El Instituto de Previsión Social (IPS) concede, administra y paga una serie de beneficios previsionales y de protección social que entrega el Estado a la población más vulnerable. En este artículo conoceremos cuáles son estos beneficios IPS y cuál será su monto y fecha de pago en 2022.
¿Cuáles son los beneficios IPS?
Son muchos los beneficios que paga el IPS a la población más vulnerable de Chile. A continuación, realizamos una breve descripción de cada uno de ellos:
-
Pensión Básica Solidaria (PBS): se trata de un beneficio que se concede por vejez o invalidez a las personas que pertenezcan al 60% más vulnerable de la población, que no hayan podido acceder a una pensión y cumplan los demás requisitos establecidos en la ley.
-
Aporte Previsional Solidario (APS): consiste en un complemento mensual de dinero a la pensiones previsionales de vejez o sobrevivencia inferiores a $309.231, para las personas del 60% más vulnerable de la población y que cumplan los requisitos legales.
- Aporte Familiar Permanente: el también conocido como "Bono Marzo" es un beneficio que se paga en forma permanente todos los años en el mes de marzo y que tiene como objetivo aliviar el impacto del presupuesto familiar por los gastos que deben afrontar las familias en ese período.
- Bono de Invierno: es un beneficio que se entrega en el mes de mayo a los pensionados y pensionadas que cumplan con los requisitos legales, para ayudarles a enfrentar los gastos propios de la época invernal.
- Bono por hijo: es un aporte del Estado que se incorpora al ahorro previsional de las mujeres por cada hijo nacido vivo o adoptado. Tiene como finalidad contribuir a incrementar los fondos previsionales de las madres para que al pensionarse alcancen una mejor pensión.
- Bono Bodas de Oro: se trata de un beneficio que entrega el Gobierno por una sola vez, en reconocimiento a la vida conjunta de parejas y viudos/as que cumplan 50 años de matrimonio, además de otros requisitos establecidos en la ley.
- STJ Contratación: se trata de un subsidio que entrega el Estado destinado a los empleadores que tengan trabajadores jóvenes contratados y cumplan determinados requisitos. Su monto es el equivalente al 50% de la cotización previsional de un ingreso mínimo. Su objetivo es incentivar a los empleadores a que formalicen la contratación de jóvenes, ayudando a cotizar desde temprana edad.
- STJ Cotización: es un aporte económico entregado por el Estado a trabajadores entre 18 y 35 años de edad y que cumplan el resto de requisitos. Tiene como finalidad aumentar los fondos previsionales del joven, para que ahorre durante sus primeros años de trabajo, intentando así mejorar el monto de su futura pensión.
- Aguinaldo de Fiestas Patrias para pensionados: se trata de una ayuda adicional que da el Gobierno en forma tradicional en septiembre a todos los beneficiarios de pensiones que cumplan con los requisitos establecidos legalmente.
- Aguinaldo de Navidad para pensionados: se trata de una ayuda adicional que da el Gobierno en forma tradicional en diciembre a todos los beneficiarios de pensiones que cumplan con los requisitos establecidos legalmente.
- Asignación familiar: es un beneficio económico que se paga periódicamente a trabajadores de menores ingresos, dependientes e independientes y, en algunos casos, a pensionados y subsidiados de cesantía, por las cargas familiares legales que tengan debidamente acreditadas.
- Subsidio Familiar: es un beneficio entregado por el Estado a través de las municipalidades a las personas que posen un tramo de calificación económica inferior al 60%. Es incompatible con la asignación familiar o maternal.
- Subsidio Discapacidad Mental para menores de 18 años: es un ayuda económica entregada mediante las intendencias a los niños y adolescentes menores de 18 años que padezcan enfermedades mentales.
A continuación nos centramos en desarrollar algunos de los beneficios:
Pensión básica solidaria de vejez (PBSV)
Es un beneficio económico mensual para las personas que no tienen derecho a pensión en ningún régimen previsional y su monto se había fijado antes así:
- $141,374 pesos, para las edades entre 65 y 74 años.
- $147,029 pesos, para las edades entre 75 y 79 años.
- $169,649 pesos, para las personas mayores de 80 años.
Sin embargo, las PBS se reajustan anualmente en el mes de julio, de acuerdo al IPC. Por lo que a partir del 1 de enero de 2022, los montos se igualan para todos los tramos de edad.
|
Estas pensiones se dirigen a aquellas personas que tengan por lo menos 65 años de edad al momento de realizar la solicitud; que tampoco tengan derecho a recibir pensión en ningún régimen previsional, ya sea en calidad de titular o como beneficiario. También para quienes integren un grupo familiar perteneciente al 60% mas pobre de la población del país, determinado por el puntaje de focalización previsional.
