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Contenidos recomendados por Jo.ma

Jo.ma 21/05/11 06:49
Ha comentado en el artículo Error del sistema: #SpanishRevolution
Casi me echo a llorar. No me extraña que Rankia siga siendo Rankia, con artículos como éstos, ahora entiendo porqué llevo más de cuatro meses sin consumir una sola noticia en Tv, radio u otros medios de internet. Deberían estampar este artículo a las puertas del Parlamento, y en Cibeles, y en Sol donde están todos reunidos ahora...Economía_freak presidente!! Espero que me dé permiso usted para copiar íntegramente el mensaje y mandárselo a todos mis allegados por email.
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Jo.ma 20/05/11 15:50
Ha comentado en el artículo Increible propuesta de reforma del Senado y del sistema partitocrático actual. ¿Se puede pedir más? 2x1
Sinceramente, quien ha hecho esta propuesta, es un auténtico mentecato. La persona a la que se le ocurrió lo manifestado en este post,que no al que lo escribió, ni se ha leído la Constitución donde se prevé expresamente los órganos ''de transición'', los procedimientos de revisión y reforma tanto de la misma, como las consecuencias que tendría de cara a la disolución de las cortes, ni conoce el sistema electoral, ni se habrá molestado siquiera en leer lo que ha puesto en su mismo cartel. Ya me gustaría ver la asamblea formada por canis y botelloneros,y por demás personas que no tengan conocimiento y repercusión de las estupideces que escriben en pancartas, que no se saben ni la tabla del 1, y que si estudiaron derecho ( como para no matarlos ) seguro que abandonaron la carrera el primer año tras no aprobar ni una. Hay que dejarse de tonterías. La solución no pasa por poner una bomba en términos jurídicos o económicos.
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Jo.ma 08/05/11 15:54
Ha comentado en el artículo La plata enamorada de la luna
Bueno amigos Rankianos. Entiendo que podáis pensar que el Sr. Llinares ya no sea tan agresivo en sus estrategias o recomendaciones como antes. Y entiendo también que le pidáis consejo. Y sin ánimo de meterme donde no me llaman, lo que no es concebible desde el punto de vista de la lógica,es que vengáis aquí a reclamar que os diga cómo invertir, cómo hacerlo ya, y cómo poneros ricos en seguida. Mientras vosotros, lo digo por algunos comentarios, os dedicáis a despotricar contra él, precisamente porque ya se os ha acabado la panacea de que alguien que os estaba haciendo ganar dinero, no quiera seguir haciéndolo, ya todo son berrinches. Y solo dos cosas : La primera, la dijo mi profesor de Bolsa en la universidad : Si yo supiera de esto, si realmente lo entendiese, no estaría aquí. Y la segunda : Si en este mundo, que sabemos como es, te dejas guiar por otros, primero, demuestras que no tienes la suficiente seguridad en ti mismo, ni te molestas lo más mínimo en contrastar nada, ni te molestas lo más mínimo en averiguarlo por tí mismo y esforzarte en convertirte en un buen o decente ( que es lo más lógico, porque buenos, los hay pocos ) trader o fundamentalista; Y segundo, si te dejas guiar por los demás en este mundo financiero, estás muerto, porque, o te habrá engañado, o te habrá arrastrado a su conveniencia hacia donde él quiere para que sea él el que gane, o sinceramente, no vales para este mundo pero no quieres reconocerlo. Y que conste con esto que no me estoy metiendo con el Sr. que escribió este artículo. Solo que no entiendo esas pataletas de chiquillo '' venga dime cómo ganar o gritaré y mi madre vendrá a pegarte ''. Cada uno tiene que ganarse su pan. Bastante hace con dar recomendaciones que a la larga, valen mucho dinero, se cumplan o no.
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Jo.ma 08/05/11 08:37
Ha comentado en el artículo Órdenes de compra-venta de acciones
Yo no me quiero meter donde no me llaman, puesto que no soy economista ni domino los mercados, de hecho los estoy empezando a conocer. Pero he visto en multitud de sitios en los últimos 6-8 meses que SOS representa un auténtico chicharro, así que más que subir...
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Jo.ma 18/04/11 16:33
Ha comentado en el artículo Razones para mover empresas a España
Te olvidas de que la mayor parte de esas compañías españolas no obtienen el grueso de sus beneficios ni del sector español, ni dentro de España ni empleando a españoles... diversifican más, se expanden más, tienen más participación y presencia en mercados emergentes, no son tan ''nacionales y nacionalizados, ni tienen tanta aversión más allá de sus fronteras'', así que gran parte de tus argumentos caen por sí solos. Porque serán de aquí, tendrán su sede internacional aquí, pero cada vez son '' menos de aquí ''.
