Acceder
Operación Renta 2026 - SII: ¿Cómo presentar mi declaración?

Operación Renta 2026 - SII: ¿Cómo presentar mi declaración?

¿Cómo tengo que presentar mi Declaración de Renta 2026 de Chile en el SII? ¿Cuáles son los plazos y medios? ¿Cuándo comienza la operación renta 2024? A continuación explicaremos quienes están obligados a presentar la declaración de impuestos a la renta 2024, los plazos y fechas.
¿Te toca declarar impuestos este año? La Operación Renta 2026 se acercaí. En esta guía actualizada te explicamos quiénes deben cumplir con esta obligación, los plazos clave para recibir tu devolución lo antes posible y cómo navegar por el portal del SII sin errores.
¿Cómo presentar mi declaración?

¿Qué es la declaración de renta?

Es el proceso anual donde personas naturales y jurídicas declaran sus ingresos obtenidos el año anterior (2025) ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Este trámite se realiza mediante el Formulario 22 (F22).

Dependiendo de tus retenciones, gastos y tramos impositivos, el resultado puede ser una devolución de impuestos a tu favor o un pago al Fisco.

🗓️ Fechas Clave: Operación Renta 2026

El proceso comienza oficialmente en marzo de 2026 con las Declaraciones Juradas (DJ) de las empresas, pero para la mayoría de las personas el hito principal ocurre en abril.
Hito
Fecha Estimada
Inicio de Declaración (F22)
1 de abril de 2026
Cierre de Declaración (Sin Pago)
10 de mayo de 2026
Cierre de Declaración (Con Pago)
30 de abril de 2026
Primeras Devoluciones (Depósito)
12 - 15 de mayo de 2026 (para envíos tempranos)

¿Quiénes están obligados a declarar en 2026?

Debes presentar tu Formulario 22 si te encuentras en alguna de estas situaciones:

  • Ingresos anuales superiores a 13,5 UTA: (Aproximadamente $11.800.000 CLP, sujeto al valor exacto de la UTA a diciembre de 2025).
  • Multiempleador: Si tuviste más de un empleador de forma simultánea o combinaste sueldo con pensión.
  • Honorarios: Si emitiste boletas de honorarios y debes realizar tus cotizaciones previsionales.
  • Inversionistas: Si recibiste dividendos, retiros de sociedades o ganancias de capital por venta de acciones/activos.
  • Beneficio Educacional: Si quieres optar a la rebaja de impuestos por gastos en educación (Art. 55 ter).

¿Quiénes NO declaran?

Quedan exentos los trabajadores dependientes (sueldo mensual) con un solo empleador y cuyas rentas no superen el tramo exento del Impuesto Global Complementario.

Paso a Paso: Cómo presentar tu declaración en sii.cl

El SII suele ofrecer una Propuesta de Declaración basada en la información enviada por terceros (bancos, empleadores, etc.).

  1. Acceso: Entra a sii.cl con tu RUT y Clave Única o Clave Tributaria.
  2. Selección: Ve a "Servicios Online" > "Declaración de Renta" > "Declarar Renta (F22)".
  3. Año Tributario: Selecciona 2026.
  4. Revisión de Datos: Verifica que tus ingresos y retenciones coincidan. Si emitiste boletas, revisa si optarás por la cobertura parcial o total de tus cotizaciones previsionales.
  5. Envío: Si todo está correcto, acepta la propuesta y envía. ¡No olvides guardar el comprobante!

📱 Novedades 2026: App e-Renta y Pagos

El SII ha potenciado su ecosistema digital para que el proceso sea casi 100% móvil:

  • App e-Renta: Puedes declarar directamente desde tu smartphone, revisar el estado de tu devolución y aceptar la propuesta con un toque.
  • Pago en Línea (PEL): Si te toca pagar, puedes usar tarjetas de crédito, débito o Pago Electrónico de Cuentas (PEC) con mandato bancario.
  • Cotizaciones Provisionales: Recuerda que la ley obliga a los independientes a cotizar para salud y pensiones. El sistema calculará automáticamente cuánto de tu retención (13,75% en 2025) se destinará a seguridad social.

