Buenas tardes, depende del tipo de renta: Renta general En la casilla 367 aparece la cifra a compensar en los próximos 4 años. Renta del ahorro El importe a compensar en los 4 próximos años aparece en la casilla 370. Guarda estas cantidades durante los 4 próximos años o hasta que consigas compensarlas, ya que no volverán a aparecer en las próximas declaraciones de la renta. Un saludo.
Buenas tardes, los 2.440,42 euros los puedes incluír en la declaración de la renta en la casilla 369, con el límite del saldo positivo de la casilla 368. Por los datos que ofreces no podrías compensar nada más, ya que has obtenido ganancias patrimoniales, sólo se pueden compensar con el 10% de los rendimientos las pérdidas patrimoniales del ejercicio. Un saludo.
Buenas tardes, este tema ha sido bastante recurrente durante la Campaña de la Renta 2013, ya que es una novedad y ha afectado a muchos contribuyentes que pensaban compensar pérdidas de ejercicios anteriores con las ganancias patrimoniales del año 2013. Las ganancias y pérdidas patrimoniales obtenidas antes de 2013 tienen la consideración de renta del ahorro indiferentemente en el tiempo en que se hubieran generado. Ganancias y pérdidas patrimoniales generadas en menos de un año Con la llegada de 2013, las ganancias y pérdidas patrimoniales generadas en menos de un año se consideran renta general con lo que, las ganancias no se pueden compensar con pérdidas de años anteriores ya que no se consideran el mismo tipo de renta. Las pérdidas patrimoniales generadas en menos de 1 año se pueden compensar con el máximo del 10% de los rendimientos e imputaciones de renta obtenidos en el ejercicio. Ganancias y pérdidas patrimoniales generadas en más de un año Por otro lado, las ganancias y pérdidas patrimoniales generadas en más de un año se consideran renta del ahorro con lo que, las ganancias si que se pueden compensar con pérdidas de años anteriores ya que se consideran el mismo tipo de renta. En este otro hilo del foro de fiscalidad se ha tratado el tema con mayor profundidad: ¿Cómo incluir las Ganancias o Pérdidas Patrimoniales en el Programa PADRE 2013? Un saludo.
Buenas tardes, al ser acciones de un negocio familiar entiendo que las has tenido durante más de 1 año. En mi opinión, las incluiría en la casilla 307, marcando la clave 3. Un saludo.
Buenas tardes, no se puede saber si está bien o no, ya que el tipo impositivo que se aplica depende del tramo en el que te encuentres. Si al introducir los datos en el Programa Padre obtienes ese resultado, yo no dudaría. Si sigues con dudas, acude a un asesor fiscal y que te haga él la declaración de la renta. Un saludo.