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batiscafo

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batiscafo 21/03/24 18:27
Ha respondido al tema No presentar declaración del IRPF con rentas superiores a...
 Artículo 7. Rentas exentas.Estarán exentas las siguientes rentas: (...) x) Las prestaciones económicas públicas vinculadas al servicio, para cuidados en el entorno familiar y de asistencia personalizada que se derivan de la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.Fuente: Ley IRPF.Habrá que determinar en primer lugar, si las ayudas recibidas están o no exentas.Un saludo.
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batiscafo 21/03/24 15:57
Ha respondido al tema Cómo incluir en la declaración ingresos de alquiler al 50%
En el borrador (o si quieres empezar a trastear hay un simulador en la web de la Agencia Tributaria), Apartado C: Relación de bines inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de los titulares, arrendados o cedidos a terceros o afectos a actividades económicas.Desplegable casilla 0063.Un saludo.
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batiscafo 21/03/24 13:20
Ha respondido al tema Declarar Alquiler Renta
En teoría, cuando cambiamos de domicilio/residencia, deberíamos presentar el modelo 030 de la Agencia Tributaria.Como al parecer este trámite lo hacen muy pocos, la Agencia Tributaria a optado por el proceso de que al descargarte los Datos Fiscales, antes del mismo tienes  que confirmar tu actual domicilio.Por tanto si lo has cambiado o vas a cambiarlo en ese momento, no tienes más que atenerte a los datos que te pida el borrador al introducir los importes  pagado por el alquiler.Un saludo.
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batiscafo 21/03/24 10:20
Ha respondido al tema Comisiones cobradas por el Banco de España en Letras del Tesoro y...¿no deducibles en Declaración de la Renta?
No te puede deducir ningún gasto, pero el gasto lo puedes restar a tu rendimiento.Del Manual Renta 2023 de la Agencia Tributaria página 318.Rendimiento = Valor enajenación o reembolso - Valor adquisición o suscripción A estos efectos, se considerará como mayor valor de adquisición o suscripción, o como menor valor de transmisión, reembolso o amortización, el importe de los gastos y tributos inherentes a dichas operaciones satisfechos, que se justifiquen adecuadamente, sin que tengan tal consideración las retenciones o ingresos a cuenta efectuados. Un saludo.
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batiscafo 21/03/24 10:17
Ha respondido al tema Comisiones cobradas por el Banco de España en Letras del Tesoro y...¿no deducibles en Declaración de la Renta?
Deberíais leer la página 318 del Manuel Renta 2023 en PDF:La integración en la base imponible de los rendimientos derivados de la transmisión, reembolso, amortización, canje o conversión de cualquier clase de activos financieros (rendimientos implícitos), se efectuará de acuerdo con las siguientes reglas:  1. El cómputo de cada rendimiento debe efectuarse, individualmente, por cada título o activo, por diferencia entre los valores de enajenación, amortización o reembolso y de adquisición o suscripción.  2.Los gastos accesorios de adquisición y enajenación, siempre que sean satisfechos por el adquirente (valor de adquisición) o transmitente (valor de enajenación o reembolso) y se justifiquen adecuadamente, deberán computarse para la cuantificación del rendimiento obtenido.Un saludo.
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batiscafo 20/03/24 18:31
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
Esa imagen es de gastos que puedes haber tenido en el alquiler de un inmueble alquilado.Gastos de capital INMOBILIARIO.Los intereses de los depósitos van en la base liquidable del AHORRO. No en la base liquidable general.Y los debes incorporar en la Casilla 0027.Los intereses que no aparecen, los puedes incluir en varias filas o en una sola. Yo lo hago en una.Un saludo.
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batiscafo 20/03/24 17:00
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
En mi modesta opinión, esos descuadres de céntimos en los bancos (que en mi caso siempre hay alguno), yo no los tocaría. Los declararía (y los declaro) según vienen en los datos que han informado a la Agencia Tributaria. Es decir, los que aparecen en los Datos Fiscales tal cual.Un saludo.
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batiscafo 20/03/24 16:28
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Si por aquí no te responde nadie por desconocimiento del tema, quizás te pueda ser útil hacer la consulta en el foro de criptomonedas.https://www.rankia.com/foros/bolsa/temas/2042959-operando-bitcoins-otras-criptomonedas?page=1Un saludo.
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batiscafo 20/03/24 16:03
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Lo mismo pasa con la cuenta que tengo yo en Raisin.Realmente no es una cuenta corriente porque solamente se puede utilizar para contratar depósitos en otros bancos. Una cuenta corriente es donde ingresas la nómina y pagas los recibos (por ejemplo).Pero yo la  declaro con subclave 1. Coloco su IBAN y para allá va. Salud e ingresos, también para ti.
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batiscafo 20/03/24 15:56
Ha respondido al tema Bloqueo ILEGAL Cuenta N26
https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/productosservici/cuentasdepositos/cuentascorriente/guia-textual/vidacuenta/Bloqueo_de_la_cuenta.htmlNo te deberían bloquear una cuenta sin avisarte antes. Para bloquear una cuenta, el banco deberá tener una causa justificada y avisar al titular para evitar los posibles perjuicios derivados de la devolución de ingresos, disposiciones o recibos. Un saludo.
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batiscafo 20/03/24 15:44
Ha respondido al tema Declaración con estas dudas que muchos preguntais - Fiscalidad apuestas deportivas
Yo lo veo de la siguiente forma.Soy una persona que no la gusta el juego y hago mi declaración todos los años.Pero un día por capricho, apuesto y pierdo 100 euros.¿Tengo que declara la pérdida? Pues no.Por tanto, si tienes ganancias de 1.000 euros y pérdidas de 3.000 euros, pues tampoco declaro nada.Independientemente de las retiradas. Lo que importan son las ganancias/pérdidas.Un saludo.
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