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Degg0

Se registró el 09/10/2010
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Degg0 30/09/14 11:55
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Hola Tristán, Me he adjudicado una nave industrial (AEAT) y acabo de recibir "notificación acuerdo de requerimiento por garantía de la deuda tributaria por hipoteca tácita" exigiéndome los últimos dos años de ibi (4800€ entre principal, recargos, intereses y costas). Yo esperaba que me lo exigirían por derivación de responsabilidad (lo leí en los comentarios de tu blog) y que tal vez podría evitar pagarlos. -Mirando por internet (también un artículo tuyo) creo entender que se puede "derivar" la deuda. -Pero en el ayuntamiento (recaudación) me han dicho que las hipotecas tácitas no se pueden "derivar", que no es lo mismo que la derivación de responsabilidad, que el inmueble es una garantía y que debo pagar o ejecutan la garantía. -Por tanto mi consulta es, si a parte de pagando ¿existe forma de evitar esta ejecución de garantía? ¿hay forma de pagar únicamente el principal? (la chica de recepción me indicó que creía que sí podía pagar únicamente el principal o que podía solicitar que me "derivaran" la cuota a mi y evitar la ejecución de la garantía..) En tal caso como se haría? Muchas gracias, Daniel
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Degg0 08/11/13 06:35
Ha comentado en el artículo Subastas judiciales. Problemática de la posesión
Hoy me han adjudicado el inmueble (local)! Que ilusión, esperemos que no me encuentre con sorpresas! Una consulta, dicen que tributa por ITP, solicitaré por IVA, pero mencionan que para ello pago con el m309 el IVA y luego lo recupere, yo quiero aplicar la inversión del sujeto pasivo (no pagar nada y no recuperar nada) ¿sabes como aplicaro? ¿Lo has ralizado alguna vez? En cuanto a la inversión del sujeto pasivo (al ser empresario) yo me baso en el Capitulo 1, apartado 7 del manual IVA 2012..
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Degg0 07/11/13 05:54
Ha comentado en el artículo Subastas judiciales. Problemática de la posesión
Gracias. He presentado la oferta con certificado digital y en un apartado al complementar la oferta indica "Oferta válida hasta el:" y yo he marcado hasta el 10/11/2013 (por poner una fecha posterior y que creía que daría margen suficiente a que se reuniese la Mesa), ahora mi duda es si la Mesa se reúne posteriormente a esta fecha si será válida mi oferta o la anulan..
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Degg0 06/11/13 13:53
Ha comentado en el artículo Subastas judiciales. Problemática de la posesión
Hola Tristán, Una consulta; en una adjudicación directa de la AEAT en la que no se indica ningún plazo para conformar la Mesa, ¿de que plazo disponen? Lo digo porque en mi caso hace 12 días (25/10) que se cerró el plazo para recibir ofertas y me indican que están a la espera de recibir un sobre cerrado presentado a tiempo en otra delegación... Tengo puesta la caducidad para el viernes!! ¿si se junta la Mesa el lunes mi oferta presentada a tiempo estará caducada??!!! PD: Miro en el reglamento y no encuentro nada (excepto en el Reglamento 9399/2005 art 106.3 que indica 5 días, pero que es para concursos...) y por internet veo que muchas veces ellos mismos se dan un plazo de 5 días, pero no veo si es optativo o imperativo. Un saludo Dani
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Degg0 14/04/13 08:15
Ha comentado en el artículo CAF vs Vossloh: 2-1
No entiendo al comparativa de los Balances, se hace una media o es agregado ¿Porqué se mira el Balance de los último 7 años y no del último año que sería la situación actual?
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