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Gorgojo Rojo 12/06/20 00:59
Ha respondido al tema Justificando el cambio del sistema público de pensiones
Gracias por tu comentario.En relación a lo que planteas, es decir, a si  ¿debería indicar en su informe el Tribunal de Cuentas que dichos préstamos concedidos por el Estado a la TGSS “no son conforme a derecho”?  no cabe otra respuesta que la afirmativa, ya que la propia Ley del Tribunal de Cuentas (art. 9) establece que la actividad fiscalizadora debe referirse  "al sometimiento de la actividad económico-financiera del sector público a los principios de legalidad, eficiencia, economía, transparencia, así como a la sostenibilidad ambiental y la igualdad de género".No obstante, con independencia de que el Tribunal pudiera no compartir mis argumentos jurídicos contra la práctica de los préstamos a la TGSS, he de recalcar que el Informe al que hago alusión gira sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2018, año en el que todavía no estaba vigente el art. 11.5 de la LOEPSF) y no se vulneró el art. 111.2 de la Ley General Presupuestaria porque el préstamo de ese ejercicio se atuvo a lo previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. 
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Gorgojo Rojo 24/04/20 13:42
Ha respondido al tema Frenazo económico: el Banco de España rebaja cuatro décimas la previsión de PIB para este año, al 2%
La variación relativa del PIB que has calculado es la denominada "a precios de mercado". En la variación del PIB influyen dos factores: a) la alteración del volumen producido y b) los cambios en los precios. Por ejemplo, supón una economía que en el periodo A produce 100 unidades de un producto con un valor de 10 unidades monetarias por  unidad de producto; su PIB sería entonces de 1.000 unidades monetarias. En el periodo B, la producción es de 101 unidades de producto con un valor de 11 unidades monetarias por unidad de producto;  ahora tenemos que su PIB a precios de mercado es de 101 x 11 = 1.111 unidades monetarias (lo que supone una variación porcentual del 11,10%). De las 111 unidades monetarias de incremento del PIB resulta que 10 se deben a la mayor producción (1 unidad por su precio en el periodo A que era de 10 unidades monetarias) y 101 a la evolución de los precios (las 101 unidades producidas en el periodo B por 1 unidad monetaria que ha sido en alza del precio entre periodos, que ha pasado de 10 a 11 unidades monetarias).Si obviamos el incremento debido al efecto precios, el PIB sería de 1.010 unidades monetarias que, en términos relativos, supone un 1%, que es la variación del PIB en términos "reales" o "de volumen" o "a precios constantes" (10 dividido en 1.000). El cambio derivado de la evolución del precio es del 10,10% (101 dividido entre 1.000) y también se le llama "deflactor".Normalmente, cuando se habla de la variación del PIB se hace referencia a la que obedece al volumen, es decir, al PIB real. 
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Gorgojo Rojo 02/01/20 09:34
Ha respondido al tema ¿Avanza España hacia la quiebra de sus cuentas?
Respecto a la pregunta explicitada en el título de tu comentario, el pasado 22 de Diciembre se dieron a conocer los datos relativos al déficit acumulado por las Administraciones Públicas hasta el tercer trimestre del ejercicio (por ejemplo, leer El déficit del Estado sube al 1,47% del PIB hasta septiembre).Las cifras conocidas vaticinan que, salvo sorpresa mayúscula, no se cumplirá el objetivo gubernamental (que no el legal) de concluir el año con un déficit del 2% del PIB (ampliación en DEFICIT DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS AL 3º TRIMESTRE DE 2019). Hay que recordar que en, el ejercicio 2018, también se incumplió el objetivo fijado del 2,2% del PIB (se cerró en el 2,5% del PIB).Seguramente, la responsable de las finanzas públicas, María Jesús Montero, (a la que también se achaca, en parte, lo ocurrido con las cuentas públicas de la CCAA de Andalucía, es decir, incumplimiento en 2018 de los objetivos de déficit, deuda y regla de gasto) argüirá que el fracaso en la tarea de contener el déficit viene motivado, entre otras razones, por la falta de unos “presupuestos”.En relación a la argumentación anterior quiero hacer las siguientes puntualizaciones:1) Para 2018, las Cortes Generales aprobaron los Presupuestos Generales del Estado el 28 de Junio, casi un mes después de la moción de censura que provocó la destitución de M. Rajoy.En consecuencia, la Ministra de Hacienda falta a la verdad al decir que no había unos presupuestos aprobados por los legítimos representantes del pueblo español.2) Para 2019, el Gobierno del Doctor en Economía, Pedro Sánchez Pérez-Castejón no ha conseguido aprobar su proyecto de presupuestos y, en aplicación de la previsión constitucional pertinente, se han prorrogado los vigentes, es decir, los del ejercicio 2018. La Constitución es la norma legal suprema, validada por los españoles, que contiene previsiones para resolver situaciones como la surgida con la imposibilidad de aprobar unos nuevos presupuestos. Luego, la Ministra de Hacienda vuelve a obviar la realidad, ya que sí hay unos presupuestos apoyados, aunque de manera indirecta, por los ciudadanos.El resumen a todo lo anterior sería que según la responsable de la cartera de Hacienda:“se han incumplido los objetivos de déficit de las AAPP fijados (en 2019, por el Gobierno) porque tenemos unos presupuestos, respaldados por la voluntad de los españoles, pero que no son los que quiere el Gobierno”.Como colofón, decir que el probable castigo que recibirá María Jesús Montero, si llega a formarse el “gobierno de coalición”, será el de repetir en el cargo. 
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Gorgojo Rojo 07/10/19 14:34
Ha respondido al tema Subsidio para mayores de 52 - INEM
El art. 274.4 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en relación al requisito de cotización para acceder al subsidio por desempleo en el caso de mayores de 52 años exige que: "hayan cotizado por desempleo al menos durante seis años a lo largo de su vida laboral".Por tanto, en mi opinión, en tu caso se cumple el requisito. En relación a las cuotas sociales no pagadas (periodo que no se computará como cotizado) lo que puede ocurrir es que te las exijan, si es que no ha prescrito el derecho de la Seguridad Social.
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