorias se pueden presentar a partir de la segunda semana de junio del año tributario en curso, una vez cerrada la Operación Renta.


En 2026, la retención de segunda categoría sobre las boletas de honorarios es del 15,25%, y seguirá subiendo de forma gradual hasta el 17% en 2028, según la Ley 21.133.


Podrías enfrentar multas, intereses y sanciones, e incluso quedar impedido de realizar otras operaciones tributarias hasta regularizar tu situación con el SII.
Fuentes citadas ● SII — Declaración de Renta (Operación Renta) ● SII — Boletas de honorarios y retención
  1. en respuesta a Richard11
    -
    Top 10
    #40
    01/08/22 08:51
    Es una inconsistencia entre lo declarado por Ud. en los códigos del recuadro N°7 del Formulario 22 correspondiente a la enajenación de acciones y la información entregada por terceros por medio de declaraciones juradas o bien el régimen tributario declarado no corresponde de acuerdo a los criterios definidos por el servicio.

    Lo mejor es acudir a un contador para la correcta valuación de los activos

    Saludos
  2. Nuevo
    #39
    29/07/22 16:00
    Hola, tengo Declaración de renta efectuada, devolución aprobada pero con inconsistencia G92... que tan grave es?, SII me propondrá corrección o debo acudir donde un contador..?? Gracias..
  3. Nuevo
    #38
    04/06/22 19:14
    Hola bnas !!! deseo saber de que forma se corrige la observacion   A01
    Regimen Pro pyme  General   14D 
    si alguien me puede guiar , Agradecido
    saludos !!!
  4. en respuesta a Danielabelaunde
    -
    #37
    14/06/21 11:33
    Hola Daniel. Llame a Sii. Cl. Lamentablente ya era tarde para realizar la rectificación. Ya que ya se pagaron mis cotizaciones.

     Llame a ese numero. Es mesa de ayuda. 223951000

    Saludos 

  5. en respuesta a Victoria12356789
    -
    Nuevo
    #36
    13/06/21 17:52
    Hola victoria. A mi me aparece lo mismo f144. Pero no vi que me apareciera que debía presentar documentos. Me puedes ayudar y decirme en que parte viste eso por favor. Y efectivamente uno puedo subir todos los documentos y enviarlos. Este año lo hicieron de forma de que no se necesitara asesoría tributaria. Gracias. Daniela 
  6. en respuesta a Diego García V
    -
    Nuevo
    #35
    13/06/21 17:48
    Hola Diego. Y llamaste a algún número especifico? Me lo podrías dar por favor. Gracias 
  7. Nuevo
    #34
    11/06/21 10:24
    alguien que me pueda yudar con observacion renta 

    A121 Y A117
  8. en respuesta a Victoria12356789
    -
    Top 10
    #33
    07/06/21 11:07
    Te conviene consultar con un contador
    Saludos!
  9. Nuevo
    #32
    06/06/21 23:36
    Retención total de la devolución, figura observación F144 y solicitan Certificado 6, 29 y contrato de trabajo. Puedo hacer la ratificación yo con estos 3 antecedentes? O debo ver con un contador?
  10. #31
    22/05/21 21:48
    Hola!, me gustaría saber porque puede  haber inconsistencias en la decalración de tentan, con   Observación G36: Control de la Tributación de las Rentas de Capitales Mobiliarios, Seguros Dotales y Ganancias de Capital del Art. 17 N° 8. Será por los retiros de AFP? y como lo puedo corregír??. Gracias!!
  11. Nuevo
    #30
    07/05/21 20:05
    Hola, tengo algunas Rentas retenidas por que se ingreso información mal en la Dj 1947 que de hecho ya se había corregido anteriormente antes de enviar Renta. Y por la Dj observada  están las Rentas retenidas;  la consulta es, ¿Se puede Rectificar nuevamente la Dj 1947? de ser así Me cobraran multa por hacerlo?
  12. en respuesta a Fabian Sinibaldi
    -
    #29
    07/05/21 15:04
    Gracias. Llamé al Sii y me dijeron que puedo rectificar desde 1 de junio. Espero mi dinero no se vaya a mis cotizaciones. Saludos 
  13. en respuesta a Diego García V
    -
    Top 10
    #28
    07/05/21 14:53
    Debes presentar una Declaración jurada rectificativa
    Saludos!
  14. #27
    04/05/21 22:34
    Hola buenas noches.

    Consulta : declare la renta 2021 y puse retención total. Lo cual debo corregir y poner retención parcial. 

    Puedo cambiar ese detalle? Y poder recibir el pago de mis boletas?. 

    Saludos 
  15. en respuesta a Edo G
    -
    Top 10
    #26
    20/08/20 11:36
    Hola!

    No puedes realizar una boleta con una fecha anterior a la última que tienes

    Saludos
  16. Nuevo
    #25
    04/08/20 13:07
    Hola, mi consulta es si puedo hacer hoy una boleta con fecha año 2019 y si se puede en ese caso tengo que cambiar la declaración de renta? o el calculo se hace solo nuevamente? 
    Gracias, espero puedan responder mi inquietud. Saludos.
  17. en respuesta a Yeniferiturra
    -
    Top 10
    #24
    08/07/20 08:41
    Comunicate con el SII y haz la consulta a ver que ha sucedido. No te indican cuales han sido las observaciones?

    Saludos!

  18. Nuevo
    #23
    04/07/20 02:51
    Hola, resulta que al hacer ddjj1923 contador cometió un error, rectifique esto, correspondía pagar una diferencia de impuesto, al rectificar me aparece aceptada pero con observaciones y no me permite pagar el giro que se genero, al ingresar datos de tarjeta para pago me dice que sobrepasa el monto de la operación. Rectifique hace una semana, no se que hacer. Ayuda
  19. en respuesta a Angelo11
    -
    Top 10
    #22
    25/05/20 09:01
    Hola Angelo!

    Debes realizar una declaración rectificativa 

    Saludos!