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¿Qué quiere decir que una deuda está prescrita?

¿Qué quiere decir que una deuda está prescrita?

Las entidades bancarias y financieras tienen como finalidad generar ganancias a partir de los depósitos que hacen sus clientes y de los intereses que estos cobran por prestar dinero. Pero para acceder a ellos el banco hace una evaluación del cliente a fin de comprobar que será capaz de pagar sus deudas. Sin embargo, en algunos casos se presenta una prescripción de la deuda. ¿Qué quiere decir que una deuda está prescrita?

 

¿Qué quiere decir que una deuda está prescrita?

 

 

Prescripción de una deuda - ¿Qué es?

Básicamente, se entiende que una deuda está prescrita, es decir, el deudor se libera de pagarla, cuando el acreedor deja pasar el plazo de prescripción de la deuda y no ejerce su derecho a demandar para cobrarla. Si deja pasar este plazo y no ha cobrado la deuda ante las autoridades judiciales, se entenderá que el acreedor renunció a su derecho a recuperar el dinero, es decir, se prescribió la deuda.

Cuando una persona adquiere una deuda es obvio que su responsabilidad es pagarla a tiempo. Sin embargo, debido a varios factores, muchos deudores entran en un estado de morosidad cuando comienzan a atrasarse en el pago de las cuotas de su deuda. Cuando esto ocurre, entran en funcionamiento las cláusulas del contrato para que el acreedor demande los pagos.

Sin embargo, cuando el deudor se escapa de su obligación, la deuda entra en un lapso de tiempo conocido como período de prescripción de deuda. Este plazo es el tiempo que tiene disponible un acreedor para cobrar el dinero adeudado a través de una demanda contra el cliente y recuperar la deuda.

Este período de prescripción de la deuda entra en vigencia desde el momento en que se inicia la mora, a partir de lo cual entra en vigencia el período establecido por la ley, el cual varía de un país a otro e incluso internamente. Este período puede ser interrumpido bajo los siguientes criterios:

  • Cuando el acreedor ejerce su derecho a reclamar el pago de la deuda a través de una demanda ante un juzgado según lo establezca la ley. En saco de no ser aceptada la demanda por las autoridades competentes, el período de prescripción de la deuda no se ve interrumpido.
  • Cuando el acreedor haga una interpelación al deudor para que cumpla con el pago y que debe ser realizada ante una autoridad judicial. Es decir, si un acreedor cobra la deuda simplemente de palabra, con una conversación vía telefónica o por cualquier otro medio de comunicación particular, no se tomará como interrupción del período de prescripción de la deuda.
  • Si el deudor, sea por voluntad o por una demanda judicial, reconoce y paga sus deudas, el plazo de prescripción de la deuda queda interrumpido.
  • Si se otorga una prórroga para el pago de la deuda, el período de prescripción de la deuda entrará en vigencia solo después de vencido este plazo y si el deudor aún continúa moroso.
  • El plazo de prescripción de una deuda también puede verse interrumpido por la repactación de la deuda, esto es cuando el acreedor y el deudor llegan a un acuerdo para modificar las condiciones originales del contrato de deuda para que sea más accesible de pagar. Esto ocurre tanto si la repactación de la deuda es en la misma entidad como si se vendió la deuda a otra entidad con mejores condiciones.

Es importante aclarar en este punto que no quiere decir que las deudas venzan, solo se prescribe el derecho del acreedor a cobrar la deuda si no establece una demanda en el plazo indicado.

Es natural que los bancos no dejen vencer este plazo sin cobrar la deuda. Sin embargo, cuando el análisis de gastos de la cobranza resulta ser mayor que el dinero adeudado, puede que una entidad bancaria decida que es mejor dejar prescribir a deuda o tratar de negociar su pago con el deudor ofreciéndole opciones como la repactación o la venta de su deuda a otra entidad que quiera comprarla.

 

Entonces, ¿qué quiere decir que una deuda esté prescrita? Que el acreedor ha dejado pasar el período de prescripción de la deuda y por ende da a entender que renuncia a ejercer su derecho de cobrarla. Sin embargo, si un acreedor demanda el pago de la deuda ante una autoridad judicial, el deudor deberá verse en la obligación, con medidas más severas, de pagarla.

 

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  1. en respuesta a Mmmmmm86
    -
    Nuevo
    #2
    23/01/21 20:20
    Sí, pero antes hay que ver varias situaciones que podrían frustrar la petición, como es el caso de la interrupción de la prescripción. Por eso tienes que verlo con alguien que sepa, un abogado de tu confianza.
  2. Nuevo
    #1
    30/05/20 08:45
    Hola.tengo una deuda automotriz con prenda ... debp 8 cuotas y el auto está en prenda...me cambié de ciudad que pasa si pasa el año y no logran notificarme? Puedo pedir prescripción? Al año?
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