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Asignación familiar 2026: consulta, monto y requisitos

¿Eres beneficiario de la asignación familiar 2026? Te indicamos los tramos de ingreso, los montos por carga (de $22.007 a $4.267), quién tiene derecho, los requisitos y cómo y dónde se cobra este subsidio estatal en Chile.
¿Eres beneficiario de la asignación familiar 2026? Este subsidio estatal paga un monto mensual por cada carga familiar acreditada y en 2026 va de $22.007 a $4.267 por carga según tu ingreso. Aquí te explicamos quién tiene derecho, los requisitos, los tramos de ingreso, los montos y cómo y dónde se cobra.

Hay varios subsidios de asignación familiar
Puntos clave
  • La asignación familiar paga un monto mensual por cada carga acreditada.
  • En 2026 va de $22.007 a $4.267 por carga, según tu ingreso.
  • Sin pago si tu ingreso supera los $1.439.668 mensuales.
  • Si la carga tiene discapacidad, el monto se duplica.

¿Qué es la asignación familiar?

La asignación familiar es un beneficio o subsidio estatal pensado para trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados, por las personas que vivan bajo su cuidado y cumplan los requisitos que establece la ley. El pago se realiza mensualmente. 

El Sistema de Prestaciones Familiares está conformado por cuatro beneficios:
  • Asignación Familiar
  • Asignación Maternal
  • Subsidio Familiar (SUF)
  • Subsidio Maternal

¿Quiénes acceden a las asignaciones familiares?

Las asignaciones familiares son para quienes perciben ingresos, cotizan en el sistema previsional y proveen a sus familias. Los subsidios, en cambio, son para personas o grupos familiares que no perciben ingresos ni cuentan con cotizaciones.

El dinero se otorga a un beneficiario/a por las personas que cumplen los requisitos para generar el beneficio, a quienes se llama causantes o cargas familiares acreditadas.

Asignación familiar 2026: ¿quién tiene derecho?

La asignación familiar está dirigida a trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados, por las personas que vivan bajo su cuidado y cumplan los requisitos del DFL 150 de 1981. Tienen derecho:
  • Trabajadores dependientes del sector público y privado.
  • Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP (que hayan acreditado cargas en el IPS).
  • Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1 de enero de 1974 (con la Asignación Familiar entre sus beneficios).
  • Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
  • Pensionados de cualquier régimen.
  • Beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años (solo cargas por su descendencia).
  • Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
  • Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
  • Beneficiarios de PBS de Vejez o Invalidez (solo por su descendencia).
  • Personas naturales con niños a su cargo por resolución judicial.
  • Trabajadores con derecho al Fondo de Cesantía Solidario que al quedar cesantes percibían asignación familiar.
Estos son los tramos de ingreso y los montos por carga vigentes en 2026 (Ley 21.751):
Tramo
Ingreso mensual
Monto por carga
A
Hasta $631.976
$22.007
B
$631.977 a $923.067
$13.505
C
$923.068 a $1.439.668
$4.267
D
Sobre $1.439.668
Sin pago (mantiene calidad de carga para salud)

Personas por las que se cobra la asignación familiar

Las personas por las que se cobra la asignación familiar son:
  • Cónyuge.
  • Cónyuge embarazada.
  • Trabajadora embarazada.
  • Cónyuge masculino (cuando sea inválido y viva a expensas de su mujer).
  • Menores al cuidado de una persona natural por resolución judicial.
  • Hijos o hijastros (hasta los 18 años, o 24 años): solteros y estudiantes regulares en instituciones del Estado o reconocidas por este. También los hijos inválidos de cualquier edad.
  • Nietos y bisnietos huérfanos de padre o madre o abandonados (mismos requisitos que los hijos).
  • Madre viuda (sin requisito de edad).
  • Padres, abuelos u otros ascendientes mayores de 65 años o inválidos de cualquier edad.
  • Niños huérfanos o abandonados e inválidos a cargo de instituciones del Estado o reconocidas.

Poderes y autorizaciones

Existen poderes a terceros para cobrar. Para los subsidios Familiar y Maternal, deben autorizarlos notarios (u oficiales del Registro Civil donde no haya notarios) o un funcionario competente del Instituto de Previsión Social; su duración es de 1 año desde la autorización.

Para las asignaciones Familiar y Maternal, se solicita el pago directo a la cónyuge, a los causantes mayores de edad o a la persona a cargo, sin necesitar el consentimiento del beneficiario con el derecho inicial.

