En cuanto a la prescripcion de las deudas al consumo (telecomunicaciones, agua, luz, gas..) te conviene saber esto;
http://www.gestoresderiesgo.com/cobros-y-recobros/las-normas-sobre-prescripcion-y-caducidad-de-las-deudas-en-espana
Se produce la prescripcion extintiva a los 5 años, es decir, cuando el acreedor no puede demostrar que en ese periodo de tiempo a solicitado el pago de la deuda fehacientemente.
Supongo que mediante carta certificada o burofax, pero no se si tambien les podria servir una copia del email que te mandaron, en el caso de un servidor externo de correo como hotmail que guarda copia y confirmacion de los mensajes enviados me imagino que si, pero mucho dudo que una empresa use hotmail. Estuve trabajando en instalando WIMAX con Euskaltel, que es el mismo sistema que IBERBANDA, y la linea de voz, al ir sobre IP, necesita mas caudal de datos y por tanto mejor calidad y potencia de la señal, es por eso que a veces aunq internet vaya bien puede ser que el telefono vaya mal o directamente no vaya pero...;
En la nota que yo entregaba al cliente habian apuntados un valor "RRSI" y "SNR" por debajo del cual no se podia hacer la instalacion de telefonia, (-79 y 20 respectivamente) Cuando un instalador va a un sitio y no consigue SNR por encima del minimo no puede hacer la instalacion y por tanto no la cobra, por eso es posible que en tu zona la cobertura fuera justita y el instalador se haya arriesgado. (como ejemplo te digo que si una instalacion es valida con un arbol en frente en otoño cuando en primavera le salgan las hojas recibiras menos señal y fallara todo)
Digo por que ese valor, si no lo tienes apuntado en alguna se puede mirar conectando el IDU (el aparato rectangular) al ordenador, te puedo pasar las instrucciones para eso.
Puede que puedas reclamar por esa via si te han instalado un equipo en una vivienda que no recibia suficiente señal.
Saludos