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leopol72

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leopol72 06/10/23 04:47
Ha respondido al tema Dudas varias sobre compra de vivienda habitual
Un cheque conformado es también un cheque bancario, de hecho, está emitido por el banco o se le ha pasado y le han dado el "conforme" En este cheque el banco se encarga de avalar la solvencia del emisor. El banco emite el cheque con un certificado que respalda su posterior cobro. A su vez, la entidad retiene el importe del cheque en la cuenta del emisor para garantizar el pago. Es verdad que quizás el bancario estricto es un poco mejor, pero no le veo mayor problema al conformado, siempre lo he hecho con ellos
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leopol72 05/10/23 09:19
Ha respondido al tema Dudas varias sobre compra de vivienda habitual
Lo único que hay que hacer es comentarlo en la escritura de compra, y luego, mudarte y empadronarte allí. En la declaración de la renta la pondrás como tu vivienda habitual.Los problemas de la vivienda de protección oficial del pueblo ya los estás iniciando desde que dejas de vivir allí, ya que supongo que para gozar de sus beneficios, debías vivir allí un número de años. Lo que pasa es que ahora hay mas posibilidades de que descubran que no lo haces que cuando estabas de alquiler.Respecto a lo del pago, lo del cheque conformado es lo mas común, no por nada sino porque el vendedor se asegura de que hay dinero en esa cuenta y de que no es un cheque sin fondos, le da mas garantías. Nada impide hacerlo por ejemplo con transferencias, pero, como éstas se hacen antes o después de la escritura, tiene que haber confianza entre las partes ya que el vendedor firmará sin tener asegurado el dinero, o al revés, el comprador tendrá que haber hecho  la transferencia antes de firmar.Lo normal es pagar las arras con transferencia, y el resto con cheque conformado.
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leopol72 05/10/23 09:08
Ha respondido al tema Herencia legitima - Testamento
Buen consejo, porque salvo que las deudas fueran muchas y no llegara la herencia a ser suficiente para pagarlas de la parte del heredero universal, a los legitimarios no les afectarían.Vamos, que si acaso, el heredero universal es el que podría plantearse lo de aceptar a beneficio de inventario
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leopol72 18/09/23 03:23
Ha respondido al tema Cantidad a pagar en extincion de condominio
No sé de quñe sentencia hablas, las extinciones de condominio no es que tributen o no en IRPF, lo que tributa es la variación en el valor del patrimonio. Si no lo hay, no tributa, si lo hay, por pequeño que sea, hay que declararlo.En las extinciones donde se adjudica uno solo todo el bien y compensa según valor de adquisición (no se actualizan los valores), no existe incremento ni decremento de patrimonio, solo concrección de cuotas. En el resto de casos si lo hay y si se declara en renta
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leopol72 15/09/23 04:33
Ha respondido al tema Valoración para declaración de patrimonio de local segregado
Puedes hacer consultas si, pero a ver cuanto tardan en responder...Efectivamente, no puedes bajar los valores declarados sin justificación, cuando lo vean te harán una complementaria. No es que realmente no se pueda, es que no te lo van a aceptar así a la primera, te tocará luchar. La única justificación que suelen aceptar es un error de hecho evidente, pero nunca un mero cambio de opinión en el valor.
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leopol72 14/09/23 04:05
Ha respondido al tema Valoración para declaración de patrimonio de local segregado
Lo de que no puede escriturarse por menos de... es de traca, tu puedes escriturar por lo que quieras, eso si, hay que ver que pasa con los impuestos según lo que digas.Y efectivamente, a ver de donde salió ese valor cuando los locales no suelen tener valor de referencia.La manera de hacerlo era con una tasación de ambos, no había otra, ya que aunque tuvieras el valor de referencia del inicial, está claro que al segregarlo, pierde parte de su valor, pero no sabes cuanto, ya que no depende solo de los metros que se quitanAhora ya es tarde, el valor que declaraste te vincula y es el mínimo a declarar en patrimonio, y supongo que sigue sin tener valor de referencia.
