El Bono maternal, o asignación maternal, es un beneficio que entrega el estado de Chile y que pertenece al sistema de prestaciones familiares que busca disminuir el gasto de las familias en este proceso. En este artículo vamos a recopilar la información necesaria para postular, conocer los beneficiarios y los montos.
Bono maternal: Beneficiarios
Los beneficiarios del bono o asignación maternal son los siguientes:
- Se otorga a trabajadoras, tanto dependiente como independientes, embarazadas y en situación de goce de subsidio de cualquier naturaleza (exceptuando el subsidio maternal o familiar).
- También a trabajadores dependientes o independientes que gocen de subsidio de cualquier naturaleza y cuyas cónyuges embarazadas sean causantes de asignación familiar.
- Aquellos quienes no tienen derecho a este beneficio son las pensionadas, cónyuges embarazadas de pensionados y personas cuyo ingreso mensual ascienda a $615.522.
Asimismo, el trámite para recibir este beneficio se puede realizar durante todo el año, aunque solo es exigible a partir del quinto mes de embarazo. Hay que mencionar, eso sí, que una vez otorgado, este se paga de forma retroactiva, o sea, es aplicable a todo el periodo de gestación, incluidos los cuatro primeros meses. Esto es, se comienza a pagar a partir del quinto mes y hasta terminado el embarazo, pero los cuatro meses anteriores se pagan de igual forma.
La vigencia del mismo se mantiene, únicamente, mientras los beneficiarios cumplan los requisitos.
Bono maternal: Montos
Actualmente, los bonos de la asignación o bono maternal no han sido revelados por el Instituto de Previsión Social, ya que estos montos son reajustados durante los primeros meses del año. Sin embargo, según lo que prevé la ley chilena, el primero (01) de marzo de este año 2020, se hará un reajuste a los montos y etapas de la asignación familiar y maternal, pertenecientes al Sistema Único de Prestaciones Familiares. Dichos montos aumentaran tomando como punto de partida la proporción en que sea aumentado el ingreso mínimo mensual para todos aquellos trabajadores mayores de dieciocho años (18), hasta los sesenta y cinco años (65) de edad.
Por los momentos, traemos para ti los montos entregados en 2019, para que tengas una idea de cuánto seria el aproximado a pagar en este año 2020. Cabe acotar que el monto máximo entregado para asignación maternal en 2019, fue de $12.364 pesos.
El bono maternal se entregó de la siguiente manera en el año 2019:
- Aquellos que tengan un ingreso no mayor a $315.841 reciben una asignación de $12.364.
- Aquellos que tengan un ingreso mayor a $315.841 y no superior a $461.320, reciben una asignación de $7.587.
- Por último, quienes tengan un ingreso mayor a $461.320 y no superior a $719.502, reciben una asignación de $2.398.
Bono o asignación maternal: Documentación requerida para postular
Ahora veremos los documentos necesarios para postular:
Si la beneficiada es trabajadora:
- Debe tener la cédula de identidad nacional vigente, o emitida para extranjeros residentes en nuestro país.
- Se puede hacer con un poder notarial simple, en el caso de que el trámite sea efectuado por un apoderado.
- Debe poseer un certificado médico que acredite que se encuentra en el quinto mes de embarazo. Este documento deberá ser emitido por el servicio de salud pública o por un médico (o matrona) privado competente, siempre y cuando dicho documento sea visado por el COMPIN.
Si la beneficiada es carga del trabajador que postula:
- Autorización de carga familiar del trabajador responsable.
- Debe poseer un certificado médico que acredite que se encuentra en el quinto mes de embarazo. Este documento deberá ser emitido por el servicio de salud pública o por un médico (o matrona) privado competente, siempre y cuando dicho documento sea visado por el COMPIN.
Costo del trámite:
- Este trámite es gratis.
Bono o asignación maternal: Pasos a seguir
A continuación enumeramos los pasos a seguir para postular al bono o asignación maternal:
- Reúna la documentación expuesta anteriormente.
