Artículo 7. Rentas exentas.Estarán exentas las siguientes rentas: (...)f) Las prestaciones reconocidas al contribuyente por la Seguridad Social o por las entidades que la sustituyan como consecuencia de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.Fuente: Ley IRPF.El autor del hilo tiene una incapacidad permanente total, que sí está sujeta a IRPF.Un saludo.
Entiendo que los consumos de electricidad ya están en poder de la Agencia Tributaria:https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-12534#:~:text=Estar%C3%A1n%20obligados%20a%20presentar%20el,los%20suministros%20de%20energ%C3%ADa%20el%C3%A9ctrica.Un saludo.
Haciendo números, has tenido una rentabilidad de más del 6% (90/1.500).Quizás deberías saber que en diez años, es muy probable que tengas uno o varios años en que pierdas dinero. Aun teniendo un perfil conservador.Un saludo.
No puedes hacer más aportaciones de las que establece la normativa. Artículo 6. Limitación de las aportaciones anuales.(...) 3. Los excesos que se produzcan sobre la aportación máxima establecida podrán ser retirados antes del 30 de junio del año siguiente, sin aplicación de la sanción prevista en el artículo 36. 4 del texto refundido de la Ley.Fuente: Reglamento Planes y fondos de pensiones.Un saludo.
Si a Renault Bank se le ocurriese ofertar un Plan amigo o un Plan Tinto/bodega, ya verías como todos los comentarios se transformaban en loas celestiales.Un saludo.
Copiado del enlace: Ni el editor ni los autores aceptarán responsabilidades ocasionadas a las personas naturales o jurídicas que actúen o dejen de actuar como resultado de alguna información contenida en este artículo. Lo mismo digo ;-)Un saludo.