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Claro, por eso digo que a pesar de la sentencia del TC ya sacarán otro impuesto para que paguemos incluso cuando se venda a pérdidas.
También se da la posibilidad de bajar las valoraciones del IBI y nunca se han bajado...
Por ejemplo, el artículo 32 del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, preve la posibilidad de actualizar los valores catastrales de los bienes inmuebles urbanos a petición de los Ayuntamientos, siempre que se hubiesen puesto de manifiesto diferencias sustanciales entre los valores de mercado y los que sirvieron de base para la determinación de los valores catastrales vigentes, y siempre que hubiesen transcurrido al menos cinco años desde la entrada en vigor de los valores catastrales derivados del anterior procedimiento de valoración colectiva de carácter general.
Al contrario, únicamente han actualizado los valores catastrales al alza, aunque supiesen positivamente que los valores de mercado habían bajado.