Abras o no abras el testamento, a efectos fiscales el inmueble a partir del día siguiente al fallecimiento de tu suegra pertenecía a los herederos.Seguramente la diputación correspondiente, al dejar de pagar los recibos, ha buscado a los posibles herederos y ha repartido la propiedad entre los tres hermanos.Y si no estáis de acuerdo, supongo que os tocará demostrar que la propiedad es de otra forma.Porque el recibo, alguien lo tiene que pagar.Un saludo.
Estando de acuerdo con todo lo que comentas, me parece extraño que haya sido la diputación y no la Oficina del Catastro la que haya notificado el cambio de titularidad.Un saludo.Edito: Tema aclarado porque al parecer la diputación ha sido perjudicada por impago recibos de IBI. (Comentario 4)
El 1% es el porcentaje de tiempo que se ha cumplido en cuanto a su vencimiento.Si abres un depósito anual el 1 de julio, a 31 de diciembre lo tendrás con un porcentaje del 50%Un saludo.
El modelo 100 es el del IRPF. La declaración que hacemos todos los años en mayo-junio.Parece que lo que te están reclamando son las discrepancias que han encontrado con el banco francés que citan y tus declaraciones de renta.Comprueba todas ellas desde que abriste la cuenta y si las has trasladado a tus declaraciones anuales. Puede ser que solamente sea un desajuste de ejercicio: que el banco haya declarado tus ingresos en el año x y tu los hayas incluido en en ejercicio x+1.Un saludo.
Interesante aportación.Te copio lo que dice la Ley IRPF estatal: Ganancias y pérdidas patrimoniales.Artículo 33. Concepto.(...) 4. Estarán exentas del Impuesto las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto:(...)b) Con ocasión de la transmisión de su vivienda habitual por mayores de 65 años o por personas en situación de dependencia severa o de gran dependencia de conformidad con la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. Un saludo.
Es como dices.Presenta declaración del año 2022.Y posteriormente modifica la declaración del año 2020 eliminando los ingresos que estás devolviendo o ya has devuelto y que no te correspondían. En el caso de que te salga alguna cantidad a cobrar, la presentas. Si el resultado es el mismo, yo no haría nada.Un saludo.
En cuanto a la casilla 0027, introduces el importe de los intereses y dejas vacío el de las retenciones. Te saldrá un aviso de "Corregir" ó "Continuar".Pulsa "Continuar".En cuanto al Certificado de Residencia, te copio de Raisin:Eslovaquia tiene una retención fiscal estándar de un 19%. Tendrá la posibilidadde reducir esta retención a 0%. Con el fin de prevenir la retención fiscal enEslovaquia deberá facilitarnos un certificado de residencia fiscal con conveniopara Eslovaquia expedido por la Agencia Tributaria entre 1 año y hasta 4semanas antes de la fecha de vencimiento.Un saludo.