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Sobre evangelista

No soy un profesional del mundo de las Finanzas tan sólo una persona que dispone de tiempo libre para dedicarse a la lectura y aprender cada día más

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evangelista 18/04/24 09:39
Ha guardado Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años de
Sí puede hacerlo. Adjunte la resolución de la suspensión del subsidio. Solicítelo dentro de los 90 días siguientes a la fecha de suspensión para que cubra esa laguna en ese mes.Saludos.
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evangelista 18/01/24 18:14
Ha guardado Re: Subsidio Mayores 52 años - Consolidación dominio por fallecimiento usufructuario de
No debería haber retroacción a la fecha de fallecimiento, lo heredado no será suyo hasta la aceptación de herencia (a efectos del SEPE).Pero en una herencia hay tres cosas a tener en cuenta. En el momento de la herencia hay una ganancia patrimonial, debido a una sentencia del tribunal supremo, el SEPE sólo considerará, en ese momento, la ganancia patrimonial que corresponda a los bienes líquidos (dinero en cuenta, depósitos...)A partir de ese momento, toda la herencia genera unas rentas, lo q...
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evangelista 10/01/24 16:34
Ha guardado Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años de
Todas ellas u otra persona alternativa.Es muy raro que la persona que le atienda tome esta decisión porque suele ser el que menos categoría tiene y, por lo tanto, el que sólo recoge documentación y tramita lo que haga el programa de forma automática. Pero puede pasar que le atienda un director de oficina o técnico que si que tome la decisión.Pero puede ser que en una provincia hayan decidido que este tipo de decisiones se tomen de forma centralizada en la dirección provincial y la responsabil...
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evangelista 10/01/24 16:34
Ha guardado Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años de
A lo expuesto por @franjgr ,   añado que las reclamaciones previas a la jurisdicción social,  si bien son refrendadas por el director provincial de cada plaza,  estas son validadas por el servicio jurídico del cuerpo de letrados del SEPE.En teoría son los que mas deben saber de todo esto,  son abogados del Estado
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evangelista 21/12/23 11:17
Ha guardado Re: Reforma de los Subsidios. Recorte en el Subsidio de mayores de 52. de
Buenas,  podría haber mucho sido peor (tengo amigos argentinos...) ;  pensemos en positivo;El subsidio mientras no se extinga (causas muy tasadas por Ley)  sigue rigiéndose por la actual normativa (la nueva entrará en vigor el 1/06/2024)Puedes suspender y reanudar todas las veces que tengas que hacerlo;  un subsidio reanudado no es un nuevo,  es el mismo que te concedieron originalmente.Eso sí,  si tu subsidio se extingue por las causas que sea  y cumples con los requisitos de solicitarlo de ...
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evangelista 14/12/23 10:31
Ha guardado Re: Duda herencia y subsidio de
Con el criterio antiguo el SEPE consideraría un ingreso puntual de 50000 euros con la herencia y otro de 5000 con la venta.Tras esta sentencia el SEPE no considera ningún ingreso con la herencia y 55000 con la venta.El 3% anual se considerará sobre 50000 que es el valor de la propiedad y se actualizará año tras año si ese valor aumenta.
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evangelista 01/12/23 10:37
Ha guardado Re: Alquileres en herencias yacentes - Subsidio de
Sí, aunque no hayan hecho repartición de herencia, esa herencia yacente le está proporcionando unos ingresos que se reparten a partes iguales entre los herederos mientras no haya repartición.Si esos ingresos le hacen superar rentas el subsidio debería suspenderse desde el mes siguiente al que supera los 810 euros. O sea, en este caso, con las rentas de octubre es cuando supera, pues el subsidio debe suspenderse a partir del 01 de noviembre. Puede comunicarse hasta la siguiente reanudación/pro...
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evangelista 14/11/23 11:55
Ha guardado Re: Rentas alquiler y subsidio mayores 52 años de
270 €. Cualquier otra interpretación pondría en ventaja al propietario que pacta esto en un contrato frente a quien paga la comunidad directamente.En el IRPF, del importe bruto se descuenta la comunidad, así que quien pague la comunidad no tiene un efecto en la declaración de renta.
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evangelista 14/11/23 08:58
Ha guardado Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años de
Si ese mes cumple las condiciones exigidas, se incluiría dentro de la integración de lagunas de cotización. En ese caso se incluirá en el cálculo de la pensión con la base mínima de cotización. El problema es que aunque con la integración de lagunas de cotización el mes de suspensión si contaría para el cálculo de la pensión a nivel de importes, sin embargo, no se contabilizaría como mes cotizado para determinar la fecha de la jubilación. Es decir, ese mes de suspensión no contaría como mes c...
