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Asignación familiar 2026: consulta, monto y requisitos

¿Eres beneficiario de la asignación familiar 2026? Te indicamos los tramos de ingreso, los montos por carga (de $22.007 a $4.267), quién tiene derecho, los requisitos y cómo y dónde se cobra este subsidio estatal en Chile.
¿Eres beneficiario de la asignación familiar 2026? Este subsidio estatal paga un monto mensual por cada carga familiar acreditada y en 2026 va de $22.007 a $4.267 por carga según tu ingreso. Aquí te explicamos quién tiene derecho, los requisitos, los tramos de ingreso, los montos y cómo y dónde se cobra.

Hay varios subsidios de asignación familiar
Puntos clave
  • La asignación familiar paga un monto mensual por cada carga acreditada.
  • En 2026 va de $22.007 a $4.267 por carga, según tu ingreso.
  • Sin pago si tu ingreso supera los $1.439.668 mensuales.
  • Si la carga tiene discapacidad, el monto se duplica.

¿Qué es la asignación familiar?

La asignación familiar es un beneficio o subsidio estatal pensado para trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados, por las personas que vivan bajo su cuidado y cumplan los requisitos que establece la ley. El pago se realiza mensualmente. 

El Sistema de Prestaciones Familiares está conformado por cuatro beneficios:
  • Asignación Familiar
  • Asignación Maternal
  • Subsidio Familiar (SUF)
  • Subsidio Maternal

¿Quiénes acceden a las asignaciones familiares?

Las asignaciones familiares son para quienes perciben ingresos, cotizan en el sistema previsional y proveen a sus familias. Los subsidios, en cambio, son para personas o grupos familiares que no perciben ingresos ni cuentan con cotizaciones.

El dinero se otorga a un beneficiario/a por las personas que cumplen los requisitos para generar el beneficio, a quienes se llama causantes o cargas familiares acreditadas.

Asignación familiar 2026: ¿quién tiene derecho?

La asignación familiar está dirigida a trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados, por las personas que vivan bajo su cuidado y cumplan los requisitos del DFL 150 de 1981. Tienen derecho:
  • Trabajadores dependientes del sector público y privado.
  • Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP (que hayan acreditado cargas en el IPS).
  • Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1 de enero de 1974 (con la Asignación Familiar entre sus beneficios).
  • Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
  • Pensionados de cualquier régimen.
  • Beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años (solo cargas por su descendencia).
  • Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
  • Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
  • Beneficiarios de PBS de Vejez o Invalidez (solo por su descendencia).
  • Personas naturales con niños a su cargo por resolución judicial.
  • Trabajadores con derecho al Fondo de Cesantía Solidario que al quedar cesantes percibían asignación familiar.
Estos son los tramos de ingreso y los montos por carga vigentes en 2026 (Ley 21.751):
Tramo
Ingreso mensual
Monto por carga
A
Hasta $631.976
$22.007
B
$631.977 a $923.067
$13.505
C
$923.068 a $1.439.668
$4.267
D
Sobre $1.439.668
Sin pago (mantiene calidad de carga para salud)

Personas por las que se cobra la asignación familiar

Las personas por las que se cobra la asignación familiar son:
  • Cónyuge.
  • Cónyuge embarazada.
  • Trabajadora embarazada.
  • Cónyuge masculino (cuando sea inválido y viva a expensas de su mujer).
  • Menores al cuidado de una persona natural por resolución judicial.
  • Hijos o hijastros (hasta los 18 años, o 24 años): solteros y estudiantes regulares en instituciones del Estado o reconocidas por este. También los hijos inválidos de cualquier edad.
  • Nietos y bisnietos huérfanos de padre o madre o abandonados (mismos requisitos que los hijos).
  • Madre viuda (sin requisito de edad).
  • Padres, abuelos u otros ascendientes mayores de 65 años o inválidos de cualquier edad.
  • Niños huérfanos o abandonados e inválidos a cargo de instituciones del Estado o reconocidas.

Poderes y autorizaciones

Existen poderes a terceros para cobrar. Para los subsidios Familiar y Maternal, deben autorizarlos notarios (u oficiales del Registro Civil donde no haya notarios) o un funcionario competente del Instituto de Previsión Social; su duración es de 1 año desde la autorización.

Para las asignaciones Familiar y Maternal, se solicita el pago directo a la cónyuge, a los causantes mayores de edad o a la persona a cargo, sin necesitar el consentimiento del beneficiario con el derecho inicial.

