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Comparativa seguro obligatorio Covid-19

Comparativa seguro obligatorio Covid-19

A partir de la vuelta a la vida laboral presencial dentro de la pandemia del Coronavirus se ha vuelto exigible el contratar un seguro obligatorio Covid-19 por parte de los empleadores para con sus empleados. Por lo que es bueno a continuación hacer una Comparativa seguro obligatorio Covid-19.

Comparativa seguro obligatorio Covid-19
Comparativa seguro obligatorio Covid-19


¿Por qué es obligatorio contratar un seguro obligatorio Covid-19?

La obligatoriedad para contratar un seguro anti Covid 19 surgió desde el 1 de Junio de 2021 cuándo fue promulgada la Ley N° 21.342, dicha ley impulsa la vuelta gradual y seguro al trabajo presencial, lo que incluye medidas y obligaciones para los empleadores, como la contratación de un Seguro Obligatorio COVID-19.

¿Qué trabajadores deben tener el seguro Covid-19?

Se trata de un Seguro individual y obligatorio que aporta cobertura a los diferentes trabajadores del sector privado.

Este seguro cubre a todos los trabajadores del sector privado con contratos sujetos al código del trabajo y que sus funciones laborales sean presenciales en horario total o parcial.

Quedan excluidos los trabajadores en modalidad 100% home office.

¿Qué cubre el seguro obligatorio Covid-19?

La finalidad es la de para financiar o reembolsar gastos de salud asociados a COVID-19, además de indemnizar por fallecimiento por Covid 19, no por otra enfermedad, el monto indemnizatorio es de 180 UF.

¿Qué tipo de empleador debe contratar el seguro Covid-19?

El seguro deben contratarlo todas las empresas/empleadores del sector privado o personas naturales que tengan a cargo uno o más empleados (sujetos al Código del Trabajo) realizando funciones en modalidad presencial, sea una labora a tiempo total o parcial. 

¿Qué pasa si el empleador no contrata el seguro Covid-19?

Si los empleadores no contratan este seguro deberán ser responsables del pago de las coberturas que otorga la póliza, y pueden sufrir sanciones según del Código del Trabajo.

Seguro obligatorio Covid-19: Requisitos

A continuación pueden ver los diferentes requisitos que ofrece el seguro obligatorio Covid 19:

Requisitos

  • El seguro es para todas las empresas del sector privado o personas naturales con uno o más empleados (sujetos al Código del Trabajo) realizando funciones en modalidad presencial, ya sea total o parcial.
  • Los trabajadores deben estar afiliados a FONASA o ser cotizantes de ISAPRE.

Seguro obligatorio Covid-19: Coberturas

A continuación pueden revisar las coberturas que ofrece el seguro Covid 19:

  • Cobertura de Salud: Cubre gastos de hospitalización y rehabilitación por diagnóstico confirmado de COVID-19, durante el período de vigencia de la póliza y en base a la Institución de Salud Previsional del asegurado.
  • A quienes cubre: A trabajadores afiliados a FONASA, de los grupos B, C y D
  • Indemnización: El seguro indemnizará por un monto equivalente al 100% del copago por los gastos de hospitalización y rehabilitación realizados en la Red Asistencial según la Modalidad de Atención Institucional.

A trabajadores afiliados a ISAPRE, el seguro indemnizará el deducible de cargo de ellos, que corresponda a la aplicación de la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas (CAEC) por las atenciones hospitalarias y rehabilitación realizadas en la red de prestadores de salud que cada ISAPRE ofrece a sus afiliados, al otorgarles la cobertura adicional o en un prestador distinto en los casos en que la derivación fuera mediante la unidad del Ministerio de Salud. Para lo que deben cumplir con los requisitos, la CAEC se activará automáticamente.
  • Fallecimiento: Si el fallecimiento del asegurado es por COVID-19, se indemnizará con UF 180. La cobertura no dependerá de la edad del asegurado.

Qué NO cubre:
  • Gastos de hospitalización, rehabilitación o el fallecimiento asociados a enfermedades que no sea COVID-19.
  • Gastos de hospitalización, rehabilitación o el fallecimiento asociados o derivados de lesiones en un accidente, de cualquier naturaleza o tipo, aunque tuvieran COVID-19.
  • Personas aseguradas afiliadas al Fondo Nacional de Salud, los gastos de hospitalización y rehabilitación en prestadores por fuera de la Red Asistencial o fuera de la Modalidad de Atención Institucional.
  • Personas aseguradas afiliadas a una Institución de Salud Previsional, los gastos de hospitalización y rehabilitación en prestadores por fuera de la red de prestadores de salud individuales e institucionales que cada Institución pone a disposición de sus afiliados, al otorgarles la CAEC. 
  • Sin perjuicio de lo anterior, el seguro deberá financiar una suma equivalente al monto del deducible que le correspondiera pagar si el beneficiario se hubiese atendido en la red de prestadores respectiva para gozar de la CAEC, no superando  a 126 UF.
  • No cubre a los trabajadores que han pactado el cumplimiento de su jornada bajo las modalidades de trabajo a distancia o teletrabajo exclusiva e independientemente.

Seguro obligatorio Covid-19: Beneficios

Si finalizaran la relación laboral dentro del plazo de vigencia del seguro, la cobertura seguirá hasta finalizar la vigencia de la póliza de 1 año. Los empleadores no están obligados a contratar un nuevo seguro para los nuevos trabajadores que tengan vigente la cobertura del seguro de su empleo anterior.

Plazo del seguro

El plazo del contrato del seguro será de 1 año desde su contratación.

Prima del seguro

La prima del seguro se paga en una sola cuota, y se devengará y totalmente por el asegurador desde que asuma los riesgos, y será de cargo del empleador.

Comparativa seguro obligatorio Covid-19


 
Seguros Falabella
SURA
Renta Nacional
Banco de Chile
Coopeuch
  • Prima bruta anual por trabajador $7.900
  • Previsión
  • FONASA/ISAPRE
  • Cobertura de vida UF 180
  • Valores:

Precio en pesos según el valor de la UF:

  •  Para menos de 20 trabajadores: UF 0,27 anual por trabajador
  • Para mas de 20 trabajadores: UF 0,25 anual por trabajador.
  • Prima bruta anual por trabajador $7.250
  • Previsión
  • FONASA/ISAPRE
  • Cobertura de vida UF 180
  • Valores: 

Precio en pesos según el valor de la UF, equivalente a 0,244 UF bruto.

  • Prima bruta anual por trabajador $7.350
  • Previsión
  • FONASA/ISAPRE
  • Cobertura de vida UF 180
  • Valores:

  • Precio en pesos según el valor de la UF
equivalente a 0,25 UF bruto.
  • Prima bruta anual por trabajador $7.972
  • Previsión
  • FONASA/ISAPRE
  • Cobertura de vida UF 180
  • Valores:

  • Precio en pesos según el valor de la UF
equivalente a  0,268 UF bruto.
  • Prima bruta anual por trabajador $8.032
  • Previsión
  • FONASA/ISAPRE
  • Cobertura de vida UF 180
  • Valores:

  • Precio en pesos según el valor de la UF
equivalente a 0,27 UF bruto. El cálculo del valor a pagar es según el valor de la UF del día de la contratación.
 
Estos son los seguros más baratos que pueden contratar para asegurar a sus empleados ante el Covid 19. Recuerden los empleadores que es obligatoria su contratación.


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