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Crespin 18/09/13 07:52
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Así estoy Yo también y supongo que muchos mas por aquí, después de haber dejado la cuenta de Ro-Bankia como la San Miguel OO y haber pasado al Santander ahora meten a este mal nacido allí en vez de llevarlo a Soto o a Carabanchel con los delincuentes comunes...habrá al final que llevar los ahorros a Gibraltar,allí al menos sabemos como son.
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Crespin 17/09/13 13:19
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Rato ficha por el Banco Santander como asesor internacional ELMUNDO.es | Madrid Actualizado martes 17/09/2013 17:59 horas El Banco Santander ha contratado a Rodrigo Rato, ex presidente de Bankia, como miembro de su consejor asesor internacional. El también ex ministro de Economía durante el Gobierno de José María Aznar y ex director gerente del Fondo Monetario Internacional (FMI) se reincorpora así al puesto de asesor que dejó al ser nombrado presidente de Bankia en 2010, según informan fuentes de la entidad. Rato compaginará este cargo con el de asesor externo de Telefónica, firma por la que fichó en enero de este año para los negocios de América Latina y Europa. La imagen pública de Rodrigo Rato se ha visto dañada por la crisis de Bankia. El político está imputado junto a otros 32 ex directivos por el caso del banco, en el que la Audiencia Nacional investiga cuatro presuntos delitos de falsificación de cuentas, administración desleal, maquinación para alterar el precio de las cosas y apropiación indebida. El consejo asesor del Santander se reúne dos veces al año y lo forman diez miembros PD: Que corporativismo el de todos estos delincuentes para con los suyos.
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Crespin 04/09/13 14:42
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
A mi tambien me dijo mi abogada que tampoco tenia que asistir a la vista previa ni tampoco al juicio a no ser que lo solicite el abogado de RO-BANKIA, El que si va a asistir es el director que falsifico con la firma el contrato,y ya veremos como sale de esta,por de pronto lo tiraran a la calle sin cobrar,como han hecho con otro de otra sucursal por ese motivo,y despues he logrado contactar con tres afectados mas con los contratos falsificados por el mismo director,por tanto si despues de recuperar el dinero le ponemos una querella penal, con ese modus operandi,casi con toda seguridad que pasara un tiempo a la sombra.
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Crespin 29/08/13 06:26
Ha comentado en el artículo Depósito bancario
Por puntualizar también, decir que el Fondo de Garantía de Depósitos en España esta mas seco que la momia de Tutan-Kamon,por tanto,en caso de quiebra de alguna Entidad mas, a los depositantes les ofrecerán como garantía un pagare a cobrar en 20 o 30 años y mientras a reclamar al maestro armero.
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Crespin 27/08/13 15:30
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Bankia envía un requerimiento de pago a la Fundación VCF y a la Generalitat Valenciana Europa Press – Hace 4 horas Anuncia acciones legales si no cobra en ese plazo Bankia ha enviado un requerimiento de pago a la Fundación VCF y a la Generalitat Valenciana --como avalista-- para cobrar, "en dos días", 4,8 millones de euros en concepto de intereses del préstamo concedido en 2009 a la Fundación VCF por la entonces Bancaja --con el que acudió a la ampliación de capital del Valencia y se convirtió en máximo accionista del club--. Según han confirmado a Europa Press fuentes de la entidad financiera, la Fundación VCF ya ha abonado 1,3 millones de euros correspondientes a ese pago de 4,8 millones que vencía este martes. A falta de cobrar los 3,5 millones restantes, Bankia ha enviado un requerimiento "tanto al titular como al avalista" del crédito, en el que les concede "un plazo de dos días para el pago de los 4,8 millones". Desde la entidad advierten de que, "transcurrido este plazo, si no se efectúa el pago, se procederá a realizar las reclamaciones judiciales pertinentes en defensa de los intereses de Bankia", así como a "requerir los 81 millones", importe total del crédito. El pasado mes de febrero, la Generalitat Valenciana tuvo que abonar 4,8 millones por el anterior vencimiento de intereses ante la imposibilidad de que la fundación afrontase ese pago. GENERALITAT CONSIDERA QUE EL AVAL "NO ESTÁ EN VIGOR" No obstante, el pasado jueves, el consejero de Hacienda y Administración Pública, Juan Carlos Moragues, destacó que el aval concedido a Fundación VCF por la Generalitat, a través del Instituto Valenciano de Finanzas, "actualmente no está en vigor". Moragues indicó que "el primero al que se tiene que dirigir la acción de cobro es a la fundación, que es el deudor principal", y recordó que existe "un pronunciamiento judicial que está ejecutado aunque está recurrido --por Bankia--, pero que se ha pedido como medida cautelar la ejecución y se ha ejecutado, donde dice que no ha lugar a ese aval". El consejero aludió, en este sentido, a la ejecución provisional de la sentencia en la que la titular del juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Valencia declaró nulo ese aval, al considerar que esa garantía iba "en detrimento" de otros socios. !!! JUSTAMENTE EL MISMO JUZGADO Nº 3 DONDE HA ENTRADO MI DEMANDA...ESPERO VOLVER A DARLE DONDE MAS LE DUELE.