💰 Calendario de Devoluciones 2026 (Proyectado)

Si declaras temprano, recibes tu dinero antes. Estas son las fechas estimadas para depósito bancario:
Fecha de Envío F22
Fecha de Depósito
01 al 20 de abril
~ 14 de mayo
21 al 26 de abril
~ 20 de mayo
27 de abril al 10 de mayo
~ 28 de mayo
Cheque / Pago por Caja
~ 30 de mayo

Preguntas Frecuentes (FAQs)


Puedes rectificar tu Formulario 22 a partir del mes de junio. Si el error implica que pagaste menos impuestos, podrías enfrentar multas e intereses.


Sí, los residentes en Chile tributan por sus rentas de fuente mundial. Debes declarar las ganancias obtenidas fuera del país, considerando los convenios de doble tributación si aplican. 


 Puedes consultar el "Estado de Declaración" en el portal del SII. Si aparece "Observada", significa que hay inconsistencias que debes aclarar. 


Si tienes cualquier duda sobre como realizar la operación renta 2026, puedes indicarla en los comentarios o preguntarnos en nuestro foro. Aquí te indicamos cómo puedes declarar tus acciones y otras inversiones.
Simulador de tarjetas
  • Te ofrecemos los mejores resultados en base a tus respuestas
  • Te haremos preguntas sobre la tarjeta que quieres solicitar
  • Rellena nuestro cuestionario en menos de 2 minutos
  1. en respuesta a Rene Peñaloza
    -
    Top 10
    #40
    01/04/19 15:11

    Aquí tienes una completa guía del impuesto a la renta dónde puedes encontrar respuesta a tus inquietudes

    https://www.rankia.cl/redirections/44150?cta_categoria=banners&cta_tipo=footer

  2. Nuevo
    #39
    01/04/19 10:28

    Cuando empiezan a pagar el impuesto ala renta desde ke fexa en adelante y en Talka cuáles son las partes kese puede ir aser el tramite

  3. en respuesta a Tamarasch
    -
    Top 10
    #38
    26/03/19 13:31

    Las normas fiscales a menudo cambian anualmente. No te conviene adelantarte tanto a los hechos. Que el pago de impuestos no te detenga a invertir tus ahorros y obtener una rentabilidad.
    Saludos!

  4. en respuesta a Fabian Sinibaldi
    -
    Nuevo
    #35
    25/03/19 21:29

    Muchas muchas gracias!!
    Tenía la duda por el tema del punto uno; pero me quedo muy claro todo ahora.

    Si meto mi dinero en un fondo mutuo, y anualmente me da menos de 20 utm; el próximo año tendré que realizar declaración de impuesto? O no se hace declaración si es menos?

    Gracias :)

  5. en respuesta a Tamarasch
    -
    Top 10
    #34
    25/03/19 13:36

    EL Año fiscal es del 1° de enero al 31 de diciembre de cada año calendario.

    Por otra parte, si eres una trabajadora dependiente afectados al impuesto único de segunda categoría, que no tengan rentas distintas al sueldo y que no estén en la obligación de reliquidar anualmente dicho tributo por percibir simultáneamente rentas de más de un empleador, no debes presentar Impuesto a la Renta.

    Saludos!

  6. Nuevo
    #33
    24/03/19 23:24

    Hola. Espero que me puedan ayudar con esto :).
    El 2018, fue el primer año que comencé a trabajar, por lo que nunca habia realizado la declaración de renta, entonces, ahora estaba leyendo si debo hacerla o no. Solo recibo mi sueldo mensual, no tengo ingresos de ninguna otra parte, por lo que segun entiendo, no deberia declarar, sin embargo, mis ingresos anuales superan los $7.609.464; es aquí donde tengo la duda si debo realizar la declaración o no.