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Jo.ma 18/04/11 08:46
Ha comentado en el artículo Razones para mover empresas a España
Pues aplicando yo mismo mis razonamientos, y sirviéndome de la expresión entrecomillada ''otros gastos indirectos'', y en relación a lo comentado en el post daré mi opinión de parte del artículo. Si por otros gastos indirectos, entendemos los políticos, que por egoísmo, por arrogancia, por corruptelas o intereses o cualquier otro motivo, legislan de forma digamos '' proteccionista'' o ''nacionalista'', y hace que en la práctica sea imposible despedir a un francés o a un alemán...¿ Pues sabéis que os digo amigos de Rankia?¡ Ole por esos políticos ! Porque ya que me van a robar sea yo francés,alemán,o español, que por lo menos dejan el plato de comida caliente dentro de mi patria, y no tengo que emigrar a Singapur o a la conchinchina, a un sitio que no sabría localizar geográficamente ni con tres GPS,solo por una política de flexibilización laboral y competitividad que nos lleve a corto plazo a la morfina de los beneficios y la creación de empleos, y a la larga, a más desempleo y quiebra del sistema. Y repito...¡ OLE POR ESOS POLÍTICOS! Porque si en Francia,en Alemania, o en Inglaterra, me roban 10 veces más que aquí...me roban preocupándose por mí!!! No como en España, que se lo quedan todo para ellos y los del pueblo llano seguimos agonizando. Aparte, de que el coste de otros gastos indirectos, también hace referencia a la lacra que ha supuesto ( yo que soy jurista ) el desarrollo legislativo autonómico, un error imperdonable de cara al progreso mundial y al establecimiento de grandes corporaciones, que no van a perder tiempo, dinero y recursos en conocer al dedillo que lo que se dice en Canarias no vale para Asturias, y lo que se dice en Cataluña, no vale en Galicia... Y al enmarañado sistema tributario español ( aunque desconozco los de fuera y su complejidad, dicho sea ). Y contradiciéndome a mí mismo, y aunque parezca una locura, ahora mismo prefiero esa morfina, esa panacea milagrosa que dure apenas un par de años, de empleo y establecimiento de empresas foráneas, a seguir como estamos. Un saludo
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Jo.ma 06/04/11 15:10
Ha respondido al tema "Hipoteca en herencia"
No amiga Bleny, a lo que usted se refiere, el producto hipotecario copiado del sistema americano, es el Reverse Mortgage, o lo que se conoce aquí en España como Hipoteca Inversa, pero es diferente. Lo que se hace, explicado de forma sencilla, es que para personas que no dispongan de renta, o patrimonio suficiente, para subsistir o vivir su jubilación, solicitan una hipoteca, un dinero por así decirlo, que se divide en periodos de tiempo, y que se cobra como si fuese una pensión, de forma mensual, cada dos meses, cada seis, anualmente....hasta que la persona que solicitó dicha hipoteca fallece, y entonces, si de la cantidad total solo ha gastado un porcentaje X, pues es ese porcentaje, en concepto de hipoteca ( está todo mal dicho, pero para que usted me entienda y no volvera loca con tecnicismos ) lo que su hijo o heredero debería pagar,y el resto, que es dinero que no se llegó a tocar nunca, vuelve a la entidad financiera. Lo que si podría hacer es ''tratar'' ( porque en la práctica está difícil ya que ese producto se sacó adelante con la reforma del mercado hipotecario en 2007 y no ha tenido mucho éxito, más cuando las hipotecas convencionales o normales se han desplomado por lo que todos sabemos que ha pasado a nivel mundial ) de volver a hipotecar su vivienda, una segunda hipoteca, de tipo inverso, que le permita cancelar la primera ( con el dinero solicitado en la segunda hipoteca, pagar lo que se debe en la primera ) y acabar dejando dicha hipoteca a su hijo a través de la herencia. Pero ya le advierto de que las condiciones que hay que cumplir y todos los requisitos que hay que tener en cuenta no son tan sencillos de cumplir como esto que acabo de explicarle. Un saludo.
