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¿Cómo se calculan las vacaciones de un trabajador?

¿Cómo se calculan las vacaciones de un trabajador?

Las vacaciones son necesarias para que el trabajador descanse y pueda tener, así, un buen rendimiento laboral. Pero existen muchas dudas acerca de cómo se calculan o se ganan los días de vacaciones, así como las vacaciones proporcionales. En el siguiente post vamos a explicar los aspectos y dudas más relevantes del cálculo de las vacaciones de los trabajadores. 
Las vacaciones son el descanso remunerado al que tiene derecho todo trabajador, pero genera dudas cómo se ganan y cómo se calculan, sobre todo las proporcionales. En Chile, la regla base es de 15 días hábiles al año. Aquí te explicamos cómo se calculan las vacaciones de un trabajador, el feriado progresivo y el proporcional, con ejemplos.

Puntos clave
  • Con más de 1 año de trabajo tienes 15 días hábiles de feriado anual.
  • Acumulas 1,25 días de vacaciones por mes trabajado.
  • El sábado se considera inhábil para el cálculo.
  • Tras 10 años de cotizaciones tienes feriado progresivo.

¿Cuántos días de vacaciones corresponden?

El artículo 67 del Código del Trabajo dispone que los trabajadores con más de un año de servicio tienen derecho a un feriado anual de 15 días hábiles con remuneración íntegra. Algunas reglas importantes:

  • En las regiones de Magallanes y Aysén, y en la provincia de Palena, el feriado es de 20 días hábiles.
  • El feriado se concede de preferencia en primavera o verano, según las necesidades de la empresa.
  • No se pueden acumular más de dos períodos consecutivos.
  • Las vacaciones del trabajador activo no se compensan en dinero.
  • El sábado se considera siempre inhábil para el cálculo (artículo 69).

¿Cómo se calcula el feriado proporcional?

El trabajador acumula 1,25 días de vacaciones por cada mes trabajado. Para períodos incompletos, se toman 1,25 días por mes completo y la proporción del último mes sobre una base de 30 días.

Ejemplo: con 8 meses y 24 días trabajados, acumulas 11 días (8 × 1,25 + 24/30 × 1,25 = 11). Ten en cuenta que febrero, si se trabaja completo, se cuenta como 30 días, y en meses de 31 no se asigna más de 1,25 días.


El feriado debe ser continuo, aunque el exceso sobre 10 días hábiles puede fraccionarse de común acuerdo (no lo puede imponer el empleador). Si durante el feriado sobreviene una licencia médica, el feriado se suspende.

¿Cómo se pagan las vacaciones con remuneración variable?

Cuando la remuneración es variable (comisiones, tratos, primas), el pago de las vacaciones se calcula sobre el promedio de lo ganado en los últimos tres meses trabajados.

¿Qué son las vacaciones progresivas?


Es el derecho a días adicionales de feriado para quienes completan más de 10 años de cotizaciones en cualquier sistema previsional, siempre que lleven al menos 3 años con el mismo empleador. A partir de ahí se suma un día extra cada tres años.

Ejemplo: con 13 años cotizados (3 en la empresa actual + 10 previos), tienes 15 días hábiles más 1 de feriado progresivo; con 16 años, 15 más 2. Al cambiar de empleador, el conteo de los tres años vuelve a empezar.


¿Cómo se calcula el feriado proporcional en un despido?

Si el trabajador deja la empresa, el empleador debe pagarle el feriado proporcional. El cálculo (artículo 73) es:
  1. Divide los días de feriado a que tendría derecho (incluido el progresivo) entre 12 meses.
  2. Multiplica ese resultado por los meses y fracción de meses trabajados hasta el término del contrato.
  3. Cuenta esos días desde el día siguiente al término del contrato, incluyendo sábados, domingos y festivos.

Ejemplo: con 8 meses y 18 días trabajados corresponden 10,75 días hábiles; sumados desde el día siguiente al término e incluyendo días inhábiles, dan 14,75 días, que multiplicados por el sueldo diario es lo que se indemniza.

El feriado proporcional no es la única indemnización del finiquito laboral: revisa también el resto de conceptos al calcularlo.

En contratos de 30 días o menos, el feriado ya se entiende incluido en la remuneración pactada, así que no se calcula feriado proporcional.

Calcula bien tus vacaciones antes de tomarlas

Las vacaciones en Chile son 15 días hábiles al año, que acumulas a razón de 1,25 días por mes, con el sábado siempre inhábil. Si llevas más de 10 años cotizando, súmale el feriado progresivo. 

Y si terminas tu contrato antes de cumplir el año, te corresponde el feriado proporcional. Haz el cálculo con estos criterios para reclamar lo justo.

Preguntas frecuentes sobre el cálculo de vacaciones


15 días hábiles de feriado anual con más de un año de servicio (20 días en algunas regiones extremas).


