¿Qué pasas si me equivoco en mi declaración anual? Si crees que te has equivocado en tu declaración anual, no te preocupes todo tiene solución. Aquí te indicamos los pasos para corregir y rectificar tu declaración en tu operación renta 2022.
>>¿Cómo presentar mi declaración de impuestos a la renta?
Corregir y reenviar la declaración renta SII 2022
Novedades tiene la Operación Renta 2022
Declaración de Renta 2022: cómo corregir errores
- Ingresar a la Web del Servicio de Impuestos Internos (SII) con clave secreta de internet.
- De No tener dicha clave secreta, deben solicitarla en el SII y activarla
- Con la clave podrán ingresar virtual desde cualquier computador al sitio privado del SII.
- Dirigirse al Servicio online
- Hacer clic en Declaración renta
- Ir al menú Corregir o rectificar declaración.
- Ingresar tu RUT y clave para identificarte como contribuyente
- Seleccionar el periodo a rectificar
- Deben ir a “corregir o rectificar declaración”
- Si la declaración está observada, ingresar al detalle de las observaciones para conocer los errores a corregir.
- Pueden elegir un formulario en pantalla para ingresar los valores corregidos de a uno, o usar un formulario de corrección con valores listos y propuestos.
- Utilizar el formulario de corrección es más fácil y rápido.
- Seleccionar en “ayuda para corregir observaciones”
- En dicho apartado figura los errores más comunes, e indica mediante ventanilla sugerencias, para corregir los errores.
- Luego de corregir los errores, podrán enviar la declaración corregida y rectificada.
- Al pasar unos días de haber enviado la declaración, deben verificar observaciones, si figura alguna, como forma de actuar ante la declaración en caso de ser observada o rechazada.
¿Quiénes deben declarar Renta 2022?
- Ingreso anual superior a los $7.833.186, salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador.
- Tuviste más de un empleador.
- Trabajaste a honorarios y quieres optar a la cobertura parcial para tus cotizaciones previsionales.
- Realizaste el segundo retiro voluntario del 10% acumulado en tu AFP, de acuerdo a lo establecido en la Ley 21.295, y tienes un ingreso tributable superior a 30 UTA ($18.370.440).
- Si no estás obligado, puedes declarar Renta si: Quieres acceder a algún beneficio o crédito tributario, por ejemplo, la Rebaja de Intereses por Dividendos Hipotecarios.
- En el caso de las empresas, todas tienen que presentar su declaración de Renta.
Corregir y rectificar la declaración renta 2022
- Ahora es más fácil, ya que deben subir por Internet de forma personal sin tener que obligadamente contratar asesoría, ahora pueden utilizar propuestas de declaración pre elaboradas para los contribuyentes.
¿Qué pasa si no rectífico los errores de mi declaración?
¿Cómo corregir y rectificar mi declaración?: Revisar el formulario de declaración
Los pasos a seguir son los siguientes:
- ir al sitio web del SII
- Ingresar en el sitio personal con usuario y contraseña
- En el menu superior, hacer click en "Renta"
- En los sucesivos desplegables, hacer click en "Declaración Jurada" - "Declaración y corrección de renta" - "Corregir o Modificar Declaración"
- Realizar los cambios en el sistema
¿Cómo corregir y rectificar mi declaración?: Plazos para rectificar la declaración
No hay plazos para presentar las declaraciones rectificatorias.
¿Cómo corregir y rectificar mi declaración?: Rectificatoria
¿Cómo corregir y rectificar mi declaración? ¿Qué tener en cuenta?
Algunas Modificaciones: 2022
Ten en cuenta las siguientes modificaciones realizadas para el año 2022 por parte de la SII, así evitarás hacer correcciones.
Declaración Jurada N°1879: Registro Anual sobre Retenciones efectuadas conforme a los artículos 42 N° 2 y 48 de la Ley sobre Impuesto a la Renta”. La Resolución Exenta N°98 generó cambios en formato y contenido y el vencimiento es el 24 de marzo del 2022. | En la resolución se encontrarás: Anexos N°1: nuevo formato de la DDJJ N°1879. Anexo N°2: Incluye instrucciones de llenado de la Declaración Jurada N°1879. |
Declaración Jurada N°1903: Cotizaciones del Seguro de la Ley N° 16.744 de los Trabajadores Independientes, a los que se refiere el artículo 89 del D.L. N° 3.500, de 1980”. (Cotizaciones Ley N° 16.744). Las modificaciones para el AT 2022 tuvo cambios en su formato y contenido y el vencimiento es el 01 de marzo del 2022. | En la resolución se encontrarás: Anexos N°5: nuevo formato de la DDJJ N°1903. Anexo N°6: Incluye las instrucciones de llenado de la Declaración Jurada N°1903 Elimina la columna de los montos actualizados de las cotizaciones pagadas y el monto actualizado de las cotizaciones Ley SAANA pagadas. |
Declaración Jurada N°1887: Rentas del artículo 42 Nº 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta y Otros Componentes de la Remuneración y Retenciones del Impuesto Único de Segunda Categoría” (DDJJ de sueldos), la cual tuvo cambios de contenido y formato y el vencimiento será el 19 de marzo de 222. | En la resolución se encontrarás: Anexos N°3: nuevo formato de la DDJJ N°1887. Anexo N°4: Incluye instrucciones de llenado de la Declaración Jurada N°1887. Se incorpora columna que solicita información relacionada al 3% del préstamo con tasa cero. |
Declaración Jurada N°1943: la cual debe ser presentada por Empresarios Individuales, Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, Sociedades de Personas, Sociedades por Acciones, Sociedades Anónimas, Sociedades de Hecho, Comunidades o Cooperativas, acogidas a las disposiciones de los números 1 y/o 2 de la letra C) del artículo 14 de la Ley de la Renta. Los cambios son: Formato y contenido. El vencimiento es el 30 de marzo del 2022. |
En la resolución se encontrarás: Anexos N°7: nuevo formato de la DDJJ N°1943. Anexo N°8: Incluye instrucciones de llenado de la Declaración Jurada N°1943. Incorpora una columna para que quede el registro, del “Monto del Crédito por Impuesto de Primera Categoría, Sin Derecho a Devolución. |
Adicionalmente, la retención de impuesto de segunda categoría viene con modificaciones en su porcentaje, ya que en el año 2021 se consideraban 11.5% y para el año 2022, la retención será del 12,25% (año comercial 2022 y AT 2023).