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¿Es mejor donar vivienda o dejarla en herencia?

¿Es mejor donar vivienda o dejarla en herencia?

La Ley sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones (Nº 16.271) es el marco legal que regula el procedimiento para dejar vivienda en herencia. En ese sentido, las donaciones privadas -esto es, las que no son para la beneficencia, instrucción, ciencia, corporaciones y fundaciones de derecho público o el culto-, son sometidas a un trámite legal para determinar que su procedencia y asignación de destino se ajusten a derecho.

¿Es mejor donar vivienda o dejarla en herencia?

Si lo que se quiere es disminuir la carga impositiva o bien, distribuir los bienes anticipadamente y de forma diferente a lo que la ley establece por defecto, es necesario asesorarse legalmente porque son pocos los casos en los que esto realmente se puede llevar a cabo sin afectar el patrimonio. 

 

 

¿Donar una vivienda o dejarla en herencia?

En la práctica, sólo conviene donar vivienda que se encuentre exenta de impuestos. Dentro de esta categoría se encuentran las viviendas DFL2, siempre y cuando el donante haya sido su primer comprador.

De lo contrario, se deberán pagar los impuestos establecidos en cada caso por el SII, sin contar que a todo evento es necesario cubrir los gastos operacionales del proceso judicial de Insinuación, el contrato de transferencia y la escritura pública. Por su parte, al heredar una vivienda cada heredero se debe hacer cargo de la tributación que le corresponde según grado de parentesco y monto de la asignación heredada. 

En resumen, lo más conveniente dependerá de los montos involucrados, el tipo de propiedad y el grado de parentesco. 

 

¿Cuánto se paga por una herencia?

Todas las herencias que no sobrepasan las 50 UTA en caso de parentesco directo y las 5 UTA en caso de parentesco colateral se encuentran exentas de impuestos. Cuando no existe grado de parentesco, el tributo es obligatorio.

Mientras mayor sea el valor dejar vivienda en herencia y más lejano es el parentesco, mayor será la tasa impositiva y los recargos aplicados. Este es un cálculo en el que entran muchas variables, por ejemplo, considerar que el recargo por grado de parentesco es de un 20% en caso de parentesco colateral-esto es, hermanos, sobrinos, tíos, entre otros-, y de un 40% cuando no existe parentesco.

 

¿Cómo funciona la donación de propiedad en Chile?

Para efectuar este tipo de donación se debe realizar en Tribunales un trámite denominado Insinuación. El objetivo de esta diligencia es determinar judicialmente el origen de la donación y acreditar que se cuenta con una cantidad de bienes suficientes para no perjudicar a los herederos legales.

A continuación, la propiedad que se quiere donar debe ser evaluada por el Servicio de Impuestos Internos (SII) para determinar las obligaciones impositivas pertinentes. Una vez concluido el trámite de Insinuación y pagados los impuestos correspondientes, se puede realizar legalmente la donación. Esto se hace mediante la celebración de un contrato al que en el caso de la donación de propiedades o bienes raíces, se le debe adicionar la Escritura Pública correspondiente. 

 

Ambas vías de transferencia patrimonial tienen gastos operacionales, trámites y obligaciones impositivas asociadas. Por este motivo, la mejor forma de establecer qué es lo más conveniente es asesorarse legalmente caso a caso cada vez que se quiera donar vivienda. De lo contrario, es muy probable que los bienes queden entrampados en engorrosos trámites burocráticos con todos los gastos que eso conlleva.

 

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