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Prohibición de la ventas atadas

2 respuestas
Prohibición de la ventas atadas
Prohibición de la ventas atadas
#1

Prohibición de la ventas atadas

Abro este hilo para informar a la gente que cuando acudimos a una Institución financiera o de consumo, no nos pueden obligar a contratar otros productos o servicios asociados al producto origen de la compra. Todo lo que nos ofrezcan deben contratarse por separado y siempre se deben de comprar de forma voluntaria.

Por ejemplo si al cotizar un crédito nos quieren obligar a contratar un seguro de vida asociado a él, podemos cotizar ese en otras entidades y si nos interesa contratarlo en otro sitio, no nos pueden obligar a realizar una venta atada. Mas información en el SERNAC.

#3

Re: Prohibición de la ventas atadas

En la actualidad todos los contratos que firmamos son por adhesión, el consumidor no tiene opción de modificar casi ningún aspecto del contrato, que por supuesto está elaborado para defender los intereses del emisor, es papel del gobierno que a través de las leyes pongan limitaciones legales en las clausulas abusivas de muchos contratos, como por ejemplo:

-Tipos de interés de demora abusivos
-Diferencias entre la fecha valor y la fecha de operación

Esto es una batalla perdida, pero si que podemos negarnos a firmar contratos asociados a un producto y si es requisito imprescindible, pues con demostrar que ya está contratado con otra entidad y que la garantía está resguardada será suficiente, por ejemplo en un crédito hipotecario la ley obliga a tener un seguro de incendio de la vivienda durante el tiempo de vida del crédito, no tenemos porque contratarlo en el banco, se puede hacer en otra entidad.
saludos

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