- Debe acercarse al punto de atención IPS-ChileAtiende más cercano a su lugar de residencia. En su portal web puede encontrar todas las oficinas, tanto en la región metropolitana como en regiones.
- Debe explicar al encargado de mesón, el motivo de su visita, que en este caso es solicitar la asignación maternal o bono maternal.
- Debe entregar la documentación anteriormente expuesta.
- Al finalizar este trámite, habrá solicitado el beneficio de forma definitiva. Si todo está en regla, tanto documentación como requisitos, recibirá inmediatamente dos copias de la resolución de autorización de la asignación maternal. Dichas copias deben ser presentadas a su empleador y al fondo Nacional de Salud (FONASA).
Algunas cuestiones aledañas:
- En el caso de que un hombre no pensionado sea beneficiario de asignación familiar por su cónyuge embarazada, esta también recibirá la asignación maternal, la que se pagará a partir del quinto mes (como se ha mencionado anteriormente), pero se pagará hacia atrás hasta completar los 9 meses de embarazo.
- Si una mujer tiene un embarazo múltiple, únicamente se paga una asignación familiar.
- En el caso de que el beneficiario deje de cumplir con uno o más requisitos, este debe dar aviso de inmediato al instituto de Previsión Social (IPS), en un plazo no superior a 60 días contados desde que el hecho aconteció. Quienes cobren el beneficio sin tener derecho alguno sobre este, estarán sujetos a multas y sanciones estipuladas por la ley.
- Este trámite debe efectuarse personalmente, tanto por el beneficiario como por el apoderado del mismo, y no de manera virtual.
¿Cómo se paga la asignación maternal?
Ahora es el momento de explicar cómo se paga la asignación o bono maternal:
- A mujeres trabajadoras dependientes: En este caso el dinero es pagado por el empleador y se incluye en el sueldo.
- Trabajadoras independientes que emiten boleta de honorarios: Si se ha efectuado el trámite antes del 31 de diciembre del año al que corresponde el pago, el mismo se efectuará en la devolución de impuestos del próximo año. Si el trámite es efectuado después del 31 de diciembre del año al que corresponde el pago, este se llevará a cabo en el instituto de Previsión Social (IPS).
- En el caso de que la trabajadora no haya presentado su declaración anual de impuesto a la renta, la tesorería general de la República usará el monto correspondiente para pagar el saldo de cotizaciones obligatorias provisionales o se cancelará lo que sobre si es que se da el caso.
- Para las trabajadoras que al 1 de enero tengan 50 años de edad, y trabajadoras que paguen cotizaciones provisionales de manera voluntaria, recibirán el pago mensualmente.
Leyes que protegen la asignación maternal
Si eres de los que gustan de estar al tanto de las leyes y quieres informarte más del tema, esta asignación es tratada en los siguientes textos legislativos:
- Código del Trabajo, en su título II llamado “De la protección a la maternidad” Con una última reforma del año 2011.
- Decreto con Fuerza de Ley Nº 44, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, año 1978.
- Ley Nº 18.418.
Esas tres serian las más importantes en materia de asignación maternal. Queremos recordarte que si quieres conocer tus derechos, siempre es bueno estar al tanto del marco jurídico.
Conclusiones
En definitiva, los beneficiarios del bono maternal pueden solicitar este trámite a partir del quinto mes de embarazo según los requisitos expuestos en las columnas superiores. Es cuestión de pertenecer a este grupo socio económico al cual está dirigido el beneficio y acercarse a la oficina de IPS-ChileAtiende que corresponda a su lugar de residencia. Una vez hecho esto, debe hacer llegar el comprobante a su empleador y FONASA, y esperar a recibir el beneficio de las formas en que se ha estipulado.
El beneficiario debe tener en claro que dicha asignación le corresponde en los casos expuestos, y que en el caso de que no sea así, no tiene derecho sobre este.