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leopol72 13/09/23 07:32
Ha respondido al tema Renunciar a herencia - impuestos a pagar
Por supuesto, tu renuncia no tiene coste fiscal alguno.En principio, si renuncias, efectivamente, pasa a tu hermana, pero, hay que ver algunas cosas, por ejemplo si se ha instituido un sustituto en el testamento o no lo hay
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leopol72 06/09/23 07:41
Ha respondido al tema Reparto vivienda en divorcio
Se paga cuando se hace la liquidación de la sociedad de gananciales, en caso de que tu te quedaras la vivienda, le tendrías que compensar en ese momento con esa cantidad.Si se decide vender en vez de que te la quedes tú, se puede acordar que se quede pendiente la liquidación a ese momento, cada uno recibe del comprador en función de esa proporción
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leopol72 06/09/23 06:49
Ha respondido al tema Reparto vivienda en divorcio
A grandes rasgos:Parte pagada privativa: 78.000 (54,62% sobre el total pagado)Parte pagada en gananciales: 64.800. (45,38%)Al disolver la sociedad de gananciales, le correspondería un 22,69% a cada uno de esa parte, por tanto, tu debes recibir 54,62+22,69=77,31% de la vivienda, y la otra parte el resto, 22,69%Esos porcentajes luego se aplicarían al valor actual dado en la disolución de gananciales para calcular las compensaciones necesarias.La cifra privativa se puede ajustar mas a tu favor si considerais que la entrada ya es un porcentaje directo de propiedad. Por ejemplo, si se dió una entrada de 12.000, eso implica directamente un 10% privativo, por lo que los 66.000 restantes privativos pagados con la hipoteca implicarían un 50,46% sobre el 90% de propiedad restante, y la parte ganancial, un 49,54%. Aplicando esos porcentajes sobre ese 90 restante, resulta un 44,58% como parte ganancial a repartir, es decir, sale un poco mas de porcentaje a tu favor, concretamente un total de 10+(50,46x0,9)+((44,58)/2)=10+45,14+22,29=77,43Por esa diferencia quizás no merece la pena complicarse con este segun método...
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leopol72 06/09/23 06:16
Ha respondido al tema Problemas de documentación válida a la hora de presentar el Impuesto de Sucesiones y Plusvalía - Herencia
Para presentar el impuesto de sucesiones, lo importante es saber qué bienes y en qué proporción comprenden la herencia, no tanto el que estén regularizados.De los que se tiene escritura, se aporta, de los que se tiene la escritura anterior porque no se adjudicaron en su momento en escritura, pues esa, de los que no se tiene escritura, lo que se tenga, catastro y cualquier documento del que venga esa titularidad.Todo te lo van a aceptar, de hecho, no les importa si metes mas bienes de la cuenta, sus efectos son solo para pagar mas impuestos, allá tú lo que declaras y liquidas. El problema sería meter menos.Luego es verdad que tendrás que regularizar las herencias anteriores para poder adjudicaros la última.Amplío.En Plusvalía, tampoco te van a poner pegas.Lo que no aconsejo es hacerlo por partes, ahora unos bienes y luego otros.
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leopol72 04/09/23 05:47
Ha respondido al tema HERENCIA EN GALICIA - Herederos con deudas a la familia
Lo que tienen que hacer es recibir la herencia y a continuación, hacer lo que quieran con ella, pagar a su padre o lo que sea, no veo el problema. Lo que no pueden hacer es compensar directamente ya que el acreedor no es el fallecido.Su padre en principio no tiene que declarar nada puesto que es la devolución de un préstamo.Otra cosa es que le pidan explicaciones al ver los movimientos de dinero, y tenga que darlas
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leopol72 01/09/23 06:32
Ha respondido al tema Comprar parcela que tiene 2 registros de propiedad pero 1 registro catastral
Eso que dices es perfectamente posible, pueden ser dos fincas registrales pero una solo catastral, por ejemplo porque se hayan unido de hecho, pero no de derecho, es decir, no se haya tramitado la agrupación en el registro de la propiedad. Si bien, también puede ser un error del catastro, y no tenga mucho que ver.En cualquier caso, efectivamente, el valor de referencia, si lo tiene, derivará de la parcela catastral.Lo importante a la hora de comprar son las fincas registrales, si corresponden con la realidad, y luego, se puede ver si la del catastro es coincidente o hay que instar la revisión
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leopol72 01/09/23 06:24
Ha respondido al tema Vehículo antiguo - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Si le das un valor razonable, no se molestarán en comprobarlo y lo darán por bueno.Por ejemplo, se me ocurre unos 500 eurosTambién puedes buscar en tablas el valor de ese coche aunque sea en otro año posterior, o de un modelo similar y ponerloSi pones cero, puede que lo comprueben
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leopol72 01/09/23 06:15
Ha respondido al tema 1 año después de irme a otro pais...