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evangelista 20/10/23 11:41
Ha guardado Re: Cita orientación y dudas derivadas - Subsidio de
Es lo que dice Angelneu, quien hace toda la labor de sancionar es el servicio público de empleo de la comunidad autónoma. Debe comunicar una propuesta de sanción, dar un plazo para hacer alegaciones y luego comunicar una resolución de sanción.Sólo, una vez que la sanción es firme, se lo comunica al SEPE que es quien tiene que ejecutar la sanción porque es el que paga.El estado le cedió la competencia para sancionar en políticas activas de empleo cuando se las cedió hace años a las comunidades...
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evangelista 20/10/23 02:28
Ha guardado Re: Cita orientación y dudas derivadas - Subsidio de
Vuelvo a reiterar lo anterior,  coincidiendo tambien con lo dicho por @franjgr Si no acude a algunas de estas citas notificadas ya sea por mail o por SMS,  no le pasará absolutamente nada,  ya que deben de notificarlo de manera fehaciente.Esta forma de proceder crea inseguridad jurídica. Lo habitual en estos casos son DOS intentos de notificación en el domicilio (con acuse de recibo) con el posterior aviso de retirada en correos de la notificación durante unos días.    Y si tras esos intento...
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evangelista 20/10/23 02:27
Ha guardado Re: Cita orientación y dudas derivadas - Subsidio de
Evidentemente, cada uno debe ser responsable de sus decisiones y procurar no meterse en situaciones que puedan ser interpretadas como que rechaza ofertas o cursos adecuados.Pero, en el hipotético caso de que se inicie un expediente de sanción, le deben dar un plazo para realizar alegaciones. En ese plazo de alegaciones se puede argumentar que no ha sido notificado o que la notificación es incorrecta y deberían darle la razón porque no tienen forma de demostrar que ha sido notificado. Si aun a...
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evangelista 09/10/23 17:39
Ha guardado Re: Suscripción notificaciones electrónicas SEPE - Subsidio de
Con la notificación tradicional hay dos intentos de entrega en domicilio y luego el BOE;  y entre medias muchos días, incluso meses para que te puedas enterar.Por el método electrónico tienes solo 10 días para que el reloj de plazos empiece a correr.En mi opinión, muchas mas probabilidades que te enteres con el método tradicional que con el segundo,  con la particularidad de que aún SIN ESTAR SUSCRITO al servicio de notificaciones electrónicas,  se puede acceder al contenido de la notificació...
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evangelista 09/10/23 17:28
Ha guardado Suscripción notificaciones electrónicas SEPE - Subsidio de
Abro este hilo a raíz de una conversación que he tenido este fin de semana de un problema de un conocido sobre las notificaciones electrónicas.El SEPE está fomentando a sus usuarios que se suscriban expresamente a recibir las notificaciones de este organismo exclusivamente por medios electrónicos,  y esto puede tener muchos mas inconvenientes que ventajas.Para ellos todos son ventajas,  para el ciudadano puede no ser tanto.Es importante saber que para los ciudadanos NO es obligatorio darse de...
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evangelista 06/10/23 17:57
Ha guardado Re: Compatibilizar trabajo de días a tiempo parcial y sub de 52 años - Subsidio de
Por Internet se puede hacer todo, en presolicitudes tiene la opción de dar de baja la prestación y de hacer una presolicitud de reanudación de la prestación.Sí es un jaleo pero es lo que tiene que hacer. Se lleva haciendo toda la vida con los contratos temporales que ahora sea fijo discontinuo no cambia nada en el procedimiento.Lo único tener la precaución de dar de alta la demanda de empleo antes de hacer la presolicitud de reanudación.
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evangelista 29/08/23 05:59
Ha guardado Re: Bienes inmuebles en herencia - Subsidio de
Acabo de hablar con un amigo que hace dos semanas estuvo en una oficina del SEPE de mi ciudad comunicando una herencia.Esta persona heredó tanto dinero en una cuenta corriente como un inmueble.La persona que le atendió en el SEPE le imputó solo y exclusivamente el dinero de la cuenta,  que como superaba los límites, suspensión.Le advirtieron que si llega a vender el inmueble heredado debe comunicarlo,  y que será la 2ª suspensión.Esto es lo legal ahora mismo.Saludos.