El puntaje de focalización previsional se obtiene de la información que entrega el Ministerio de Desarrollo Social; el cual se basa en: Los registros sociales de los hogares, el servicios de impuestos internos y la superintendencia de pensiones
Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV)
Es un beneficio económico mensual que tiene por objeto apoyar a las personas de menores ingresos, que reciben pensiones de vejez de bajo monto e inferiores a la pensión máxima con aporte solidario, a continuación algunos montos que habían sido fijados:
- $485.674, para personas entre los 65 y 74 años.
- $520.366, para personas desde los 75 años en adelante.
Es decir, el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) permite acceder a un aporte monetario mensual, financiado por el Estado, que incrementa las pensiones percibidas en el sistema contributivo a quienes cumplan los requisitos y que, durante este año, sean inferiores a 520.366 pesos, para las personas desde los 65 años.
Para este 2022, los montos se igualaron así:
Desde el 01 de enero de 2022 (edad mayor o igual a 65 años) |
Para que quede más claro, puedes revisar la siguiente información:

Estos beneficios van dirigidos a aquellas personas que tengan al menos 65 años de edad al momento de realizar la solicitud. También aquellas que reciban una pensión de vejez o sobrevivencia inferior o igual a la pensión máxima con aporte solidario (PMAS), ya sea de una AFP, compañía de seguros o ex caja de prevision social. De igual manera aquellas persona que no reciban pensiones en Capredena ni Dipeca, ya sea en calidad de titula o como beneficiario.
Aporte Familia Permanente
El aporte familiar permanente, antes llamado Bono Marzo, es una bonificación fiscal en dinero que se entrega entre febrero y marzo de cada año, a las personas o familias de menores ingresos y que cumplan con los requisitos establecidos para ello.
Este aporte esta dirigido a dos grupos, clasificados en A y B:
- Grupo A: Familias de menores ingresos que hayan recibido el subsidio familiar (SUF), también pertenecen a este grupo las familias de menores ingresos que hayan recibido Asignación familiar o asignación maternal.
- Grupo B: Familias usuarias del subsistema, <<Seguridades y Oportunidades>>, también conocido como ingreso ético familiar; también pertenecen a este grupo familiar beneficiarias del subsistema <<Chile Solidario>>.
El monto del beneficio para el año 2022 es de $52.710. Desde febrero se podrá revisar la primera nómina de beneficiarios quienes reciben pagos habituales del IPS, en tanto que desde marzo podrán hacerlo quienes reciben Asignación Familiar.
Estas son las fechas en que los beneficiados pueden reclamar el Aporte Familiar Permanente, anteriormente llamado ex Bono Marzo 2022. Grupo 1: Desde el 15 de febrero de 2022 Grupo 2: Desde el 1 de marzo de 2022 Grupo 3: Desde el 15 de marzo 2022 |
Bono de Invierno
Es un beneficio que entrega el gobierno durante el mes de mayo, a través del instituto de previsión social, a los pensionados y pensionadas que cumplan con los requisitos establecidos en la ley para ayudarles a enfrentar los gastos que surgen en la época invernal.
este esta dirigido a los grupos de pensionados que cumplan con los requisitos legales:
- Instituto de previsión social.
- Pensiones básicas solidarias.
- Instituto de seguridad laboral.
- Dirección de previsión de carabineros de Chile.
Los requisitos son tener 65 años o mas años al día primero (1) de mayo. A este requisito se le suma tener una pensión inferior o igual a una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años.
Para este año el monto asciende a los $70.336 y se pagará junto con la pensión de Mayo. El dinero del bono no es tributable ni imponible, ni está afecto a descuentos.
Bono por Hijo
Es un beneficio de cargo fiscal que incrementa el monto de la pensión de la mujer a través de la entrega de un bono por cada hijo nacido vivo o adoptado. Este bono no se paga al momento del nacimiento del hijo, sno que junto a su pensión, se anexa este beneficio.
Este bono esta dirigido a madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio del 2009, y a madres titulares de una pensión básica solidaria de vejez (PBSV) a contar del 1 de julio de 2009 .
Algunos de los requisitos son: Las madres afiliadas al sistema del DL N° 3500, que no tenga afiliación a otro régimen previsional, otro es que las madres no sean beneficiarias de una pensión básica solidaria de vejez (PBSV)
Cómo se Paga el monto Bono Por Hijo
- Mujeres afiliadas a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP): el bono se pagará junto a la pensión hasta que se agote la totalidad del monto.
- Beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV), o Pensión de Sobrevivencia con derecho a Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), otorgada por una AFP o el Instituto de Previsión Social (IPS), a contar del 1 de julio de 2009: la bonificación se pagará junto a la pensión en forma vitalicia.
Ahora bien, en cuanto al valor que se debe pagar, este se calculará así:
La bonificación fijada, comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales (fijado para los trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años), se calcula de la siguiente forma:
|
Bono Bodas de Oro
Es un beneficio económico de cargo fiscal que se otorga a parejas que posean 50 años de matrimonio y cumplan con los requisitos establecidos por la ley.
Este bono esta dirigido a los conyugues que cumplen con 50 años de matrimonio. Se entrega una sola vez en partes iguales y debe ser solicitado en conjunto por los dos conyugues, o viuda (o) si corresponde.
Algunos requisitos para acceder a este bono son: Cumplir 50 años de matrimonio, que no se encuentren separados o divorciados ( por términos de cualquier causa legal).
Actualmente, debes tener en cuenta la siguiente información:
Extensión excepcional de plazos para solicitar y cobrar el bono
Debido a la contingencia sanitaria, y con el objetivo de que las personas no pierdan el derecho a solicitar el Bono Bodas de Oro, la Superintendencia de Seguridad Social amplió el plazo para solicitar el beneficio. Así, las personas que hayan cumplido 50 años de matrimonio entre el 8 de febrero de 2019 y el 31 de diciembre de 2021, tendrán plazo hasta el 3 de enero de 2023 para presentar la solicitud.
- Los matrimonios que hayan tenido emitido el pago de su bono a contar del 8 de febrero de 2020 en adelante y que no hubiesen cobrado en el plazo legal de 6 meses, igual podrán hacer efectivo el cobro. Este nuevo plazo se extenderá hasta 6 meses después de la fecha de término de la alerta sanitaria, es decir, estimativamente hasta el 3 de julio de 2022.
- El Instituto de Previsión Social, IPS, confirmó que el monto reajustado del Bono Bodas de Oro desde Octubre de 2021 aumentó el valor:
- Monto total Bono Bodas de Oro: $353.996 por matrimonio
- Monto correspondiente a cada cónyuge: $176.998 por cónyuge.
Beneficios IPS: montos y fechas de pago 2022
Varios de los beneficios que entrega el IPS se incrementan de forma anual de acuerdo a la variación del IPC y, otros, dependiendo del reajuste del Ingreso Mínimo Mensual (IMM).
Así, los montos y fechas de pago de los beneficios IPS para el año 2022 son los siguientes:
Beneficio
|
Monto ($)
|
Fecha de pago
|
Pensión Básica Solidaria
|
$176.096 (mayores o iguales a 65 años)
|
A partir del 1 de julio de 2022
|
Aporte Previsional Solidario
|
Variable (según el monto de la pensión)
|
A partir del 1 de julio de 2022
|
Aporte Familiar Permanente
|
Según grupo al que pertenezca
|
Febrero de 2022 (y durante el resto del año a las familias que van regularizando la situación de sus cargas familiares).
|
Bono de Invierno
|
$70.336
|
Mayo de 2022
|
Bono por hijo
|
10% de 18 ingresos mínimos
|
No se paga directamente, se suma al ahorro previsional.
|
Bono Bodas de oro
|
$353.996 (por pareja)
$176.998 (por cónyuge)
|
Una vez que el matrimonio cumple su 50º aniversario, tiene plazo de un año para realizar el trámite
|
STJ Contratación
|
$16.025
|
A partir del mes de remuneración.
|
STJ Cotización
|
$16.025
|
A partir del mes de remuneración.
|
Aguinaldo de Fiestas Patrias Pensionados
|
$81.196 para funcionarios cuya remuneración líquida que les corresponda percibir en el mes de agosto del año 2022 sea igual o inferior a $842.592, y de $56.365 con una remuneración líquida supere esta cifra.
|
Septiembre de 2022
|
Aguinaldo de Navidad Pensionados
|
$23.704
|
Diciembre de 2022
|
Asignación Familiar
|
Revisar información*
|
Mensualmente
|
Subsidio Familiar
|
$14.366
|
Mensualmente
|
Subsidio Discapacidad Mental menores de 18 años
|
$77.701
|
Mensualmente
|
|
Como ves, son muchos los beneficios del IPS a los que tienes opción de postular. ¿Tienes alguna duda? ¿Requieres de más información? Recuerda que haciendo clic en los diversos links del artículo puedes completar la información sobre muchos de los subsidios.