Si tienes otras pruebas sobre tu residencia allí mas de 3 años, es el momento de presentarlas. El padrón es la que ellos usan como principal, sobretodo en tu contra, pero no es la única vía para demostrar la residencia, existen otras muchas, como cualquier domiciliación a tu nombre, la dirección que aparece en el médico o en clubs o cualquier documento, incluso puedes aportar testimonios de los vecinos
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leopol72 30/08/23 03:42
Ha respondido al tema ¿Cuándo hacer una amortización anticipada de la hipoteca variable? - Amortización de hipoteca
Lo único que es cierto es que si el nuevo tipo es mayor, cuanto antes amortices, mas ahorras, pero da igual que lo hagas justo antes o justo después. Cada vez que se amortiza una cantidad, se vuelve todo a recalcular, qué mas da que sea antes que después del cálculo de la nueva cuota, el nuevo tipo de interés y por tanto los intereses a pagar no dependen de eso sino del euribor.
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leopol72 30/08/23 03:26
Ha respondido al tema MODELO 650 difiere de valor de escrituración
El valor a todos los efectos fiscales es el del modelo 650 en su momento, por lo tanto, la plusvalía futura se calculará sobre ese valor. Este nuevo que habeis puesto, salvo prueba en contrario no es el del fallecimiento, es el actualizado dos años después. Para que prevaleciera sobre el anterior, no solo habría que hacer una complementaria de sucesiones, habría que "demostrar" que en el 2021 se cometió un error y que ese es el verdadero del año del fallecimiento.Esa demostración se tendría que hacer cuando la AEAT os revisara la renta el año en que se venda.No se pueden cambiar a posteriori los valores declarados por cambios de opinión y sin justificación sin saber que puede tener consecuencias fiscales.Edito.  Esa escritura tiene que pasar por la Hacienda Autonómica, o bien como exenta al considerar que ya se presentó y que no procede tocarla porque los nuevos valores son solo a efectos de las adjudicaciones y compensaciones, o bien haciendo una nueva autoliquidación con esos valores pagando la diferencia, en el caso de que se pretenda cambiar los valores a los nuevos. 
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leopol72 29/08/23 03:21
Ha respondido al tema Cancelación parcial vs amortización de capital
Parece deducirse que aunque está prevista la comisión de desistimiento, al final, es cero, mientras no sea cancelación total.Supongo que lo podrás comprobar si en esas amortizaciones que has hecho te la han cobrado o no.Lo del recalculo de cuota o no mas bien parece un tema técnico de redondeo o cuadre de cuotas, si cuando das la orden de amortizar, lo haces sin cambiar la cuota, no te la cambian, salvo que se descuadre por algo y la modifiquen un pelin
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leopol72 29/08/23 03:09
Ha respondido al tema Subrogación o novación de piso de soltero
Eso que preguntas dependerá mas del banco que de otra cosa, si te sigue permitiendo figurar a ti solo, o aprovechará para incluir a tu pareja, no porque sea titular del piso, sino porque introduzca otro deudor
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leopol72 29/08/23 03:07
Ha respondido al tema Subrogación o novación de piso de soltero
Efectivamente, ese dinero que él considera privativo, en realidad no lo es al provenir de su trabajo. Como los rendimientos del trabajo se consideran gananciales, esas cuotas pagadas desde el matrimonio lo han sido por la sociedad de gananciales, que está adquiriendo un parte del inmueble por ello.Otra cosa es que el otro cónyuge pueda reconocer el piso como privativo en cualquier caso a la hora de la liquidación, o en cualquier momento.
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leopol72 29/08/23 03:01
Ha respondido al tema Contrato arras
No afecta para nada, el hecho de que estés o no casada no influye para nada en tu potestad como representante, no te preocupes
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