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Wiijaen

Se registró el 08/06/2017
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Wiijaen 29/07/17 15:51
Ha respondido al tema OS del Banco popular ES0213790019 (8% 07/2021) y ES0213790027 (8,25% 10/2021)
Imagino que para que se te indemnicen, de alguna manera habrás tenido que presentar la reclamación. Es algo que deberíais pensarlo, porque me da la sensación que los que no presentéis nada, creéis que os lo van a llevar a casa... Esto es como la lotería, podrá tocarte o no, pero si no compras el boleto, es seguro que no te va a tocar! jeje Además de que las circunstancias obligan, siempre he dicho que es bueno presentar la reclamación. No presentarla resta fuerza y credibilidad. Es justo presentar la reclamación y pedir, cuando menos, indemnización por cómo ha ocurrido no? En eso estamos todos de acuerdo, supongo...Pues presentar la demanda!! no seáis cigarras, eso SOLO NOS PERJUDICA A TODOS LOS AFECTADOS, ya que nos resta fuerza y credibilidad. De hecho, es lo que pretende el Santander, sólo tenéis que ver cómo lanza esbirros como INDRA para intoxicar e intentar dividirnos! Un cordial saludo.  
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Wiijaen 26/07/17 04:35
Ha respondido al tema Demanda colectiva Accionistas Popular
Hola, muy buenos días. Contra la Resolución del FROB, parece más recomendable presentar reclamación por daños y perjuicios. Hace 2 semanas la UE confirmó que las indemnizaciones que se establezcan por vía judicial respecto a esta resolución irían a cargo de la UE, lo cual indica que es bastante probable que se consigan indemnizaciones. Dejar claro que, en este caso, no se conseguiría recuperar el 100% del nominal, sólo una parte en concepto de INDEMNIZACIÓN. Pero tiene varias cosas positivas: La UE ya contempla esta posibilidad (indemnizaciones) y hacerse cargo. Es una vía compatible con el resto: Civil y Penal. Posible y seguramente se resuelva antes del resto de vías. La única pega que le veo a esta vía es que, en este caso, por lo menos Rúa Abogados, sí que precisa provisión (a fondo perdido). No es gran cosa, 100€ + IVA, pero es un dinero que hay que abonar de antemano y a fondo perdido. Eso sí, teniendo en cuenta que puede ser una inversión, no un gasto, pues es muy probable que la sentencia sea favorable a nuestro favor y nos genere indemnizaciones, compatibles con el resto de vías. En caso de sentencia favorable, ojo porque cada servicio jurídico puede cobrarte una parte proporcional de lo recuperado. En el caso de Rúa Abogados, en lugar del 5% que se cobra por la vía Civil, es del 10%. Pero en cualquier caso, creo que merece la pena intentarlo: hay elevada probabilidad de obtener sentencia favorable y al menos se recuperaría parte de la inversión, siendo además compatible con el resto de vías. Pero plantear demanda en el sentido de intentar conseguir la Nulidad de la Resolución de la JUR, parece muy poco probable de que termine con sentencia favorable a nuestros intereses. Un cordial saludo.  
