El abogado no se equivocó ni un pelo. El cliente le dijo que había un okupa en la vivienda y él actuó en consecuencia. Quien debía haber visitado la casa y hablado con el supuesto okupa es Fermín. Pero claro, él se fió de lo que le dijeron los del Servicer.
El deudor tiene derecho a suspender la subasta, simplemente pagando su deuda antes de que un juzgado haya dictado el decreto de aprobación del remate. Probablemente les haya dicho que lo máximo que puede pagarles son 51k. Por eso ellos, quieren que subas tu cifra. A mi me parece una golfería, porque entre un deudor que quiere liquidar su deuda con 65k y un simple postor que puede ofrecer lo mismo, yo me quedaría con el deudor, que está haciendo la máximo para proteger su propiedad.
No existe tal documento. Nadie te va a expedir un certificado de libre de deudas a menos que realmente pagues toooodas las cuotas atrasadas desde el principio de los tiempos. Lo que te emiten es un "Certificado de Deudas" en el que expondrán las deudas pendientes. Y la persona que lo compre, viendo ese certificado, sabrá lo que hay pendiente y si hay algo que le pueda afectar a él.
Da igual lo que hayas acordado con el vendedor o firmado en la escritura notarial, la Ley de Propiedad Horizontal te responsabiliza de pagar el año en curso y los 3 años anteriores (4 en cataluña).