A la hora de contratar un seguro o un crédito de consumo por algún motivo puede que deban renunciar o anularlo, y es cuándo se da la duda sobre si se puede renunciar a un crédito de consumo. Les explicamos si se puede o no renunciar.
¿Cómo renunciar a un crédito de consumo?
El Crédito de Consumo es un préstamo que otorga un banco a corto o mediano plazo y que sirve para obtener dinero de libre disposición y suele utilizarse para financiar compra de bienes de consumo o hasta para el pago de servicios.
Acerca de si se puede o no se puede anular un crédito de consumo, que es la consulta que muchos clientes-deudores hacen, la respuesta no es quizás la que quieren escuchar. Luego que han firmado el pagaré no se puede anular el contrato del crédito de consumo para volver al estado original.
Si bien existe una opción de que el deudor pague de forma anticipada el crédito de consumo para de esta manera cancelarlo, si así lo hace deberá abonar y tener en cuenta los intereses generados hasta la fecha del prepago y la comisión de prepago. Cancelarlo por pago no es lo mismo que anularlo. En el mismo momento en que se firma el contrato del crédito, comienzan a generarse intereses que no pueden ser anulados.
Como realizar el pago anticipado del crédito
Un pago anticipado es cuando abonas dinero para adelantar el pago de cuotas aun no vencidas de un crédito y se aplica al capital, disminuyendo así la base para calcular tus intereses. Cada institución financiera es diferente en cuanto al manejo de los pagos anticipados de sus créditos, por lo que debes conocer tu contrato, que es donde se encuentran todos los detalles del crédito.
Es importante destacar que en muchos casos, existen penalizaciones por contrato para los adelantos de cuotas o cancelaciones anticipadas del crédito. Si la institución financiera cobra alguna penalización o comisión por pagos anticipados, debes evaluar si realmente te conviene, ya que en algunos casos -sobre todo cuando se trata de adelantos pequeños- si el monto de la penalización es mayor a lo que te ahorrarás de intereses, no es recomendable que lo realices.
Meses de gracia y meses de no pago ¿qué son?
Los bancos suelen ofrecer dos modalidades que le permiten al deudor poder diferir el pago de las cuotas y pueden coexistir dentro del mismo crédito si acuerdan ambas partes al contratar. Los meses de gracia y de no pago son:
Meses de gracia
El cliente puede iniciar el pago de la primera cuota en fecha posterior al primer vencimiento, dicho plazo puede variar entre una y seis cuotas contando la fecha de que fue otorgado del crédito. Si bien, supone un costo para el cliente esto por que en los meses en que no paga la cuota, se van acumulando los intereses sobre el capital, lo que aumenta la deuda inicial y el valor de la cuota a pagar.
Meses de no pago
En este caso el cliente puede no pagar una o más cuotas del crédito a su vencimiento, bajo condición de cumplir las condiciones acordadas previamente con la entidad que le otorga el crédito de consumo, si bien a la vez genera que se acumulen los intereses de la cuota no pagada, y se suma al capital adeudado. Al solicitar dichas modalidades el número de cuotas a pagar no varía, al estimarse el valor de la cuota en base al plazo solicitado.
Cerrando un poco la idea. Un crédito al consumo no puede ser anulado. La única forma de cancelarlo es con un pago anticipado del capital, que implicará el pago acumulado de los intereses devengados y, muy probablemente, el pago de una penalización por incumplimiento de esa parte del contrato.