Acceder

Impuestos en Chile para traders

El trading en los últimos años se ha establecido como una profesión rentable que incrementa el patrimonio e ingreso del inversor, y como todo profesional el trader debe declarar impuestos. A continuación conoceremos sobre los impuestos en Chile para traders.

Impuestos en Chile para traders

 

 

Impuestos en Chile para traders

Si eres un trader en Chile debes saber que te corresponde declarar impuestos por las ganancias e ingresos obtenidos durante un año gravable. Recuerda que el trading hoy en día es reconocido como una profesión que se desarrolla en un mercado financiero denominado Forex. Y como es un mercado legal todo ingreso y egreso que obtenga un trader debe ser tributado.

Lo anterior está establecido en la Ley de Impuesto a la Renta, en donde se define como renta “Los ingresos que constituyan utilidades o beneficios que rinda una cosa o actividad y todos los beneficios, utilidades e incrementos de patrimonio que se perciban o devenguen, cualquiera que sea su naturaleza, origen o denominación”. Partiendo de la definición entonces cubre a las ganancias e ingresos obtenidos por los traders.

Ahora bien, entre los impuestos en Chile para traders, debe ser declarado y pagado el Impuesto a la Renta de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario de la Ley de Impuesto a la Renta.

 

Impuestos en Chile para traders- Impuesto a la Renta

Los contribuyentes al Servicio de Impuesto Internos (SII) son clasificados por categorías,  por el tipo de renta e ingresos que obtienes de sus actividades laborales. En el caso de los traders se clasifican en el impuesto de primera categoría, porque sus ganancias e ingresos son productos de explotar la venta y compra de activos en el mercado financiero. La tasa del impuesto  actualmente es de 27%.

El impuesto de primera categoría grava actividades bursátiles, rentas vitalicias, depósitos, comercio o industrias.

Si te preguntas quienes deben declarar, pues la ley de impuesto en el artículo 3 señala que “Toda persona domiciliada o residente en Chile, pagara impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la fuente de entradas esté situada dentro del país o fuera de él”.

Con esto último la legislación chilena, deja en claro que es indiferente si las operaciones se realizan en Chile o en el extranjero, todos los domiciliados residentes en chile (sin importar la nacionalidad) deben pagar impuestos por las ganancias obtenidas por la venta y compra de activos en los mercados financieros. Es necesario esclarecer que la obligación de declarar no significa necesariamente pagar el impuesto, ya que solo pagara impuesto los traders que en la sumatoria de todas sus rentas (sueldo, dividendos, ingresos adicionales) del año 2019 superen las 13,5 Unidades Tributarias Anuales.

 

Impuestos en Chile para traders- Impuesto Global Complementario

El impuesto global complementario es un impuesto personal, global, progresivo y complementario que se determina y paga una vez al año por las personas naturales con domicilio o residencia en Chile sobre las rentas imponibles determinadas conforme a las normas de la primera y segunda categoría.

Los trader contribuyentes de este impuesto son aquellos cuya renta neta global exceda de 13,5 Unidades Tributaria Anuales. Su tasa aumenta progresivamente a medida que la base imponible aumenta.  Se aplica, cobra y paga en abril de cada año.

 

En conclusión, es importante que los traders en Chile declaren el impuesto de primera categoría y el impuesto global complementario en la fecha programada por el Servicio de Impuestos Internos. Recordando  que como contribuyente debes cumplir con tus pagos a tiempo para evitar sanciones.

 

Simulador de tarjetas
  • Te ofrecemos los mejores resultados en base a tus respuestas
  • Te haremos preguntas sobre la tarjeta que quieres solicitar
  • Rellena nuestro cuestionario en menos de 2 minutos
  1. en respuesta a Maaaaaaati
    -
    #9
    03/05/21 19:13
    Si existe diferencia en si somos PN o PJ  en términos de impuestos. (inversiones que sean afectas a impuestos)

    Si la inversiones las realizas como PN debes determinar el resultado tributario de tus posiciones cerradas y este resultado llevarlo a tu IGC, tiene una dificultad técnica el calculo, por que hay que actualizar el costo por a variación del IPC antes de obtener el resultado. Si el resultado es positivo se debe llevar al F22 y declararlo para que lo afecte la tabla del IGC, solo ahí veras si debes pagar impuestos o no.

    Recomendación asesorarse por un profesional en Impuestos.
  2. en respuesta a Interlaken
    -
    #8
    03/05/21 19:03
    Puedes operar como PN y afectar a IGC tus ganancias, si decides crear una empresa para alojar las inversiones esta deberá tributar en 1ra Categoría.

    Esta alternativa permite planificar los impuestos finales, ya que el resultado lo haces tributar por la empresa y no en tus impuestos personales, también permite una utilización mas optima de los gastos relacionados a las operaciones.

    La creación es igual a todas las empresas, solo que esta será de inversiones.


    Espero te sirva. Saludos
  3. Nuevo
    #7
    03/04/21 17:51
    Algun trader que haya creado o sepa crear una empresa para operar ? No es mi idea evadir impuesto sino que con las ganancias que obtengo invertir en bienes raíces u otra inversión . 
  4. en respuesta a Jorge Almada
    -
    #6
    27/02/21 12:23
    No es IVA porque tu no facturas servicios como una empresa, es Impuesto Global Complementario IGC por las rentas obtenidas, de acuerdo a la tabla de valores de SII
  5. en respuesta a Crist009x
    -
    Nuevo
    #5
    15/02/21 15:49
    Entonces dices que la persona natural no paga el IDPC? Omitir lo anterior, leí nuevamente y no diferencias entre persona natural y jurídica.

    También hay que agregar que si tu imponible es bajo 8 millones entonces quedas exento del global complementario, y deberías pagar solo IDPC.
  6. #4
    12/02/21 20:19
    Quienes realicen inversiones deberán declarar anualmente el impuesto que le corresponda, pudiendo ser Impuesto de Primera Categoría (IDPC), Global Complementario (GC) o Impuesto Adicional (IA). El IDPC lo deben declarar quienes realicen las inversiones como contribuyentes de primera categoría, el resultado de sus inversiones formara parte de su Base Imponible para el pago que le corresponda.

    Quienes realizan las inversiones como Persona Natural deberán declarar GC, computando entonces el resultado de sus inversiones para afectarlos al tramo del impuesto que le corresponda.




  7. Nuevo
    #3
    10/02/21 18:37
     solo pagara impuesto los traders que en la sumatoria de todas sus rentas (sueldo, dividendos, ingresos adicionales) del año 2019 superen las 13,5 Unidades Tributarias Anuales. 
    Si bien este párrafo es cierto sobre el Impuesto Global Complementario, no encuentro información que diga que tambien sucede en el Impuesto de primera categoría. De ser así el de primera categoría si deberían pagarlo los traders bajo las 13,5 UTA.

    Sería cierto eso @danielsm?
  8. Nuevo
    #2
    21/12/20 15:34
    Alguien que ayude con el tema de los impuestos en trading (Chile)?, eh estado intentando buscar algún contador que me asesore con este tema pero nada aun..
  9. Nuevo
    #1
    17/07/20 20:29
    Para ingresos pagaríamos 27% de iva.. Y si tenemos pérdidas en el mercado como el SII nos devuelve el iva equivalente... 
Operación Renta