    Además de esto, tengo dos dudas más jaja. El año tributario sería de enero a diciembre? o marzo a marzo?.

    Y, pensaba ahora comenzar a ahorrar mi dinero en un deposito a plazo, anualmente, este me daria menos de 20 UTM. En caso de que ahora no tuviese que declarar renta, al tener un DAP, tendria que comenzar a declarar?

    Gracias!! y perdón lo perdida :(

  7. en respuesta a Marcos Ortega
    -
    Top 10
    #29
    16/05/18 05:53

    Hola Marcos,
    Lo puedes revisar en la página web del SII, consultando el estado de tu declaración.
    Si quieres saber más sobre la devolución de impuestos puedes consultar el siguiente post: ¿Cómo saber si tengo devolución de impuestos en 2018?
    Saludos.

  8. Nuevo
    #28
    14/05/18 09:01

    Hola como puedo saber si me corresponde devolución de impuesto

  9. en respuesta a Alejandrobusinessman
    -
    Top 10
    #27
    27/04/18 07:39

    Hola,
    Así es, estás igualmente obligado a declarar. Pero ten en cuenta que las declaraciones sin movimiento no se pueden realizar por papel, por lo que puedes presentarla por Internet, a través de la sección Impuestos Mensuales, opción Declarar F29 sin movimiento.
    Saludos.

  10. Nuevo
    #26
    26/04/18 13:32

    hola, soy Primera Categoría Régimen Del Artículo 14 Ter De La Ley De La Renta, no tengo movimiento desde el 2016 y estoy obligado a declarar COMO SE DECLARA NECESITO INGRESAR ALGUNA INFORMACIÓN ADICIONAL O SOLO LO QUE APARECE INFORMADO EN LA PAGINA DEL FORMULARIO

  11. en respuesta a Ricardo F
    -
    Top 10
    #25
    16/04/18 11:51

    Hola Ricardo, aquí tienes un artículo muy completo sobre el formulario 22, espero que te pueda servir: Formulario 22: qué es, para qué sirve y cómo llenarlo

  12. Nuevo
    #24
    15/04/18 16:16

    Hola:
    Soy contribuyente del 14 ter, contabilidad simplificada.
    Envíe mi DJ 1924 está aceptada. Agradeceré me indiquen en que líneas del f22 debo indicar mis ingresos y los gastos. Al final obtuve pérdida.
    Gracias.

  13. en respuesta a Maria070
    -
    Top 10
    #23
    06/04/18 08:01

    Hola Maria,
    Todo contribuyente de Primera Categoría del Impuesto a la Renta, se encuentra obligado a presentar las declaraciones F29 o F50 según el caso, en forma mensual. Si dentro del periodo a declarar, no has tenido movimientos, debes igualmente presentar tu declaración sin movimientos. Para esto tienes 2 alternativas, presentar el formulario por declaración completa en blanco y validarlo, o seleccionar la opción declaración sin movimientos en la página web del SII.
    Saludos.

  14. en respuesta a Rene Herrera
    -
    Top 10
    #22
    06/04/18 07:49

    Hola Rene,
    Así es, si tenías la obligación de realizar la renta de 2017 y no la realizaste debes regularizar tu situación, presentando su declaración anual de impuesto a la renta a través de Internet, en la página web del SII.

    Saludos.

  15. en respuesta a Patriciolav2018
    -
    Top 10
    #21
    06/04/18 07:47

    Hola,
    Así es, lamento decirte que si retiras el dinero de tu APV con anticipación a tu jubilación estás obligado a pagar un impuesto único similar al global complementario, para lo cuál la AFP te retiene un 15% de lo retirado. Si requieres de más información acerca de este tema puedes consultar el siguiente post: ¿Puedo retirar mi APV?
    Saludos.

Operación Renta