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evangelista 29/08/23 03:02
Ha guardado Re: Suspensión subsidio mayores de 52 por herencia de
Y ahora voy mas allá de lo anterior.Hay otra sentencia del TS en la que matiza sobre la comunicación de las herencias al SEPE.Según esta sentencia,  en el caso de que lo heredado sea un bien inmueble,   "La obligación de comunicación debe ser en el momento en que se vende el bien heredado y no al tiempo de la escritura de partición y adjudicación de herencia" El TS matiza doctrina sobre la comunicación al SEPE de herencia a los efectos de acreditar carencia de rentas | Iberley Y por lógica, c...
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evangelista 17/08/23 09:46
Ha guardado Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años de
Puede afectar a que el SEPE entienda que se coloca voluntariamente en situación de necesidad    para conseguir el subsidio,  y que se lo vuelvan a denegar si lo solicita. Si su idea con los inmuebles es esa (evitar el rendimiento presunto para solicitar el subsidio),  cuidado con esta operación.Saludos.
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evangelista 09/08/23 06:52
Ha guardado Re: Concedido el subsidio para mayores de 52 años de
Cualquier subsidio queda extinguido por trabajar 360 días por cuenta ajena. Por lo tanto no se podría reanudar.Después de cobrar el paro y hacer un mes de espera genera un nuevo derecho a subsidio (y eso le da derecho al de mayores de 52 de nuevo) pero se trata de un nuevo subsidio no del que ya estaba cobrando.Por lo tanto, entre paro y subsidio siempre hay que hacer un mes de espera, no hay escapatoria a día de hoy.Otra cosa es que el SEPE permite, como criterio propio no recogido más que e...
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evangelista 03/08/23 08:33
Ha guardado Re: Compatibilizar subsidio mayores 52 años y trabajo a tiempo parcial de
El límite de 810 euros incluye la parte proporcional las pagas extra.El artículo 275 de la Ley General de la Seguridad Social dice: "... carezca de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias."Esta redacción lleva a algunas personas a interpretar que la exclusión de las pagas extra se refiere a las "rentas", cuando la exclusión de las pagas extra se refiere al "...
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evangelista 24/07/23 17:19
Ha guardado Re: Trabajo por cuenta propia y reactivación de subsidio de mayores de 55 años de
Efectivamente, la baja en autónomos no está recogida en el artículo 267 como situación legal de desempleo.Pero el artículo 271 recoge que el derecho a la percepción de una prestación por desempleo se suspende cuando se realiza un trabajo por cuenta ajena inferior a 60 meses. En aplicación de este artículo el SEPE considera que el subsidio está suspendido y que se puede reanudar cuando finaliza la causa de suspensión, aunque no exista SLD.La baja en autónomos no serviría para un alta inicial d...
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evangelista 16/07/23 15:54
Ha guardado Re: Comisión de mantenimiento de la cuenta de W. Petersen
Si  ....  si la cuenta es solo por eso o como mucho el seguro que te hicieron con el préstamo.Puedes reclamar todas las comisiones, hasta un máximo de 6 años ... pero no a la oficina, al Servicio de Atención al  Cliente del banco
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evangelista 11/07/23 06:43
Ha guardado Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años de
1) Desde el 9 de agosto  (fecha de reanudación)Si sus rentas no han variado o lo han hecho por debajo del límite,  NO es necesario reflejar ninguna cifra. 2) Los cálculos del SEPE son mensuales.  Solo podría compensar pérdidas y ganancias si se producen en el mismo mes. 
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evangelista 22/06/23 16:20
Ha guardado Re: Subsidio mayores de 52 de
Mientras esté trabajando no puede cobrar el subsidio, porque no existe la figura del autónomo a tiempo parcial. Pero después de darse de baja como autónomo puede reanudar el subsidio sin problema. No se pierde por el hecho de trabajar.Para extinguir el subsidio debería estar cinco años seguidos como autónomo.
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evangelista 18/06/23 10:14
Ha guardado Re: Rentas Subsidio mayores 52 años de
El SEPE sabe la información con la última renta, pero la persona es responsable de hacer sus cálculos mes a mes sin que pueda ampararse, después, en que el SEPE no lo detecto.Si se superan rentas en algún momento hay que comunicarlo porque si lo detecta el SEPE a posteriori puede suponer la extinción del subsidio.Si no se superan rentas, da igual que declare o no declare ese interés presunto, el SEPE no le va a sancionar por ello.
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