Asignación familiar: requisitos

Los requisitos que el solicitante debe presentar son: 
  • Cédula de identidad vigente del beneficiario.
  • Certificado de alumno regular, para estudiantes de entre 18 y 24 años.
  • Dictamen de invalidez de la COMPIN, para cargas o causantes inválidos.
  • Informe social sobre la condición de abandono, para cargas o causantes abandonados.
  • Sentencia judicial ejecutoriada del tribunal de familia o certificado de nacimiento con la subinscripción de dicha sentencia.
  • Trabajadores independientes obligados a cotizar: acreditar al menos un pago previsional de cotizaciones o haber recibido una renta del artículo 22 N° 2 de la Ley de la Renta, a contar de enero de 2012.

Asignación familiar: monto

La asignación familiar da derecho a percibir, por cada carga familiar acreditada, un monto que varía según el sueldo del beneficiario. Los montos vigentes desde enero de 2026 (Ley 21.751) son de $22.007 por carga en el primer tramo y disminuyen en los tramos siguientes hasta $4.267. Si tu ingreso supera los $1.439.668 mensuales no tienes derecho al pago, pero conservas la calidad de carga para efectos de salud y otras prestaciones. Si la carga tiene discapacidad acreditada ante la COMPIN, el monto se duplica en todos los tramos (por ejemplo, $44.014 en el primer tramo).

Importante al solicitar la asignación

  • Los extranjeros con cédula de identidad vencida pueden hacer el trámite con su pasaporte y certificado de visa en trámite.
  • La asignación familiar por invalidez da derecho al doble de la asignación correspondiente.
  • Que el monto de la asignación sea 0 no hace perder la condición de carga para otros efectos, como el sistema de salud o los servicios de bienestar.

¿Cómo solicitar la asignación familiar?

Para solicitar la asignación familiar debes tener reconocidas y acreditadas tus cargas familiares. Presenta los documentos ante el organismo que administra las cargas del trabajador (caja de compensación, AFP, IPS, entre otros). Una vez reconocido el derecho, empezarás a recibir el pago.

Asignación familiar: documentos requeridos

Los documentos que debes reunir son: 
  • Cédula de identidad vigente del beneficiario.
  • Certificado de alumno regular, para estudiantes de entre 18 y 24 años.
  • Dictamen de invalidez de la COMPIN, para cargas o causantes inválidos.
  • Informe social sobre la condición de abandono, para cargas o causantes abandonados.
  • Sentencia judicial ejecutoriada del tribunal de familia o certificado de nacimiento con la subinscripción.
  • A 1 Formulario Solicitud de Asignación Familiar y Maternal (206 kB): descárgalo, imprímelo y llévalo a un Centro de Atención IPS-ChileAtiende.
  • A 2 Declaración Jurada Ingresos Nuevos Beneficiarios (195,5 kB): descárgalo, imprímelo y llévalo a un Centro de Atención IPS-ChileAtiende.

El IPS-ChileAtiende obtiene de forma interna y gratuita los antecedentes previsionales y los certificados de nacimiento, matrimonio o defunción, por lo que no necesitas presentarlos.

Asignación familiar: ¿dónde se cobra?

El pago de la asignación familiar es mensual para pensionados y trabajadores dependientes afiliados al sistema previsional (AFP y ex cajas, hoy IPS). Los trabajadores independientes lo reciben una vez al año.

Las formas de cobro son:
  • Trabajadores dependientes: la paga el empleador junto con la remuneración.
  • Trabajadores independientes: la paga el IPS.
  • Pensionados: la paga la misma entidad que abona la pensión.
  • Subsidios de cesantía: se paga junto con el subsidio.

También hay pago directo al causante cuando corresponde: a la madre con quien vivan los hijos menores, al cónyuge o hijos mayores de edad, o a la persona a cargo del causante si el beneficiario se rehúsa a cobrar.

Cómo aprovechar bien la asignación familiar

La asignación familiar es un beneficio que muchos trabajadores dejan pasar por no acreditar sus cargas. Revisa tu tramo de ingreso, reúne los documentos de cada carga y preséntalos ante la entidad que paga tus cotizaciones. Aunque el monto por carga no sea alto, mantener la calidad de carga te da acceso a salud y otros beneficios. Y si no cotizas, revisa si te corresponde el Subsidio Familiar (SUF).

Preguntas Frecuentes sobre la asignación familiar


En 2026 el monto va de $22.007 por carga en el primer tramo hasta $4.267 en el tercero, según tu ingreso mensual. Si la carga tiene discapacidad, el monto se duplica.


Pueden ser cargas el cónyuge sin ingresos propios, los hijos e hijastros hasta los 18 años (o 24 si estudian), los nietos huérfanos, y los ascendientes mayores de 65 años o inválidos, entre otros.


La asignación familiar es para quienes cotizan y proveen a su familia; el SUF es para familias de bajos ingresos que no están afiliadas a un sistema previsional.