Asignación familiar: requisitos

Los requisitos que el solicitante debe presentar son: 
  • Cédula de identidad vigente del beneficiario.
  • Certificado de alumno regular, para estudiantes de entre 18 y 24 años.
  • Dictamen de invalidez de la COMPIN, para cargas o causantes inválidos.
  • Informe social sobre la condición de abandono, para cargas o causantes abandonados.
  • Sentencia judicial ejecutoriada del tribunal de familia o certificado de nacimiento con la subinscripción de dicha sentencia.
  • Trabajadores independientes obligados a cotizar: acreditar al menos un pago previsional de cotizaciones o haber recibido una renta del artículo 22 N° 2 de la Ley de la Renta, a contar de enero de 2012.

Asignación familiar: monto

La asignación familiar da derecho a percibir, por cada carga familiar acreditada, un monto que varía según el sueldo del beneficiario. Los montos vigentes desde enero de 2026 (Ley 21.751) son de $22.007 por carga en el primer tramo y disminuyen en los tramos siguientes hasta $4.267. Si tu ingreso supera los $1.439.668 mensuales no tienes derecho al pago, pero conservas la calidad de carga para efectos de salud y otras prestaciones. Si la carga tiene discapacidad acreditada ante la COMPIN, el monto se duplica en todos los tramos (por ejemplo, $44.014 en el primer tramo).

Importante al solicitar la asignación

  • Los extranjeros con cédula de identidad vencida pueden hacer el trámite con su pasaporte y certificado de visa en trámite.
  • La asignación familiar por invalidez da derecho al doble de la asignación correspondiente.
  • Que el monto de la asignación sea 0 no hace perder la condición de carga para otros efectos, como el sistema de salud o los servicios de bienestar.

¿Cómo solicitar la asignación familiar?

Para solicitar la asignación familiar debes tener reconocidas y acreditadas tus cargas familiares. Presenta los documentos ante el organismo que administra las cargas del trabajador (caja de compensación, AFP, IPS, entre otros). Una vez reconocido el derecho, empezarás a recibir el pago.

Asignación familiar: documentos requeridos

Los documentos que debes reunir son: 
  • Cédula de identidad vigente del beneficiario.
  • Certificado de alumno regular, para estudiantes de entre 18 y 24 años.
  • Dictamen de invalidez de la COMPIN, para cargas o causantes inválidos.
  • Informe social sobre la condición de abandono, para cargas o causantes abandonados.
  • Sentencia judicial ejecutoriada del tribunal de familia o certificado de nacimiento con la subinscripción.
  • A 1 Formulario Solicitud de Asignación Familiar y Maternal (206 kB): descárgalo, imprímelo y llévalo a un Centro de Atención IPS-ChileAtiende.
  • A 2 Declaración Jurada Ingresos Nuevos Beneficiarios (195,5 kB): descárgalo, imprímelo y llévalo a un Centro de Atención IPS-ChileAtiende.

El IPS-ChileAtiende obtiene de forma interna y gratuita los antecedentes previsionales y los certificados de nacimiento, matrimonio o defunción, por lo que no necesitas presentarlos.

Asignación familiar: ¿dónde se cobra?

El pago de la asignación familiar es mensual para pensionados y trabajadores dependientes afiliados al sistema previsional (AFP y ex cajas, hoy IPS). Los trabajadores independientes lo reciben una vez al año.

Las formas de cobro son:
  • Trabajadores dependientes: la paga el empleador junto con la remuneración.
  • Trabajadores independientes: la paga el IPS.
  • Pensionados: la paga la misma entidad que abona la pensión.
  • Subsidios de cesantía: se paga junto con el subsidio.

También hay pago directo al causante cuando corresponde: a la madre con quien vivan los hijos menores, al cónyuge o hijos mayores de edad, o a la persona a cargo del causante si el beneficiario se rehúsa a cobrar.

Cómo aprovechar bien la asignación familiar

La asignación familiar es un beneficio que muchos trabajadores dejan pasar por no acreditar sus cargas. Revisa tu tramo de ingreso, reúne los documentos de cada carga y preséntalos ante la entidad que paga tus cotizaciones. Aunque el monto por carga no sea alto, mantener la calidad de carga te da acceso a salud y otros beneficios. Y si no cotizas, revisa si te corresponde el Subsidio Familiar (SUF).

Preguntas Frecuentes sobre la asignación familiar


En 2026 el monto va de $22.007 por carga en el primer tramo hasta $4.267 en el tercero, según tu ingreso mensual. Si la carga tiene discapacidad, el monto se duplica.


