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¿Cómo saber si tengo devolución de impuestos?

Si ya presentaste tu declaración de renta, conviene revisar cuanto antes si tienes una devolución de impuestos por cobrar, incluso de años anteriores. En la Operación Renta 2026, el Servicio de Impuestos Internos (SII) procesa las declaraciones del Formulario 22 y la Tesorería General de la República (TGR) paga las devoluciones entre fines de abril y mayo. Aquí te explicamos cómo saber si tienes devolución, cuándo la recibes y qué hacer si no llega.
 
¿Cómo sabes si te van a devolver impuestos?
Puntos clave
  • La Operación Renta 2026 se declara con el Formulario 22, entre el 1 y el 30 de abril.
  • Consulta si tienes devolución en
La Operación Renta 2026 comienza en marzo de cada año. Las empresas y personas naturales deben cumplir sus obligaciones tributarias, como la Declaración Anual de Impuesto a la Renta y las Declaraciones Juradas. Según sus ingresos anuales, el contribuyente puede recibir una devolución de impuestos o tener que pagar al Fisco, todo declarado mediante el Formulario N° 22. Puedes hacer el proceso de forma manual o con la propuesta del SII, que ayuda a presentar la declaración correcta y dentro de plazo.

¿Quiénes están obligados a realizar la declaración de renta 2026?

Están obligados los contribuyentes de los Impuestos a la Renta (Impuesto de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario), salvo los del IGC que figuren en el tramo exento (13,5 UTA).
  • Las personas naturales con residencia o domicilio en Chile que en 2025 obtuvieron un ingreso anual igual o inferior a $11.265.804 no están obligadas a declarar (salvo excepciones).
  • Los trabajadores dependientes, jubilados o pensionados del Impuesto Único de Segunda Categoría, sin ingresos adicionales a su sueldo o pensión, están exentos de declarar.
  • Sí deben declarar quienes tuvieron dos o más empleos, emitieron boletas de honorarios, superaron el tope legal de ingresos o quieran optar a una devolución de impuestos.
 

¿Cómo realizar la declaración de renta 2026?

La declaración de renta 2026 se realiza con la documentación que refleje los movimientos contables de la empresa o la persona, usando el Formulario 22 y entregando las declaraciones juradas que correspondan según el tipo de contribuyente y su régimen. Para el paso a paso, consulta cómo realizar la Operación Renta.

Operación Renta: devolución de impuestos

La operación renta obliga a declarar a las personas naturales que emiten boletas a terceros en Chile y a las empresas. Puede resultar en una devolución de impuestos para:
  • Contribuyentes que en el año a declarar no recibieron una renta por encima de los límites legales.
  • Contribuyentes que declararon ingresos mensuales durante el año tributario.
  • Trabajadores dependientes, jubilados y demás personas del Impuesto de Segunda Categoría, sin ingresos aparte del de su empleador y que no deban reliquidar.
  • Pequeños comerciantes de la vía pública y otras actividades de renta menor.

¿Te salió a pagar? Puedes ver cómo hacer que tu Operación Renta salga a devolver, aunque no siempre es posible.
 

Causas por las que la devolución no es autorizada (o solo en parte)

Puede pasar que salga a devolver y el Servicio no lo autorice, o autorice solo una parte. Las causas más comunes:
  • Un agente retenedor cambió la información tras la propuesta de declaración.
  • Solicitaste beneficios sin cumplir alguno de los requisitos.
  • Tu declaración tiene diferencias respecto a la información del SII.
  • Tienes situaciones pendientes con el SII (debes consultarlas).
  • El SII revisa la información que tú o un tercero aportaron.

Importante: desde mediados de mayo puedes ver el detalle de tu situación en la opción "Consulta Estado de Declaración", lo que te permite corregir la declaración desde junio.

¿Qué pasa si el SII autoriza la devolución y no la recibí?

La Tesorería puede retener total o parcialmente la devolución para el pago de deudas morosas, o aplicar retenciones como:
  • Retenciones judiciales.
  • Retenciones judiciales previsionales.
  • Retenciones de crédito universitario solidario (o con aval del Estado).
  • Retenciones de instituciones de salud.
  • Mandatos (si cediste tu devolución a otro contribuyente).
  • Retención por registro de evasores (TranSantiago).
  • Retención SENCE (subsidio al empleo).
  • No haber ingresado los datos de la cuenta bancaria, o un error en ese dato.
Si ingresaste mal los datos bancarios, puedes cobrar la devolución en:
- Cajas de sucursales de ServiEstado (desde $1 hasta $1.500.000).
- BancoEstado (desde $1 hasta $3.000.000).
Desde las 12 horas del día hábil siguiente a la fecha en que la Tesorería debió depositar el monto.
Importante: si el monto supera $3.000.000, o si ingresas una CuentaRUT no activada en el banco, la Tesorería emitirá un cheque por el valor a devolver.

