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chustazo 25/12/16 04:40
Ha comentado en el artículo La Tregua de la Navidad
Feliz Navidad a todos. Incluso en estas fechas no puedo evitarlo y sois lo primero que leo cuando enciendo el chisme. Un abrazo a todos.
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chustazo 22/11/16 14:50
Ha comentado en el artículo ¿Están los subasteros en peligro de extinción?
En las fincas antiguas era bastante habitual tener una participación del total de la finca, en vez de la actual división horizontal, que da lugar a una finca registral única por plaza. Suelen ser los estatutos de la comunidad los que establecen la correlación inicial de las plazas y los propietarios y su posterior adquisición en subasta, registro y ulterior venta no tienen mayor problema o dificultad. 4/217 es la proporción que, sobre el total de la finca, representa la plaza de garaje.
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chustazo 20/11/16 17:59
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Hola, Juan1980. Con el 25% no están obligados, sino que podría aprobarse "mediante resolución motivada del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social". En algunas provinciales, efectivamente, los funcionarios dicen estar denegando adjudicaciones que, pese a cumplir con la normativa, no alcanzan el 40 ó 50%, aunque no me creo que lo hagan sistemáticamente, la verdad...
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chustazo 08/11/16 21:35
Ha comentado en el artículo ¿Abrazos o estacazos?
Yo, en Madrid, realizo la autoliquidación del modelo 600 y su presentación telemática. Antiguamente había que acudir a Martínez Campos a registrar una copia del título, pero ahora puede también aportarse telemáticamente. Con AJD de la cancelación de cargas pasa lo mismo. Una vez autoliquidado y presentado el impuesto lo pago también telemáticamente (tarjeta o cargo en cuenta dependiendo del importe), lo que permite tener una carta de pago generada por el sistema y con un CSV que se puede presentar al Registro sin mayor problema. Un saludo,
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chustazo 21/10/16 06:28
Ha comentado en el artículo Cargas anteriores, cargas posteriores. Consultorio-5
Hola Nuva12: Salvo mejor criterio y mientras esperas a Tristán te puedo decir que si te adjudicas una propiedad por un embargo que caduca antes de que puedas cancelar las cargas posteriores éstas ganarían preferencia. Hay que estar muy pendiente, por tanto, de las fechas.
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chustazo 17/05/16 11:48
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Hola Quarzo: Salvo mejor criterio la base imponible del ITP es el precio del remate más el importe de las cargas ANTERIORES. En todo caso ten en cuenta que no todo el mundo suma las cargas anteriores a la hora de autoliquidar y, por lo que comentó Tristán en su momento, suele colar. El tipo impositivo lo tendrás publicado en el sitio de la hacienda murciana. Un saludo.
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