1,25 días hábiles por cada mes trabajado; así se calcula el feriado proporcional.


Un día adicional de vacaciones tras 10 años de cotizaciones (con al menos 3 años con el mismo empleador), que aumenta cada 3 años.


Solo el feriado proporcional al terminar el contrato; las vacaciones del trabajador activo no se compensan en dinero.


Fuentes consultadas:

  1. Nuevo
    #20
    09/10/19 16:34

    Hola. Yo trabajo por contrato de lunes a sabados, quiero tomarme de vacaciones 2 semanas de vacaciones pero mi empleador quiere que venga a trabajar los sábados. Osea si me tomó desde el 14 de octubre quiere que venga el sabado 19 y 26 a trabajar. Es eso correcto?

  2. #19
    09/10/19 12:05

    Buenas Tardes, tengo una duda, cuando un trabajador disfruta sus vacaciones, el pago de las imposiciones se le hace normal como si trabajara el mes completo?

  3. en respuesta a Maurolopezd
    -
    Top 10
    #18
    06/09/19 07:19

    Hola Mauro,
    El festivo, al no ser un día hábil, no cuenta y se tiene que excluir para determinar el cómputo exacto de los días de vacaciones.
    Saludos!

  4. en respuesta a Gleither Cordova
    -
    Top 10
    #17
    06/09/19 07:16

    Hola Gleither,
    Según la Dirección de Trabajo, el trabajador es quien determina, por regla general, la fecha en que hará uso de su feriado anual (vacaciones), salvo en el caso del feriado colectivo. El empleador de una empresa o establecimiento que tenga más de 5 trabajadores podría negar la aprobación de las vacaciones solicitadas por el trabajador, en el caso que la justificación para ello se encuentre en necesidades de la empresa, esto es, en la medida que no pueda mantener en servicio a lo menos a las cuatro quintas partes del personal de la empresa o establecimiento, pudiendo en ese caso modificar la fecha propuesta por el trabajador, anticipando o postergando para otra oportunidad en que cuente con el porcentaje requerido, esto es, 80% del personal laborando.
    Aquí tienes más información: https://www.dt.gob.cl/portal/1628/w3-article-60178.html

  5. Nuevo
    #16
    30/08/19 10:07

    En chile son 15 días hábiles de vacaciones. Cuando hay feriados en el medio estos no se cuentan en el periodo? se suman? como en el caso de Navidad por ejemplo!

  6. Nuevo
    #15
    28/08/19 21:44

    Hola una consulta me están obligando a tomar mis vacaciones en una fecha que yo no quiero eso es legal que debo hacer para que me las den en la fecha que se me acomode mejor

  7. Nuevo
    #14
    28/08/19 21:42

    Hola buenas una consulta mi jefe me quiere dar las vacaciones.de 10 días pero yo todavía no las quiero agarrar es legal que el te obligue a que las tomes así tu no quieres para la fecha que el me las está dando

  8. Nuevo
    #13
    03/08/19 23:29

    Buenas tardes:
    Una consulta si, solo quiero tomarme un día de vacaciones y que este dia sea viernes, automáticamente se considera sábado y domingo, esto aplica para cualquier tipo de trabajo, lo consulto porque mi marido trabaja en el trasporte público y a ellos no los dejan tomarse un día sino toda la semana para que también descansen sábado y domingo.
    Muchas gracias por la respuesta

  9. Nuevo
    #12
    12/07/19 23:14

    Mi sueldo es variable,para calcular mis vacaciones,se toma el promedio de los ultimos tres meses,pero uno de esos tres meses estuve con 15 dias de licencia medica,como se calculan las vacaciones??

  10. en respuesta a Constanceann
    -
    Top 10
    #11
    16/05/19 06:57

    Hola!
    La ley habla de días hábiles, pero la cuenta del valor diario de salario también debes hacerlo sobre los días hábiles. No tendrás diferencias entonces.

    Por otra parte, en el caso de horario parcial, debes calcular los 15 días hábiles de la siguiente forma:
    Determinarse el valor total de las horas semanales según contrato
    Multiplicar el valor hora por el número de horas semanales convenidas o el valor diario por el número de días que debe laborar de acuerdo al contrato.
    El valor semanal antes obtenido debe multiplicarse por tres, lo que da el 100% de la remuneración íntegra que corresponde pagar por concepto de un feriado de 15 días hábiles más los respectivos días inhábiles comprendidos en dicho lapso.
    Luego debe obtenerse el valor diario del feriado para lo cual se divide el valor total obtenido por 21 (15 días hábiles más 6 días inhábiles).
    Determinado el valor diario, sólo cabe multiplicar el mismo valor diario de feriado básico normal, por el número de días hábiles que corresponde como feriado proporcional, sin perjuicio de los días domingo y demás días inhábiles que se comprendieren en él.