¿Cómo saber si tengo devolución de impuestos?

Una vez enviada tu declaración de renta, puedes confirmar si tienes devolución de impuestos en la página web del SII, consultando el estado de tu declaración para ver si fue aprobada.
 

Si ya declaraste y tenías devolución pero no has recibido notificación, revisa:
  • Si tienes situaciones pendientes en el SII.
  • Si tus agentes retenedores presentaron Declaraciones Juradas con inconsistencias.
  • Si declaraste créditos por gastos en educación, recuerda que un requisito es que las rentas del padre y la madre no superen las 792 UF.

Si aún no presentas tu declaración de Renta 2026, ingresa al portal del SII y hazla en línea: accedes a la máxima condonación de intereses y multas por declarar fuera de plazo, y podrás cobrar devoluciones pendientes si declaras dentro del plazo.

¿Cómo saber si tengo devolución de impuestos de años anteriores?

Puede que tengas devoluciones por cobrar de años anteriores. A veces se solicita la devolución mediante cheque y luego se olvida cobrarlo, quedando pendiente. Ten en cuenta que los cheques tienen una vigencia máxima de cinco años.

Plazos de la Operación Renta 2026

  • Declaraciones Juradas: se presentan entre marzo y junio, según el tipo.
  • Impuesto a la Renta (F22): se declara en abril, con fecha tope el 30 de abril.
  • Devoluciones: quienes declararon entre el 1 y el 8 de abril recibieron el depósito el 29 de abril; entre el 9 y el 23 de abril, el 15 de mayo; los pagos por cheque, el 29 de mayo de 2026.
 

¿Tengo cheques no cobrados?

Si no sabes si tienes cheques no cobrados, tienes dos opciones:
  • Llamar a la mesa de ayuda de la Tesorería General de la República al (56) 227689800 y entregar tu nombre, RUT y años de renta.
  • Enviar un formulario de consulta a la Tesorería General de la República.

¿Qué es y quiénes deben hacer la declaración de renta anual?

La operación renta es la declaración de renta anual, de carácter obligatorio, que deben presentar las personas naturales que emiten boletas a terceros en Chile y las empresas obligadas a cumplir con sus obligaciones tributarias.

¿Qué impuestos deben declararse en la operación renta anual?

Se declaran todos los ingresos del año tributario y se pagan los impuestos que correspondan. En ciertos casos el resultado es a favor, lo que se traduce en la devolución de impuestos del año siguiente.

¿Quiénes están eximidos de pagar impuesto?

Las rentas que caen en el tramo exento del Impuesto Global Complementario (hasta 13,5 UTA anuales) no pagan impuesto. Puedes ver cómo funciona la escala en la tabla del Impuesto Global Complementario.

Devolución de impuestos: ¿qué debemos tener en cuenta?

Algunos detalles a considerar al esperar la devolución:
  • El SII autoriza la devolución, pero es el Servicio de Tesorerías quien verifica la información y efectúa el pago.
  • Si no entregaste datos para el depósito y la devolución autorizada es menor o igual a $3.000.000, estará disponible desde el 30 de mayo en cajas de BancoEstado o ServiEstado.
  • Para recibir el remanente (línea 66 del F22) en tu cuenta corriente, vista, de ahorro o CuentaRUT, anota correctamente los datos.
  • Si no tienes cuenta bancaria, puedes solicitar una CuentaRUT al hacer tu declaración.
  • Revisa que no haya inconsistencias entre los datos del F22 (modalidad y cuenta) y tu situación real.
  • Si pediste el cheque en tu domicilio, el envío por correos tarda unos 5 días desde la fecha de devolución.
  • Si no recibes el cheque o el depósito en los primeros diez días de junio, consulta el estado de tu declaración en la web del SII.
 

¿Cómo se realiza la devolución?

