Operación Renta 2013
Padres podrán ceder beneficio tributario por gastos en educación de común acuerdo, pudiendo optar por designar a uno de ellos como el beneficiario del 100% de la rebaja.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) informa que ya se encuentra disponible, la forma de aplicarse es realizando la declaración jurada en la opción de declaración jurada simple de cesión de beneficio de crédito por gastos de educación, antes de presentar su declaración anual de renta en abril
Los padres, de común acuerdo, pueden optar por designar a uno de ellos como el beneficiario del 100% de la rebaja.
Si no lo hacen, el monto de $40.200 por hijo se dividirá en partes iguales entre ambos padres.
Los requisitos para acceder a dicha rebaja de impuestos son:
- El padre y/o la madre deben haber tenido un ingreso anual superior a $6.513.372.
- La suma anual de las rentas totales del padre y de la madre, no debe exceder de la cantidad equivalente a 792 UF ($18.089.874). - Los hijos deben ser menores de 25 años al 31 de diciembre de 2012.
- Los hijos deben estar matriculados en una institución de enseñanza pre escolar, básica, diferencial y/o media, reconocida por el Estado, y tener un mínimo de asistencia del 85% (o menor cuando exista algún impedimento justificado o en casos de fuerza mayor).