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Jo.ma 06/04/11 11:39
Ha respondido al tema Pedir hipoteca sin nota simple
Usuario Hipoteka : si usted quiere morir, adelante, hágalo. Subróguese en el lugar de la promotora, para que si así, ella no llegase a terminar la obra, acabe usted pagando la cuota de la hipoteca que ella pidió en base a la propiedad, o propiedades, elementos privativos que suscitan la división horizontal, que usted haya querido adquirir, es decir, pagar una casa, o dos, y la parte correspondiente del suelo, si tiene plaza de garaje, trastero, cuarto en la azotea ( y no sé si llegaría también a incluir el precio teórico que alcanzarían los elementos comunes de la propiedad horizontal, como pasillos, locales comerciales de los que fuese dueña la comunidad y no el promotor, parques, piscinas, zona de gimnasio o recreo...). Espere a que esté inscrito en el Registro de la propiedad la declaración de obra nueva, la de obra finalizada, y el seguro decenal, y asegúrese como le dice el compañero, de firmar lo correcto. Como se suele decir siempre en Rankia, o en economía y finanzas a secas, si le meten prisa, si no le dan tiempo a pensar, si todo tiene que hacerlo corriendo porque la oportunidad pasa, es que es demasiado bueno como para ser verdad. Y como dice usted : A esto, me responden de la promotora, que los datos del registro no son obligatorios para escriturar, aunque haya entidades que lo pidan y que ellos no dan los datos del registro hasta que no se escriture (¿?) Por supuesto que para escriturar no es necesario la nota simple, para ESCRITURAR, pero ellos después con la escritura en la que usted se subroga en el préstamo hipotecario SI QUE PUEDEN acudir al registro de la propiedad e inscribirlo, así que ante la praxis, y viendo lo visto en base a mi experiencia, porque oler huele a fraude, salga corriendo de ahí. Y que se me olvidaba, como es lógico, ante esa incertidumbre, que puede acabar derivando o no en una posible situación de fraude o estafa, y que desde el punto de vista notarial o registral podría llegar incluso a calificarse de correcta, visto en términos notariales ( se le cita austed para una subrogación hipotecaria con el representante del banco y el de la promotora ) y en términos registrales ( salvo que el registrador, en base a su experiencia, califique negativamente y deniegue la inscripción,pero incluso desde el punto de vista registral, mientras no se realice la división material de los elementos de aprovechamiento independiente o privativo de la propiedad horizontal, eso seguiría sin ser posible.
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Jo.ma 06/04/11 11:23
Ha respondido al tema Cambio precio de escritura en contrato compraventa
Acabo de fijarme por lo que dice usted en el artículo 1, que se trata de una vivienda VPO de promoción privada, de SEGUNDA MANO, por lo que será de aplicación el Real Decreto 727/1993, de 14 de mayo, sobre precio de las viviendas de protección oficial de promoción privada, en especial su artículo 1 y 2. Transcribo : Artículo 1. El precio de venta en segunda y posteriores transmisiones de las viviendas de protección oficial de promoción privada acogidas a regímenes anteriores al Real Decreto-ley 31/1978, de 31 de octubre, será el que libremente acuerden las partes. A estos efectos, también se considerarán segundas transmisiones, las primeras que se realicen a partir de la vigencia de este Real Decreto, cuando las viviendas se destinaron con anterioridad a arrendamiento o estuvieran ocupadas por quienes las promovieron. Artículo 2. El precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil en segunda y posteriores transmisiones de las viviendas de protección oficial de promoción privada acogidas al Real Decreto-ley 31/1978, de 31 de octubre, será el máximo que corresponda a las viviendas de protección oficial que se califiquen provisionalmente en el año en que tenga lugar el contrato de compraventa, en la correspondiente área geográfica.
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Jo.ma 06/04/11 11:05
Ha respondido al tema "Hipoteca en herencia"
Usuario/a Bleny, no se quien le ha dicho que poner la hipoteca en herencia a su hijo es la solución, pues en virtud de lo establecido en el Código Civil, su hijo como heredero supongo que testamentario, o si no legítimo, en caso de no concurrir con ningún tercero, ya tendría que hacerse cargo de la hipoteca en caso de que usted fallezca y el quiera heredar, pues el propio concepto civil de herencia hace alusión a los derechos, deberes y obligaciones que integran y conforman el patrimonio de una persona, que lo transmite por vía testamentaria, o intestada, tras acontecer su muerte. De los deberes y obligaciones, del concepto del pasivo hereditario, se extraen los derechos de crédito que el testador o causante tuviese al momento de su fallecimiento ( es decir, usted, el día que fallezca ), y dentro de ellos a su vez, los créditos con garantía hipotecaria. Así que sinceramente, desconozco esa praxis, o tal vez a la persona que se lo comentó se lo dijeron a su vez y lo entendió '' a su manera ''. Puede, quizá, pero no sé, haberse referido a la donación en concepto de mejora hereditaria, o del tercio de libre disposición, o incluso a la donación por razón de matrimonio ( aunque al momento de escribir esto me he dado cuenta de que su hijo ya estaba casado, así que no es aplicable ). Deba tener en cuenta que si pretende enajenar el bien, deberá tributar por ello. Si le está costando pagar sus deudas, una solución que es igualmente una espada de Damocles, o un arma de doble filo, puede venir representada por las entidades de refinanciación de deuda ( que yo personalmente, no se lo aconsejo para nada, serían casos extremos ). O bien, puede acudir a su entidad y negociar una refinanciación hipotecaria, una novación de la misma donde se alargue el plazo ( tendrá que pasar el visto bueno de la entidad ), o solicitar un periodo de diferimiento ( donde no pagará ni principal ni intereses, pero éstos si seguirán corriendo en el cómputo, y producirán a su vez nuevos intereses ). Espero no estar liándola/e demasiado. Un saludo.
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