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Wiijaen 26/07/17 03:33
Ha respondido al tema Afectados OS Banco Popular
Hola Guaci, buenos días. Sobre las costas, posteé la siguiente información hace unas semanas: Respecto a las costas, hay 4 casos posibles: Obtienes sentencia favorable y el banco es condenado en costas: es la mayor probabilidad en este tipo de casos. En ese caso, los abogados que defienden tu caso, por lo general, cobran de la parte contraria, de ti no cobrarían nada. En algunos casos tu servicio jurídico cobra ambos conceptos: las costas condenadas a la parte contraria, y el % estipulado de lo recuperado. No hay condena en costas pero obtienes sentencia favorable: en ese caso los abogados que defienden tu caso cobran la parte proporcional de lo recuperado (lo que tú recuperes), estipulado en el documento de Poder. Para que te hagas una idea oscila en el rango 5%<->20%. No hay condena en costas y no obtienes sentencia favorable: no tendrías que pagar nada, sólo el tiempo perdido (que también cuenta...). No obtienes sentencia favorable y además eres condenado en costas: en ese caso pagarías las costas de la parte contraria, los abogados que defienden tu caso no te cobrarían. He ordenado los casos posibles de más probable a menos probable. La probabilidad del 4º caso es prácticamente nula, especialmente en los últimos años. Hay que tener en cuenta que, tal como ha sucedido y lo que reclamamos, el juez como mínimo ve que ha lugar la demanda, y que tiene bastante sentido el caso, independiente de la sentencia final. El juez sabe que, visto el caso y las circunstancias que te llevaron a interponer la demanda, no tiene sentido que te condene a tí en costas, teniendo además en cuenta el perjucio que ya has sufrido. Sobre acuerdo extrajudicial, si se finaliza de esa manera es que se ha llegado a un acuerdo, es decir, nosotros los afectados estamos de acuerdo con las condiciones para finalizar el proceso y no llegar a juicio. En ese caso, veo lógico que el servicio jurídico que ha defendido tu causa y que ha hecho posible unas condiciones que tú aceptas, cobre parte de lo recuperado (cobro a éxito), como es habitual en estos casos. Por último, respecto a recurrir las resoluciones de la JUR y el FROB, estoy a la espera de que me contesten algunas dudas Rúa Abogados. Una cosa positiva que parece tener es que es compatible con la demanda por vía Civil que se interponga ante la AN para intentar recuperar el 100% del nominal, aunque estoy a la espera que me lo confirmen explíticamente. Por otro lado, en caso de resultar favorable para nosotros finalmente, hay que tener claro que lo que se conseguiría es una indemnización, no la recuperación del 100% del nominal. Es decir, sólo se recuperaría una parte. Pero lo que me convence de esta vía es que la UE y la JUR en concreto YA contemplaban la posibilidad de tener que indemnizar a los afectados, y de hecho hace 2 semanas la UE confirmó que las posibles indemnizaciones por los afectados que se establezcan por vía judicial de esta resolución irían a cargo de la UE, por lo cual parece bastante probable que se produzcan indemnizaciones. Por tanto y si realmente no afecta a la vía de la demanda Civil, es recomendable presentar la reclamación contra la resolución de la JUR y el FROB. Un cordial saludo.    
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Wiijaen 24/07/17 06:11
Ha respondido al tema Afectados OS Banco Popular
Sobre los bufetes de abogados para llevar este caso, después de informarme y contactar con distintos de ellos, seguramente me decida por Rúa Abogados. Cobran también a éxito, en este caso sólo un 5% de lo recuperado y la demanda civil ante la Audiencia Nacional que han preparado va encaminada a recuperar el 100% del nominal, no una parte en concepto de indemnización. Prueba a contactar con ellos y que te informen a través de la plataforma: https://afectadosbancopopular.es Un cordial saludo.  
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Wiijaen 24/07/17 05:51
Ha respondido al tema Demanda colectiva Accionistas Popular
Veo que sigue habiendo el mismo problema: para qué leéis a INDRA? Daros cuenta que su única intención es malmeter e intoxicar. Daros cuenta también que mientras él cobra por hacer lo que hace en estos foros, vosotros no, sólo perdéis tiempo y os molesta. Simplemente, IGNORADLO! ;-)  
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Wiijaen 14/07/17 14:10
Ha respondido al tema Afectados OS Banco Popular
Ese creo que es otro punto interesante a tratar en los juzgados: el abuso de posición dominante y la imposición en las condiciones de compensación. Por otro  lado y por mucho que algunos intenten justificarlo, sigue sin tener sentido(legal) hacer distinción entre comprar los productos en ventanilla y comprarlos en el SEND. Un cordial saludo.  
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Wiijaen 04/07/17 12:30
Ha respondido al tema Demanda colectiva Accionistas Popular
La mayoría de los bufetes que hemos comentado aquí trabajan de esta manera, a ÉXITO: Rúa, Triviño, Cremades, Winu, Arriaga, ...De hecho, por lo que he observado, la mayoría de los abogados en derecho bancario que trabajan para recuperar dinero a sus clientes de bancos parece que cobran sus honorarios de esta manera. Ello se debe a que en la mayoría de casos se obtienen sentencias favorables al demandante y, si también se han arriesgado en este caso, será porque lo ven viable...Ningún abogado de prestigio trabajaría en estos casos si no sabe de antemano que hay alta probabilidad de obtener sentencia favorable. E insisto, la probabilidad de ser condenado el demandante a costas es prácticamente nula. Tened en cuenta que, además del perjuicio que ya hemos sufrido y cómo se ha producido, sería difícil que un juez pueda justificar el condenarnos a nosotros en costas. Por último, aclarar que se disponen de 4 años para reclamar. Un cordial saludo.  
