Gracias Empty pero no,
Los servicios disponibles que veo en pantalla son:
Cambiar domicilio fiscal (inmediato)
» Consultar datos censales
» Consultar datos fiscales
» Suscripción a servicios de alerta
Creo que optaré por el escrito solicitando el cambio
Gracias Amparo por tu respuesta, pero mi pregunta es: aparte de la reducción por movilidad geográfica me interesa saber si puedo deducirme el alquiler que pago en mi nuevo domicilio, no se si pudiera ser incompatible.
Saludos
Hola,
El año pasado me apliqué la reducción por movilidad geográfica y lo volveré a hacer este, pero tengo una duda:
En 2011 también me apliqué la deduccion por alquiler de mi vivienda habitual(municipio donde siempre he residido y donde vive mi pareja con mis hijos)aunque también pago alquiler en el nuevo municipio donde resido por motivos laborales.
Para este año creo que voy a declarar el alquiler que pago en mi nuevo domicilio por si me piden acreditacion de la mobilidad geográfica ya que no estoy empadronada.
¿Entiendes que me pueda aplicar la deducción por alquiler?
Gracias
Efectivamente la obras están dentro de las condiciones para su aplicación.
En el PADRE pongo en la casilla 436 el importe total
casilla 438 que hace referencia al porcentaje que tiene el titular = 50%
casilla 439 porcentaje total de todos los contribuyentes = 100%
y haré lo mismo en la declaración del cónyuge ¿estoy en lo cierto?
Nuevamente gracias
Gracias Lunatico por tu interés,
Efectivamente el niño está relacionado, es más, antes de modificar el borrador me bajé los datos y la hice en programa Padre (siempre lo hago) y me sale al céntimo. El año anterior me devolvieron 800€ y por eso este año me tiene mosqueado. La diferencia radica que por el niño me han bajado las retenciones, he cobrado más y me han descontado menos. La verdad que no pensé que me saliera a pagar, siempre deduje que me delverían algo menos. Pero nada, hablaré con la empresa para que me suba un poco las retenciones.
Gracias Brujitabuena
He leído por este foro que cuando los atrasos son por un importe no significativo se puede incluir en la declaración actual. Haciéndome la deducción por vivienda me sale a pagar los 56€, por eso era mi duda, si de aquí para atrás me ha salido siempre a devolver pensaba que esta vez que sale a pagar, y por tener deducción por vivienda estaba obligado a presentarla. Si hago una complementaria como dices el resultado es el mismo, tendré que pagar en la del 2011 y me devolverán en el 2012, no me vale la pena. La mejor opción es no presentarla
Gracias Lunático, era lo que me imaginaba y así tal cual se lo voy a expilcar. La diferencia es considerable, 300 € en la devolución para cada uno, pero no vale la pena arriesgarse a una inspección ya que lo que está escriturado son 70.000 €, esta gente del gobierno no tienen un duro y mirará las declaraciones con lupa.
Lo dicho, muchísimas gracias
Y entonces te vas a deducciones autonómicas-Canarias, allí verás las diferentes deducciones que tienes en esta Comunidad, te vas a la línea de los gastos de guardería y allí podrás poner el importe. Recuerda que siempre tienes que picar en "aceptar" para que te vaya recogiendo los cambios