#1
#2
Re: Cancelación carga hipotecaria
#3
Re: Cancelación carga hipotecaria
#4
Re: Cancelación carga hipotecaria
#5
Re: Cancelación carga hipotecaria
Un certificado de deuda cero no sirve para cancelar registralmente una hipoteca.
Para que la hipoteca se cancele registralmente es necesario que un apoderado de la entidad financiera otorgue escritura pública de cancelación de la hipoteca, y dicha escritura se presente en el registro de la propiedad.
Para que la hipoteca se cancele registralmente es necesario que un apoderado de la entidad financiera otorgue escritura pública de cancelación de la hipoteca, y dicha escritura se presente en el registro de la propiedad.
#6
Re: Cancelación carga hipotecaria
#7
Re: Cancelación carga hipotecaria
Yo acudiría a una notaría, seguro que no es la primera vez que tienen un tema similar, ya que con en la nota simple estaran perfectamente identificados los prestatarios, y con más o menos tiempo, el banco va a identificar la hipoteca y comprobar la deuda cero. Aunque es cierto que si corresponde a un banco absorbido pueden tardar mas tiempo.
Dicho ello, si la oficina del banco no aceptase firmar la cancelación, y con lo que te indiquen en notaria, presentaría una reclamación al SAC del banco, como persona con interés en ello, para que ordenen la cancelación.
De hecho el certificado de deuda cero solo sirve para identificar una hipoteca, pero como bien te han indicado, lo que la cancela no va a ser un papelote que certifica no sé que, lo hace la firma de carta de pago del banco o de la entidad continuadora de las actividades de una sociedad anónima absorbida.
Dicho ello, si la oficina del banco no aceptase firmar la cancelación, y con lo que te indiquen en notaria, presentaría una reclamación al SAC del banco, como persona con interés en ello, para que ordenen la cancelación.
De hecho el certificado de deuda cero solo sirve para identificar una hipoteca, pero como bien te han indicado, lo que la cancela no va a ser un papelote que certifica no sé que, lo hace la firma de carta de pago del banco o de la entidad continuadora de las actividades de una sociedad anónima absorbida.
#8
Re: Cancelación carga hipotecaria
Hola,
Ahí estamos que por ese camino se llega a reclamación al Banco de España.
El certificado de deuda cero es un papelote, vamos más papelote no puede haber que uno que certifica ante la entidad que no les debes nada cuando es algo que seguro que saben, el problema viene en el control interno de la entidad que en el 99% de los casos no conozco el 1% restante solicita a sus apoderados que se firme únicamente si esta el certificado de deuda cero, a lo que el sac de la entidad no te va a resolver el problema porque no puede ir en contra de la norma interna de la entidad y acabarás elevando la reclamación al Banco de España, total que es más fácil que se solicite el certificado que no dar mil vueltas.
No es una cuestión legal ya que la validez de ese certificado es nula y ni tan siquiera aparece reflejado dicho certificado en la ley hipotecaria pero vamos hasta el Banco de España en sus pautas de cancelación registral lo establece para que no se te vaya una vida haciendo un trámite que ya de por si se puede alargar más de la cuenta.
Saludos
Ahí estamos que por ese camino se llega a reclamación al Banco de España.
El certificado de deuda cero es un papelote, vamos más papelote no puede haber que uno que certifica ante la entidad que no les debes nada cuando es algo que seguro que saben, el problema viene en el control interno de la entidad que en el 99% de los casos no conozco el 1% restante solicita a sus apoderados que se firme únicamente si esta el certificado de deuda cero, a lo que el sac de la entidad no te va a resolver el problema porque no puede ir en contra de la norma interna de la entidad y acabarás elevando la reclamación al Banco de España, total que es más fácil que se solicite el certificado que no dar mil vueltas.
No es una cuestión legal ya que la validez de ese certificado es nula y ni tan siquiera aparece reflejado dicho certificado en la ley hipotecaria pero vamos hasta el Banco de España en sus pautas de cancelación registral lo establece para que no se te vaya una vida haciendo un trámite que ya de por si se puede alargar más de la cuenta.
Saludos
#9
Re: Cancelación carga hipotecaria
"Papelote" por el cual se factura entre 30 y 50 €, que para el caso de que sea para cancelar la hipoteca, el Banco de España considera en sus criterios de buenas prácticas que no corresponde.
Entonces de momento para obtenerlo habrá que pagar, luego de cada 100 reclaman 50, y llegan al SAC, 25 a lo sumo, a los que se les devolverá sin mucho problema.
Si, cierto, con el certificado avanzas el asunto
Entonces de momento para obtenerlo habrá que pagar, luego de cada 100 reclaman 50, y llegan al SAC, 25 a lo sumo, a los que se les devolverá sin mucho problema.
Si, cierto, con el certificado avanzas el asunto
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