Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Cualquier suspensión o extinción debe ser notificada y ofrecer un plazo al ciudadano para hacer la oportuna reclamación.El importe cobrado de más será reclamado por el SEPE pera su reintegro, excepto que la prestación sea reanudada y la persona opte por que se le compense con las nóminas siguientes.¿A usted le paga el SEPE algún dinero para que vaya a ingresar a la Tesorería General de la Seguridad Social las cotizaciones? Pues de la misma manera, si le reclaman un cobro indebido será el SEPE quien le reclame a la Tesorería la devolución de las cuotas pagadas de más, sin intervención de la persona.¿Cuánto se cotiza? Eso depende del importe a cotizar y si esa cotización viene del trabajo, paro, subsidio o lo cotiza usted por un convenio especial. Si es para sustituir a las cotizaciones del subsidio deberá suscribir el convenio especial en la TGSS y decidir la base por la que quiere cotizar.En la LISOS no hay ninguna multa, en dinero, establecida. Solamente sanciones en meses. En cuanto a intereses solamente tendría que pagarlos si no hace la devolución del dinero en el plazo que le pongan para devolverlo o si solicita fraccionar el importe