  11. Nuevo
    #10
    11/05/19 02:01

    Hola Ms Granel, soy americana y trabajaba como enfermera mas de 25 años. Ahora mi esposo, un chileno, y yo somos jubilada aqui en Chile. Tenenemos 2 señoras quienes trabajan para nosotros, una para 4 dias, y la otra para 2 dias. Los dos tienen contratos per la ley. Estoy muy confundida sobre la sistema aqui para la remuneracion de vacaciones. La senora que esta aqui 4 dias cumple 1 ano el primero de Junio 2019. Quiere tomar su vacacion empesando el 1 de Junio. Ella gana el sueldo minimo $301000 mensual pero trabajando 8 horas diario 4 dias a la semana. (*$18.810 diario) Si yo pago ella sus dias de vacacion proporcionales, tiene 12 dias, sobre 3 semanas feriadas volviendo a trabajar el 19. Esto parece muy bien. Pero usted dice que tenemos que pagar tambiem los dias del fin de semana, entonces para cada 4 dias de vacacion, realmente estamos pagando para 6 dias de vacacion. Si pagamos a ella para 18 dias, este es $338.580, ya es un pago mas de que ella gana cada mes. Ademas ella va a trabajar 7 dias habiles mas hasta el fin del mes y este llega a un sueldo de $470.250. Un recargo de 36% (+$169.250) Como es este justo al empleador? No hace sentido a mi y no es como paga para vacaciones en los Estados Unidos. Si uno no trabaja 7 dias a la semana, uno no espera ser pagada para 7 dias a la semana para su vacacion. Yo queria ver como este es explicado en la ley de trabajo si es posible. Veo en todas partes de 15 dias de vacacion cada ano, pero debe decir 21 dias de vacaciones si tenemos que pagar para 21 dias de vacacion! Y que pago mi otra trabajadora de 2 dias semanal? 40% de 15 dias o 40% de 21 dias, o 40% de 15 dias mas 6 dias de fines de semanas? Ella gana 6 dias de vacacion de nosotros, entonces ella es pagada para 8 dias para incluir un fin de semana?
    Gracias para su atencion!

  12. en respuesta a Joselizama
    -
    Top 10
    #9
    08/03/19 09:11

    Hola Jose,
    Si no se laboró el mes completo, sí se harán todas las liquidaciones sobre los días que se laboraron en el mes, en tu caso serían 24 días.
    Saludos.

  13. en respuesta a María Granel
    -
    Nuevo
    #7
    07/03/19 17:45

    Hola Maria Granel, pero si yo entre a trabajar el dia 05 de Febrero cuantos dias me corresponden en el mes 24 o 26? si me puedes ayudar

  14. en respuesta a Nattsanchez
    -
    Top 10
    #6
    06/03/19 07:42

    Hola Natt,
    El mes de febrero se debe considerar como un mes de 30 días a efectos laborales.
    "Mes" para la legislación laboral es aquella unidad de tiempo que dura un período continuo que se cuenta desde un día señalado hasta otro de igual fecha en el mes siguiente, sin que sea necesario que se extienda del día primero al 28, 29, 30 ó 31.
    Aquí tienes más información de la Dirección de Trabajo sobre ello: https://www.dt.gob.cl/portal/1628/w3-article-60243.html
    Saludos.

  15. en respuesta a Isidoraisidora
    -
    Top 10
    #5
    06/03/19 07:34

    Hola Isidora,
    Si el trabajador renuncia tiene igualmente derecho a lo correspondiente al feriado anual y proporcional, calculado de la misma forma que si el mismo hubiera sido despedido. Aquí tienes más información sobre cómo calcular el finiquito laboral: ¿Cómo puedo calcular mi finiquito laboral?
    Saludos.

  16. Nuevo
    #4
    05/03/19 21:39

    Hola, tengo una consulta. Acabo de recibir mi liquidación de febrero 2019 y en días trabajados me aparece: 28 días, y me descontaron esos 2 días sólo por el hecho de que el mes tiene 28 días... es esto legal? Y de no serlo, donde puedo encontrar la normativa?

  17. Nuevo
    #3
    05/03/19 14:25

    Buenas tardes, en el caso de que mi trabajador renuncie, como debo calcular las vacaciones que le corresponden para pagárselas?

  18. en respuesta a Lilisofy
    -
    Top 10
    #2
    07/01/19 11:50

    Buen día,
    Aquí tienes información completa sobre cómo calcular la indemnización por despedido respecto al feriado anual: Indemnizaciones por despido: ¿Cómo se calculan?
    Saludos.

  19. Nuevo
    #1
    02/01/19 03:21

    Hola, excelente aporte pero,... me surgió una duda con respecto al pago de vacaciones en caso de finiquito. Cuando se realiza el cálculo de monetización para las vacaciones, ¿se debería incluir dentro del los valores, la gratificación legal, bono de asistencia, movilización, y horas extras o solo se calcula por el sueldo base? Gracias ;)...

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