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Wiijaen 03/07/17 14:59
Ha respondido al tema Afectados OS Banco Popular
Yo sigo pensando en mis dos principales culpables de todo esto: El Santander: era el máximo interesado en que esto acabara así y lo antes posible, para intentar seguir perdiendo dinero con la devaluación del Popular. Tarde o temprano estoy seguro que saldrán a la luz posibles contactos y presiones que hicieran días antes (u horas antes!) para que se llegase a la situación del 7 de junio de 2017. Como siempre, recordaros que el Único beneficiado económicamente de todo esto ha sido el Santander, y que es realmente el Santander el que tiene nuestro dinero. El Gobierno de España: sabía que tiene muy mala imagen acumulada, y no podía permitirse otro rescate bancario, por lo que sí o sí, necesitaban pasar la patata caliente a la UE. Por ahora han salido beneficiados políticamente, pero a medio plazo, creo que saldrán más perjudicados que beneficiados.  Un cordial saludo.  
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Wiijaen 03/07/17 14:41
Ha respondido al tema Demanda colectiva Accionistas Popular
Hola inocenti, buenas tardes. Los abogados en derecho financiero, la mayoría de ellos y los que yo he sondeado para el caso actual del Popular, trabajan a ÉXITO, eso quiere decir, para empezar, que ellos no te cobrarían a tí en caso de sentencia desfavorable. Respecto a las costas, hay 4 casos posibles: Obtienes sentencia favorable y el banco es condenado en costas: es la mayor probabilidad en este tipo de casos. En ese caso, los abogados que defienden tu caso, por lo general, cobran de la parte contraria, de ti no cobrarían nada. No hay condena en costas pero obtienes sentencia favorable: en ese caso los abogados que defienden tu caso cobran la parte proporcional de lo recuperado (lo que tú recuperes), estipulado en el documento de Poder. Para que te hagas una idea oscila en el rango 5%<->20%. No hay condena en costas y no obtienes sentencia favorable: no tendrías que pagar nada, sólo el tiempo perdido (que también cuenta...). No obtienes sentencia favorable y además eres condenado en costas: en ese caso pagarías las costas de la parte contraria, los abogados que defienden tu caso no te cobrarían. He ordenado los casos posibles de más probable a menos probable. La probabilidad del 4º caso es prácticamente nula, especialmente en los últimos años. Hay que tener en cuenta que, tal como ha sucedido y lo que reclamamos, el juez como mínimo ve que ha lugar la demanda, y que tiene bastante sentido el caso, independiente de la sentencia final. El juez sabe que, visto el caso y las circunstancias que te llevaron a interponer la demanda, no tiene sentido que te condene a tí en costas. Independiente de cómo termine todo esto, termina finalmente presentando la demanda, no lo dejes pasar. Como mucho, perderás tiempo, pero no más dinero. Un cordial saludo.  
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Wiijaen 01/07/17 07:16
Ha respondido al tema Afectados OS Banco Popular
Muchas gracias por las aportaciones, compañeros. A mi lo que más me molesta es que nuestro dinero NO se ha perdido, realmente se lo ha quedado el Santander. Un cordial saludo.  
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Wiijaen 01/07/17 07:03
Ha respondido al tema Demanda colectiva Accionistas Popular
Hola Pedro, buenos días. Según comentó Cremades en la reunión del pasado 22 de junio, las demandas por lo Civil se resolverán una vez se resuelvan las Penales. Aunque los de Rúa Abogados me comentaron que los Obligacionistas iremos por lo Civil porque la demanda se plantea de diferente forma y seguramente se resuelva antes. A ver si algún experto jurídico lo puede aclarar. Un cordial saludo.  
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