Puedes consultar en ChileAtiende o en el IPS con tu cédula. El pago lo realiza tu empleador si eres dependiente, el IPS si eres independiente, o la entidad que paga tu pensión si eres pensionado.

Fuentes citadas
  1. en respuesta a Rosa Novoa Proboste
    -
    Top 10
    #480
    05/07/20 09:03
     Hola Rosa

    Puedes consultar aquí
    https://persona.ipsenlinea.cl/IpsEnLinea/web/ingresoPersonas.jsf

    Saludos! 
  2. Nuevo
    #479
    03/07/20 14:17
    cuando  sera el pago de asignacion familiar correspondiente al año 2019

  3. en respuesta a Esgiloprogreso
    -
    Top 10
    #478
    08/06/20 17:13
    Haz el reclamo en el 101
  4. Nuevo
    #476
    08/06/20 16:08
    Cómo puedo saber si me llegó el aporte familiar si las postulaciones se fueron el 23 de abril...?
  5. Nuevo
    #475
    08/06/20 07:29
    Si estas registrado con carga familiar .... Y no resives el beneficio retroactivo..... ¿Cómo se regulariza este tema? 
  6. en respuesta a Mastegame
    -
    Top 10
    #474
    01/06/20 14:19
     

    Llas personas que tienen derecho a la asignación familiar 2020 son las siguientes:

    • Trabajadores dependientes sector público y privado.
    • Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP (los que hayan acreditado cargas en el IPS).
    • Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974 (deben estar contemplados entre sus beneficios el de Asignación Familiar).
    • Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
    • Pensionados de cualquier régimen.
    • Los beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años. No obstante sólo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.
    • Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
    • Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
    • Beneficiarios de PBS de Vejez o Invalidez. Solo en relación con su descendencia.
    • Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.
    • Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.

    Para poder solicitar la asignación familiar, la persona debe tener reconocidas y acreditadas sus cargas familiares. Para ello, hay que presentar los documentos ante el organismo que se encarga de administrar las cargas familiares del trabajador: caja de compensación, AFP, IPS, entre otras entidades. Una vez que hayamos reconocido nuestro derecho, empezaremos a recibir el pago de la asignación familiar. 
     
    Saludos!
  7. en respuesta a Veronica Castillo Ma
    -
    Top 10
    #473
    01/06/20 14:17
    Hola Veronica!

    Solo podrás recibir la Asignación familiar por Hijos o hijastros (hasta los 18 años o 24 años, respectivamente): solteros, que sean estudiantes regulares en instituciones del Estado o reconocidos por éste. O bien por los hijos inválidos de cualquier edad. 

    Saludos
  8. en respuesta a Evelynparraparedes
    -
    Top 10
    #472
    01/06/20 14:15
  9. Nuevo
    #471
    01/06/20 11:52
    Fecha de pago asignacion familiar
  10. Nuevo
    #470
    31/05/20 13:11
    fecha de pago juno


  11. Nuevo
    #469
    31/05/20 11:07
    De acuerdo 

  12. Nuevo
    #468
    31/05/20 08:46
    Sres con esa cantidad de seguro doy pie para mi casa y de seguro me alcanza para la casucha del bobi (mi perro) .
    No les da vergüenza hacer tantas exigencias para esta miseria, ¡con la mano en el corazón que opinan ustedes a!
  13. Nuevo
    #466
    30/05/20 20:00
    Yo no estoy recibiendo el familiar tengo 4 hijo Menores y como lo puedo hacer?
  14. Nuevo
    #464
    30/05/20 19:23
    Este sistema prehistórico que piden de forma presencial ir a extinguir cargas lo encuentro lo más estúpido que puede existir! Ahora que existen miles de formas de hacer trámites en línea no cuesta nada hacer una plataforma para este trámite y que sea interno de las cajas y los otros sistemas... Pura pérdida de tiempo y riesgo de enfermarse! Con razón el país está como esta... Solo les preocupa cuando uno solicita encalillarse o afiliarse a su caga de sistema! 
  15. Nuevo
    #463
    30/05/20 10:43
    Hola..mi consulta mi hija de 17 me la retiraron de mi subsidio y mi hijo que estudia cuando cumplio 18 tambien..eso es correcto o deberia seguir resiviendo por ellos..yo soy comerciante ambulante..
  16. en respuesta a Gabbi Miia Bj
    -
    Top 10
    #462
    27/05/20 13:00
     Hola Gabbi

    Puedes consultar aquí
    https://persona.ipsenlinea.cl/IpsEnLinea/web/ingresoPersonas.jsf
    Saludos! 
  17. Nuevo
    #461
    25/05/20 17:13
    Cuando cobro