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¿Qué son los FIP? Fondos de Inversión Privados Chile

¿Qué son los FIP? Fondos de Inversión Privados Chile

Los Fondos de Inversión Privados (FIP) son vehículos que reúnen aportes de máximo 49 partícipes, con un plazo fijo y sin oferta pública de sus valores. A cambio de esa exclusividad ofrecen flexibilidad y ventajas tributarias, pero también baja liquidez. 

Aquí verás cómo funcionan, quién los regula, qué impuestos pagan y sus ventajas y desventajas.
Puntos clave
  • Los FIP admiten un máximo de 49 partícipes.
  • No hacen oferta pública ni los fiscaliza la CMF.
  • Se rigen por la Ley N° 20.712 y sus reglamentos internos.
  • Los partícipes tributan con una retención del 10% sobre las utilidades.

¿Qué son los Fondos de Inversión Privados (FIP)?

Los Fondos de Inversión Privados se forman con aportes de máximo 49 personas o entidades, llamadas partícipes, con un plazo de inversión fijo y un número de cuotas limitado, sin hacer oferta pública de sus valores.

Pueden invertir en acciones de sociedades anónimas abiertas, títulos de crédito, bonos, instrumentos de deuda, cuotas de fondos mutuos y planes de ahorro, entre otros. Si comparas rentabilidades, revisa también el ranking de mejores fondos mutuos Chile como alternativa más líquida.

¿Quién regula los Fondos de Inversión Privados?

Los FIP no están en el perímetro de fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Su marco legal, más allá de estatutos y reglamentos internos, es la Ley N° 20.712 de Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales, que rige desde 2014 y derogó la antigua Ley N° 18.815.

Si el fondo supera los 49 partícipes o entra un inversionista institucional (como una AFP), queda sujeto a las normas de los fondos públicos y a la fiscalización de la CMF. Los FIP son administrados por una Sociedad Anónima Especial (o una Sociedad Anónima Cerrada, según el artículo 90) y supervisados por un Comité de Vigilancia que representa a los aportantes. Tampoco pueden invertir en bienes inmuebles y sus rescates tienen plazos fijos, lo que les da baja liquidez.

¿Qué impuestos pagan los Fondos de Inversión Privados?

Los FIP y sus sociedades administradoras no son contribuyentes de Primera Categoría y no están afectos al Impuesto a la Renta, pero sí tributan por las retenciones sobre las utilidades de los aportantes. Existe un impuesto único del 35% por gastos rechazados sobre operaciones no necesarias para el fondo. Si el fondo realiza actividades gravadas con IVA, la administradora debe tributarlo.

Ten en cuenta que el régimen tributario de los fondos se ha ajustado con reformas recientes (Ley 21.210 de 2020 y Ley 21.713 de 2024, del Pacto Fiscal), por lo que conviene confirmar el detalle vigente con el Servicio de Impuestos Internos antes de invertir.

¿Y los partícipes de estos fondos?

Aunque el fondo no paga Primera Categoría, sus utilidades se atribuyen a los partícipes y generan una retención del 10% sobre las utilidades anuales, tributada sobre renta devengada, con la que pueden dar por cumplida su tributación de Impuesto Global Complementario o Adicional.

Además, los partícipes tributan por el mayor valor obtenido al rescatar o enajenar las cuotas, según su régimen y país de origen. Para los aportantes extranjeros, los dividendos quedan afectos a un impuesto único del 10%, sin derecho a crédito. Recuerda que la administración recae en una sociedad administradora y no en una AGF.

Ventajas y desventajas de los Fondos de Inversión Privados

Antes de invertir conviene sopesar lo que ganas en flexibilidad frente a lo que pierdes en liquidez y supervisión.
Pros
  • No requieren una AGF, banco o corredora: basta una sociedad administradora.
  • No hacen oferta pública y ofrecen mayor privacidad.
  • Libertad para regularse por sus reglamentos internos.
  • Beneficios tributarios para partícipes chilenos que no necesitan liquidez inmediata.
Contras
  • Baja liquidez: los rescates tienen plazos fijos definidos por estatuto.
  • Máximo 49 partícipes y sin inversionistas institucionales.
  • No pueden invertir en bienes inmuebles.
  • Solo realizan inversiones, no operaciones comerciales o industriales.

¿A quién le conviene un FIP?

Un FIP encaja cuando la privacidad del fondo y la libertad de reglamento pesan más que la liquidez inmediata. Elegir mal el instrumento cuesta caro: si alguno de los partícipes incumple los requisitos, las ventajas se pierden. 

Los fondos de inversión privados favorecen sobre todo a aportantes chilenos sin necesidad de liquidez inmediata y en condiciones de imputar como crédito las retenciones por sus utilidades.

Preguntas Frecuentes sobre los fondos de inversión privados


Un fondo de inversión privado admite un máximo de 49 partícipes. Si supera esa cifra o entra un inversionista institucional, queda sujeto a las normas de los fondos públicos y a la fiscalización de la CMF.


No. Los FIP no están bajo la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero mientras cumplan los límites legales de partícipes. Se rigen por la Ley N° 20.712 y sus reglamentos internos.


Los partícipes soportan una retención del 10% sobre las utilidades anuales, que tributa sobre renta devengada. Además, pagan por el mayor valor obtenido en el rescate o enajenación de las cuotas.


El FIP admite hasta 49 partícipes y no lo fiscaliza la CMF; el fondo público exige al menos 50 partícipes y sí está regulado por la CMF.


No. La ley no permite que los fondos de inversión privados incluyan bienes inmuebles entre sus inversiones; se limitan a instrumentos financieros como acciones, bonos y cuotas de otros fondos.

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