La Devolución de Impuestos del SII te permite cobrar el saldo a favor de tu declaración de renta, previa compensación por deudas fiscales morosas u otras retenciones ya regularizadas. El pago se hace por depósito en cuenta bancaria o por cheque a nombre del contribuyente, enviado al domicilio de la declaración. Si el banco no puede concretar el depósito, el cheque se envía al domicilio registrado; si no se ubica a la persona, se devuelve a los 10 días a la Tesorería regional o provincial, donde la persona debe retirarlo. Para reclamos por retenciones, acude primero al servicio público que informó la retención.

¿Cómo se hace el trámite para solicitar la devolución?

Para iniciar el trámite:
  1. Reúne los antecedentes requeridos.
  2. Dirígete a una oficina de la Tesorería General de la República (TGR).
  3. Explica el motivo: solicitar el pago de la declaración del impuesto a la renta.
  4. Entrega los antecedentes requeridos.
  5. El pago se depositará en tu cuenta bancaria o se enviará por cheque a tu domicilio.
 

Personas naturales

  • Cédula de identidad vigente.
Si no puedes hacer el trámite, puedes autorizar a un tercero, que deberá presentar:
  • Cédula de identidad vigente del contribuyente y del mandatario.
  • Poder notarial o simple (vigencia máxima de cinco días) que autorice al mandatario a efectuar el trámite.

Personas jurídicas

Si lo realiza el representante legal:
  • Tarjeta RUT del contribuyente y e-RUT de la empresa.
  • Cédula de identidad vigente del representante legal.
  • Fotocopia legalizada de la escritura pública de constitución, con razón social, identificación y RUT del representante, autorización para el trámite, lugar y fecha, y firma y timbre notarial.
  • Certificado de vigencia de la escritura pública.
  • Certificado de vigencia de poder del registro de comercio.

Si lo realiza una persona distinta al representante legal:
  • RUT del contribuyente.
  • Cédula de identidad vigente del representante legal y del mandatario.
  • Fotocopia legalizada de la escritura pública que faculte delegar el trámite.
  • Certificado de vigencia original de la escritura pública.
  • Certificado de vigencia de poder del registro de comercio.
  • Carta poder legalizada ante notario con los datos y RUT del representante y del mandatario, la autorización, lugar, fecha, y firma y timbre notarial.
 

Cómo asegurarte de cobrar tu devolución de impuestos

Revisa el estado de tu declaración en el sitio del SII y confirma que los datos de tu cuenta bancaria estén correctos: es la causa más común de una devolución que no llega. 

Si declaraste a tiempo y tienes saldo a favor, el depósito llega entre fines de abril y mayo; si fue por cheque, no dejes pasar los cinco años de vigencia. Ante cualquier retención, consulta primero al organismo que la informó.

Dudas Frecuentes sobre la devolución de impuestos


No. La Tesorería General de la República no acepta depositar la devolución en una tarjeta de crédito; solo la paga por depósito en cuenta bancaria o por cheque.


No. La devolución solo puede depositarse en una cuenta bancaria a nombre del propio contribuyente, no en la de un tercero.


Los herederos. Pueden seguir usando el mismo RUT del causante hasta un máximo de tres años, contando como primer año el del fallecimiento.


Las mismas que cualquier residente: pagar impuestos por las rentas de fuentes dentro y fuera del país. La excepción son los primeros tres años de permanencia, durante los cuales solo tributas por rentas de origen chileno.


Ingresa a la web de la Tesorería General de la República o llama a su mesa de ayuda al 227689800. Si declaraste en el primer tramo de abril, puedes modificar la cuenta durante mayo, hasta las 14:00 horas, por Internet o en sus oficinas.

Fuentes consultadas
  1. en respuesta a Huvenega
    -
    Top 10
    #40
    03/04/18 07:31

    Hola,
    Sí, está OK, no tienen obligación de declarar aquellos que no hayan tenido más de un empleador o que hayan obtenido ingresos anuales inferiores 7 millones 609 mil 464 pesos en 2017
    Saludos.

  2. en respuesta a Dap1982
    -
    Top 10
    #39
    03/04/18 07:30

    Hola,
    Sí, es normal, no tienen obligación de declarar aquellos que no hayan tenido más de un empleador o que hayan obtenido ingresos anuales inferiores 7 millones 609 mil 464 pesos en 2017.
    Saludos.