Pueden ser cargas el cónyuge sin ingresos propios, los hijos e hijastros hasta los 18 años (o 24 si estudian), los nietos huérfanos, y los ascendientes mayores de 65 años o inválidos, entre otros.


La asignación familiar es para quienes cotizan y proveen a su familia; el SUF es para familias de bajos ingresos que no están afiliadas a un sistema previsional.


Puedes consultar en ChileAtiende o en el IPS con tu cédula. El pago lo realiza tu empleador si eres dependiente, el IPS si eres independiente, o la entidad que paga tu pensión si eres pensionado.

Fuentes citadas
  1. Nuevo
    #40
    21/07/17 00:28

    Holaaa ..soy extranjera con residencia definitiva ,tengo una bebé de4meses .vivo de allegada en la casa de mi suegra..tendría posibilidades d algún subsidio ...como lo haría ...ayudeme por favor.

  2. en respuesta a Andrea Broseta
    -
    Nuevo
    #38
    30/06/17 10:36

    👍👍👍

  3. en respuesta a Cebeat
    -
    Top 10
    #37
    30/06/17 07:37

    Espero que tengas suerte y te paguen lo antes posible. Sería genial si nos contarás el trámite que tienes que hacer por si hay más gente en la misma situación. Saludos!!

  4. en respuesta a Andrea Broseta
    -
    Nuevo
    #36
    30/06/17 07:29

    Ok.muchas gracias.

  5. en respuesta a Cebeat
    -
    Top 10
    #35
    30/06/17 05:32

    Hola, deberás realizar una reclamación ante la Superintendencia de Seguridad Social o preguntar como va el trámite y porque todavía no te han dado el dinero.

  6. Nuevo
    #34
    29/06/17 11:59

    Hola no,si ya me finiquitaron y no me pagaron nada de eso.que puedo hacer en este caso???

  7. en respuesta a Daniela Vásquez Hern
    -
    Top 10
    #33
    29/06/17 09:38

    Hola Daniela, el sistema no se encarga, debes ingresar a servicios con tu RUT e ir a declaraciones juradas y completar el formulario de declaración jurada.

  8. en respuesta a Cebeat
    -
    Top 10
    #32
    29/06/17 09:36

    Hola, pues según indican en ChileAtiende el plazo máximo es de 40 días hábiles. Y se supone que el pago retroactivo se ve reflejado en la liquidación de su pensión. ¿No ha sido así?

  9. en respuesta a Andrea Broseta
    -
    Nuevo
    #31
    28/06/17 14:21

    Ok muchas gracias

  10. en respuesta a Andrea Broseta
    -
    Nuevo
    #29
    28/06/17 14:18

    Hola no, no lo he hecho creo que el sistema se encarga de hacerlo

  11. en respuesta a Andrea Broseta
    -
    Nuevo
    #28
    28/06/17 11:35

    Hola si ya lo hice pero en marzo por eso quisiera saber cuánto se demora porq yo ya no estoy trabajando ahí.

  12. en respuesta a Cebeat
    -
    Top 10
    #27
    28/06/17 09:54

    Hola, según tengo entendido debes solicitar el pago retroactivo, lo has hecho?

  13. Nuevo
    #25
    28/06/17 08:16

    Hola mi consulta es la siguiente:yo hice el trámite de asignación familiar en marzo mi empleador me las empezó a cancelar desde abril en eso no hay problema lo q pasa es en pago retroactivo cuanto se demora para q te paguen ese dinero ??? Gracias

  14. Nuevo
    #24
    27/06/17 13:38

    Hola necesito saber porfavor si una persona que a tenido el benefició del bono mujer por 4 años que es lo que dura el benefició, tiene derecho a postular denuevo

  15. en respuesta a Nicol Seguel
    -
    Top 10
    #23
    23/06/17 06:11

    Hola Nicol, supongo que podrás realizar el pago el día siguiente, es decir, el martes.

  16. Nuevo
    #22
    22/06/17 22:51

    hola tengo una duda es q mi pago es el dia martes 27 yo podria ir mañana en la tarde a pagarme ya que el lunes es feriado???

  17. en respuesta a Daniela Vásquez Hern
    -
    Top 10
    #21
    20/06/17 09:49
     la reliquidación depende de lo siguiente: se determina la diferencia entre el subsidio calculado anualmente, en proporción a los meses donde tuviste vigente el subsidio y los pagos provisionales mensuales efectuados. Entonces dependiendo de si el saldo es a favor o existen pagos en exceso, te devolverán dinero o tu deberás reintegrarlo. Por lo que deberás esperar para ver si el cálculo es positivo o negativo. Espero que te haya servido de ayuda.