Si estás pagando un crédito hipotecario en Chile, es posible que puedas reducir tu carga tributaria gracias al beneficio establecido en el artículo 55 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Este beneficio permite rebajar de la renta bruta imponible anual los intereses pagados por créditos con garantía hipotecaria destinados a la adquisición o construcción de viviendas.
¿Qué es la rebaja de intereses por dividendos hipotecarios?
La Rebaja de impuestos por créditos hipotecarios es un beneficio tributario que permite a las personas naturales deducir de su renta bruta imponible anual los intereses efectivamente pagados durante el año calendario por créditos con garantía hipotecaria destinados a la adquisición o construcción de una o más viviendas. También aplica a créditos de igual naturaleza destinados a pagar los créditos señalados
Requisitos para acceder al beneficio
Para optar a esta rebaja, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser persona natural sujeta al impuesto único de segunda categoría o al impuesto global complementario.
- Haber pagado intereses durante el año calendario por créditos con garantía hipotecaria destinados a la adquisición o construcción de viviendas.
- No superar una renta bruta anual de 150 Unidades Tributarias Anuales (UTA).
¿Cómo opera el monto a rebajar según la renta bruta imponible anual?
El monto de la rebaja depende de tu renta bruta imponible anual, medida en UTA:
- Renta inferior a 90 UTA: Puedes rebajar el total de los intereses efectivamente pagados durante el año, hasta un máximo de 8 UTA.
- Renta entre 90 y 150 UTA: La rebaja se calcula aplicando la siguiente fórmula:
- Porcentaje de rebaja = 250 - (1,667 x Renta Bruta en UTA)
- Este porcentaje se aplica sobre los intereses pagados, con un tope de 8 UTA.
- Renta superior a 150 UTA: No tienes derecho a la rebaja.
Tabla resumen: Tope del beneficio y monto de la rebaja
Renta Bruta Imponible Anual (UTA) | Monto de la Rebaja |
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Menor a 90 UTA | Total de intereses pagados durante el año, hasta un máximo de 8 UTA. |
Entre 90 y 150 UTA | Porcentaje calculado con la fórmula: 250 - (1,667 x Renta Bruta en UTA), aplicado sobre los intereses pagados, con tope de 8 UTA. |
Mayor a 150 UTA | No aplica el beneficio. |
*Nota: El valor de la UTA al 31 de diciembre de 2024 es de $750.000 CLP (valor referencial; verificar el valor actualizado en el sitio del SII).
¿Cómo acceder al beneficio de devolución?
Durante la Operación Renta 2025, el Servicio de Impuestos Internos (SII) incluirá automáticamente en la propuesta de declaración de renta (Formulario 22) el monto del beneficio, basado en la información proporcionada por las instituciones financieras. Es importante revisar que los datos sean correctos antes de enviar la declaración.
¿Cuándo se realiza la declaración de renta?
La Operación Renta 2025 se llevó a cabo entre el 1 de abril y el 9 de mayo de 2025. Los contribuyentes que presentaron su declaración dentro de este período y que tienen saldo a favor recibirán la devolución de impuestos según el calendario establecido por el SII.
¿Estás listo?
La rebaja de impuestos por créditos hipotecarios es una excelente oportunidad para reducir tu carga tributaria si estás pagando un crédito con garantía hipotecaria destinado a la adquisición o construcción de una vivienda. Asegúrate de cumplir con los requisitos y revisa cuidadosamente tu declaración de renta para aprovechar este beneficio. Si necesitas más información o asistencia personalizada, puedes visitar el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) o consultar con un asesor tributario.