Pero creo que en el borrador no me da esa opción, viene ya reflejado en "Bienes inmuebles no afectos a AAEE, excluida la vivienda habitual e inmuebles asimilados".
Aunque compre las dos cosas a la misma vez, las escrituras tienen fechas distintas, ¿eso puede ser problema para incluirlo?
Eso mas o menos lo sabia, pero gracias por tu aclaración.
La duda que tengo es como puedo incluirla en la vivienda habitual, a raíz de lo que comento, porque ahora mismo no la tengo como tal.
Gracias
Buenas noches Amparo
Actualmente me encuentro en desempleo, sin cobrar ni subsidio ni nada. Tengo 4 planes de pensiones. Se que por mi situacion puedo recuperarlos cuando quiera, pero tengo una duda.
Si hago una aportacion a uno de los planes en este año fiscal, y para el año que viene recupero otro, que pasaria con la deduccion fiscal de este año, ¿la tendria que devolver?
Sé que si lo recupero en un pago unico (lo que quiero hacer) este tributaría como "rendimiento del trabajo", pero al ser poca cantidad y como no cobro un centimo de ningun sitio, no tendria que pagar nada de IRPF.
Muchas gracias