Ha comentado en el artículo Juntos, pero no revueltos
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Muy bueno el vídeo, TristánTan solo dos apuntes:a) Aparte del tamaño mínimo de parcela, las ordenanzas urbanísticas suelen limitar también el frente parcela, que ha de tener una longitud mínima. Eso hace que parcelas grandes pero con mucho fondo puedan no ser segregables incluso aunque ambas cumplieran con la superficie mínima.b) En los casos en los que la parcela no se segrega previamente en dos parcelas independientes, con su inscripción registral propia, ningún Ayuntamiento que no sea el de un pueblito de aquellos en los que, en realidad, se puede construir sin Licencia, concederá dicha Licencia de Obras para la construcción de dos viviendas independientes. El plantear un esquema de vivienda que admita una posterior habilitación como dos viviendas independientes, pasada una eventual inspección para la obtención de la LPO (Licencia de Primera Ocupación), sería un caso aún peor que los que tú comentas.SaludosCurro