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Eduguti2

Se registró el 16/01/2019
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Eduguti2 16/01/19 06:01
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Buenos días. Desde hace seis meses convive con nosotros en el domicilio familiar una hija de trece años de mi mujer, tras un cambio de medidas de guardia y custodia. Mi mujer está desempleada y la única nómina en casa es la mía. Hacemos anualmente declaración conjunta. La nueva situación me ha planteado dos dudas este ejercicio: - ¿Debería existir algún cambio en las retenciones que me aplica la empresa? El modelo 145 sólo recoge descendientes (hijos y nietos), pero no hijastros... aunque la carga es la misma. - Tenemos un hijo propio de 3 años, además de la hija de mi mujer: las desgravaciones por guardería, que se nos aplicarían por el año pasado a través del modelo 233, según leo, sólo se aplican a mujeres trabajadoras. ¿No es una forma de castigar a las mujeres desempleadas y obligarlas a seguir en casa? Es decir, si eres mujer y trabajas y ganas, por ejemplo, mil euros, te ayudamos con desgravación, aunque en tu casa entren dos sueldos... pero si eres mujer desempleada y tu marido costea la guardería para que puedas dedicarte a la búsqueda activa de empleo o a la formación por las mañanas, y en casa sólo entra un sueldo, no tienes derecho a nada. ¿No es un contrasentido? ¿Podría reclamar yo esa desgravación? Muchas gracias de antemano.
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