  3. Nuevo
    #38
    03/04/18 05:58

    Hola soy beneficiario a la devolución de impuestos ?
    Y que tengo que hacer ?-si me pueden ayudar gracias

  4. Nuevo
    #37
    03/04/18 04:01

    Junto con saludar me dirijo a usted para poder saber sobre mi devolución de impuestos...

    Atenta a su respuesta, gracias!

  5. Nuevo
    #36
    01/04/18 15:04

    Hola Andrea, gracias por la información.
    Te aprovecho de consultar, al ingresar a mi declaración me dice que no me corresponde declarar porque he trabajado bajo un mismo empleador y no tengo rentas pendientes de declarar. Eso está OK?
    Gracias

  6. Nuevo
    #35
    01/04/18 12:40

    Gracias por el post. Consulta, al intentar realizar la declaración me indica "usted tuvo un único empleador y éste ha pagado por sus impuesto, por lo que no debe realizar la declaración de renta" ¿Esto es normal?, porque en 2016 también tuve un solo empleador (otra empresa) y el SII me devolvió.

  7. en respuesta a Mane
    -
    Top 10
    #33
    29/03/18 10:33

    Hola,
    Una vez hayas mandado tu declaración de renta puedes informarte si tienes devolución de impuestos en la página web del SII, consultando el estado de tu declaración, para ver si ha sido aprobada. Tienes un plazo de 3 años para solicitar la devolución y no existe un monto mínimo. Puedes consultar el proceso para solicitar la devolución de impuestos en el siguiente post: ¿Cómo hacer la devolución de impuestos?
    Saludos.

  8. Nuevo
    #32
    29/03/18 01:54

    Buenas tardes, quisiera consultar cómo saber si tengo devolución de impuesto, si es que tiene un monto mínimo para retíralo y tiempo de meses y que debo hacer si es que los tengo ?
    Esperando pronta respuesta desde ya gracias

  9. en respuesta a Orellana
    -
    Top 10
    #31
    28/03/18 11:36

    Hola, puedes consultar el estado de tu declaración, para ver si tienes devolución de impuestos en la web del SII con tus datos.

  10. Nuevo
    #30
    26/03/18 18:34

    Una consulta como se si tengo alguna devolucion ? Porfavor ayuda

  11. en respuesta a Andres95
    -
    Top 10
    #29
    20/03/18 13:23

    Hola Andres, el resultado fue negativo o positivo? Aquí puedes ver más información: ¿Cómo saber si tengo devolución de impuestos en 2018?

  12. Nuevo
    #28
    17/03/18 13:40

    hola, tenia una gran duda; ya descargue la nueva app de la Agencia Tributaria y me dio un resultado pero no se que me tienen que devolver o no? alguien me podria indica.... Gracias por su atencion

  13. en respuesta a Taylors
    -
    Top 10
    #27
    12/03/18 04:51

    Hola,
    Las fechas para el pago de la devolución de impuestos de este año 2018 no están todavía confirmadas, suponemos que no tardarán en hacerlo.
    Un saludo.

  14. Nuevo
    #26
    09/03/18 18:32

    alguien puede informarme sobre que fecha debo ir hacer mi declaracion al esar sobre la devolucion de mis impuestos?

  15. en respuesta a Eduardo Gomez
    -
    Top 10
    #25
    06/03/18 04:54

    Hola Eduardo, compruebe en el siguiente link si ha sido aceptada la devolución del impuesto de la persona fallecida utilizando su RUT: https://zeusr.sii.cl/AUT2000/InicioAutenticacion/IngresoRutClave.html
    Si la devolución ha sido aceptada, el SII le informará de cuando va a realizar el pago.

    Un saludo!

  16. Nuevo
    #24
    05/03/18 16:20

    ¿Qué se debe hacer para cobrar un cheque con la devolución de impuesto a la renta de un familiar fallecido?

  17. en respuesta a Carmenluz1983
    -
    Top 10
    #23
    11/10/17 13:01

    Hola Carmen Luz, el Impuesto global complementario si se aplica en esos casos, porque se entiende tu estás generando rentas.-

  18. Nuevo
    #22
    11/10/17 11:19

    Hola!! quería preguntar si el impuesto global complementario aplica por concepto de indemnización por fuero maternal.

  19. en respuesta a Patrioramicabello
    -
    Top 10
    #21
    22/09/17 07:31

    Hola, perdona pero no he acabo de entender tu duda. ¿Te sale como que eres independiente pero ya no lo eres?