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Crespin 02/08/13 13:47
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Bankia Sentencia Favorable de la abogada Carolina Poyatos OTRA MÁS ANTES DE LAS VACACIONES! Aquí dejo el enlace de la última Sentencia que he ganado. Es el caso de una Sra individual, jubilada, con estudios, que compró varias veces Preferentes y Subordinadas pensando que era un plazo fijo tradicional, basada en la confianza de los trabajadores de la oficina. Aún no es firme, Bankia puede apelarla. https://dl.dropboxusercontent.com/u/67204862/Sentencia%20Bankia%2030%20julio.pdf
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Crespin 30/06/13 06:05
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Otra mas contra Robankia en Valencia, Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Valencia. Esta sentencia tiene la peculiaridad de que la cuantía es “relativamente pequeña”, y al ser inferior a 6.000 euros, el proceso para su resolución es el juicio verbal. Sin embargo, la calidad de los argumentos esgrimidos por el abogado del demandante hace recomendable la lectura de esta sentencia para los que tengan especial interés. El demandante solicita la nulidad de la operación de suscripción y canje por infracción de normas imperativas, y subsidiariamente la anulación por vicios del consentimiento y la resolución contractual, reclamando que le devuelvan los 4.200 euros invertidos, menos los intereses cobrados, mas las comisiones pagadas, mas el interés legal del dinero desde la inversión. El resumen de sus argumentos es el siguiente: 1.- La condición de consumidor, el perfil conservador, y la condición de cliente minorista a efectos del 78 bis de la LMV. 2.- El desconocimiento del actor al comprar las participaciones preferentes, que pensaba que era un plazo fijo. 3.- Las participaciones preferentes son un instrumento financiero complejo y de alto riesgo, con carácter perpetuo. 4.- No se facilitó el Folleto informativo completo, sino solo una nota informativa incompleta y engañosa. 5.- El cliente no fue objeto de clasificación ninguna (art. 78 bis de la LMV). 6.- No se le hizo el test de idoneidad del 79 bis 6 de la LMV. 7.- El contenido del anexo a la orden de compra de valores fue redactado unilateralmente por el personal de Bancaja. 8.- El banco no cumplió con su deber de diligencia y transparencia, ni actuó en interés del actor si no en el suyo propio. 9.- Las normas previstas en la Ley del Mercado de Valores son imperativas y su incumplimiento determina la nulidad/anulabilidad y también un grave incumplimento contractual que ha generado considerables daños y perjuicios. 10.- El canje por acciones de Bankia se llevó a cabo bajo intimidación o coacción moral. El banco alega que: 1.- El demandante pidió las preferentes por interés propio, 2.- La información fue correcta, y se le hizo el test de conveniencia. 3.- Las participaciones preferentes son un producto complejo pero no de alto riesgo. 4.- Bankia se limitó a intermediar. 5.- El canje en acciones de Bankia tuvo origen en cambios normativos y fue aceptado por el demandante. El Magistrado , haciendo apoyando sus argumentos en Sentencias de distintas Audiencias Provinciales, concluye: 1.- Las participaciones preferentes son un producto complejo. 2.- El carácter de consumidor hacen redoblarse las exigencias de información a los bancos. (SAP Valencia 12 julio 2012). 3.- La carga probatoria es del Banco (SAP Valencia 12 julio 2012). 4.- El dinero provenía de un plazo fijo y era para mejorar las condiciones de un préstamo personal. 5.- El Banco no ha hecho el menor esfuerzo probatorio para acreditar que se dio al cliente una información clara y completa. 6.- El demandante no tenía interés en canjear acciones de Bankia. 7.- Bankia no puede decir que “solo era intermediario” por que: a) Los documentos vienen todos encabezados por Bancaja o Bancaixa, sin hacer mención a la entidad emisora, o citándola en el cuerpo del escrito, lo que dificulta su identificación. b) Se indica que Bancaja Eurocapital Finance es una sociedad instrumental del Grupo Bancaja lo que transmite la idea de que es una única entidad. c) La carta informativa de la oferta de recompra y suscripción de preferentes es remitida por Bankia, sin hacer ninguna referencia a la entidad emisora. Bankia ha actuado en todo momento como sujeto único de las operaciones efectuadas. Tras rechazar la nulidad absoluta por infracción de normas imperativas y por falta de dos de los elementos esenciales del contrato (consentimiento y objeto) admite la anulabilidad del contrato, al haberse prestado este por error, por falta de información y los efectos de este error, deben extenderse también al canje posterior de las acciones de Bankia. Se condena a la recíproca restitución de prestaciones del contrato, devolviendo Bankia los 4.200, menos los intereses pagados, mas las comisiones pagadas y con el interés legal del dinero desde la compra del producto. Bankia es condenada en costas. Burguera Abogados.
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